Decreto Foral de la Presidenta 22/2019, de 6 de agosto
Artículo 2. Ámbito competencial del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.
Corresponde al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a:
• Registro General;
• Simplificación administrativa y desarrollo de la Administración Electrónica;
• Boletín Oficial de Navarra;
• Gobierno abierto, código ético, oficina de buenas prácticas y anticorrupción;
• Asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio de la Comunidad Foral;
• Derecho Civil Foral;
• Procesos electorales;
• Coordinación de políticas interdepartamentales;
• Portavocía del Gobierno;
• Función pública;
• Políticas de seguridad;
• Policía;
• Juego y espectáculos;
• Protección civil y atención de emergencias;
• Estudios estratégicos;
• Políticas de participación ciudadana;
• Apoyo a la Presidenta;
• Relaciones con el Parlamento, otras instituciones forales, autonómicas y nacionales;
• Protección, desarrollo y fomento de la imagen institucional del Gobierno de Navarra;
• Coordinación de la política informativa;
• Atención ciudadana;
• Medios de comunicación social;
• Presencia del Gobierno de Navarra en internet y las redes sociales;
• Políticas de igualdad entre hombres y mujeres;
• Desarrollo de políticas transversales que posibiliten la participación activa de la juventud en la sociedad;
• Promoción de políticas que faciliten el encuentro, la creatividad y el emprendimiento de la juventud;
• Así como el resto de las atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.