Correcciones al Mapa de recursos y programas - Educación

Parte-hartze prozesua: 
Plan Estratégico de Inclusión de Navarra
Testua: 

1/ Los guiones - 3 y - 4 hacen referencia a la misma estructura: Las Unidades de Currículo Especial (en mi aportación anterior la denominé equivocadamente de Currículo Específico, o sea ni adaptado ni específico sino ESPECIAL).

Adjunto la descripción de este recurso tal y como la expresa el CREENA para corregir imprecisiones:

Unidades de Currículo Especial-UCE

CARACTERÍSTICAS
La UCE es una estructura flexible creada para facilitar la escolarización en centros ordinarios de Secundaria Obligatoria a alumnado con NEE asociada a discapacidad psíquica leve o moderada, que ha estado integrado en la etapa de Educación Primaria.

La escolarización en UCE supone un tiempo de atención intensiva con un profesor o una profesora de Pedagogía Terapéutica en un aula base como lugar que articula el proceso de enseñanza-aprendizaje. También supone la participación del alumnado en actividades generales del centro y la integración en determinadas áreas y/o materias en un grupo de referencia con una adaptación curricular que desarrolle su propio programa.

ALUMNADO DESTINATARIO
La adscripción a una de estas unidades está indicada para aquel alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad psíquica que haya estado escolarizado en centros ordinarios durante la etapa de Educación Primaria.

El orientador o la orientadora realizará la propuesta de escolarización en UCE teniendo en cuenta los criterios generales establecidos en el documento “Guía para la adscripción de alumnado a Unidad de Currículo especial”.

NORMATIVA DE REFERENCIA
ORDEN FORAL 133/1998, de 8 de mayo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se dan instrucciones para la escolarización y atención educativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad psíquica, sensorial y motórica en centros ordinarios de Secundaria para continuar la Enseñanza Básica. (BON Nº 71 – 15 de junio de 1998)

ORDEN FORAL 93/2008, de 13 de junio, del Consejero de Educación por la que se regula la atención a la diversidad en los centros educativos de Educación Infantil y Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad Foral de Navarra. (BON Nº 93 – 30 de julio de 2008)

ORGANIZACIÓN
La organización de la UCE ha de ser flexible y abierta, admitiendo diferentes fórmulas adaptadas a cada situación, de tal manera que permite compatibilizar:

Un tiempo de atención intensiva con el profesional de pedagogía terapéutica y un tiempo de participación e integración en situaciones ordinarias acorde con las características de cada alumno y alumna (aproximadamente 1/3 del horario lectivo).
Un grupo para la relación estable y cohesionada con situaciones sociales y convivencia en grupos de referencia.
Un currículo específico que garantice la formación básica con adaptación curricular individualizada.
El fin último es garantizar que el alumnado que ha estado integrado en la etapa de primaria pueda seguir haciéndolo en educación secundaria aún cuando no alcance los objetivos generales de esta etapa.

CURRICULUM
El alumnado de la UCE no cursa el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, sino que continúa su formación a través de un currículo específico, priorizando objetivos y contenidos relacionados con la inserción social y laboral. Para diseñar esta propuesta curricular, se tendrán en cuenta:

Los objetivos, contenidos y competencias básicas del currículo de la Etapa de Educación Primaria, así como los objetivos generales de la Educación Secundaria Obligatoria, debidamente adaptados a sus capacidades, intereses y motivaciones.
El currículo de referencia para los centros de Educación Especial.

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
El profesorado de pedagogía terapéutica, quien tutoriza a este alumnado, se encarga de coordinar el proceso evaluador de manera colegiada con el profesorado implicado en el proceso enseñanza-aprendizaje de cada uno de los alumnos y alumnas.

Trimestralmente, el tutor o tutora informará de forma escrita a las familias sobre el proceso de cada alumno/a. Al término de cada año de escolarización el tutor o tutora hará un informe resumen acerca del progreso del alumno o alumna a lo largo del curso.

Al término de la escolarización en el Centro de Educación Secundaria, el tutor o tutora realizará una valoración global de los logros adquiridos en la Enseñanza Básica, que tendrá carácter de evaluación final.

Al finalizar la Enseñanza Básica, este alumnado podrá continuar su formación en Programas de Ciclos de Formación Profesional Especial (CFPE).