OF instalaciones y normas seguridad - Memoria

Proyecto de Orden Foral que regula el procedimiento que deben seguir los diferentes agentes y los titulares de las instalaciones sujetas al cumplimiento de normas reglamentarias en materia de seguridad industrial
Memoria Justificativa

PROYECTO DE ORDEN FORAL REGULADORA  DEL PROCEDIMIENTO QUE DEBEN SEGUIR LOS DIFERENTES AGENTES Y LOS TITULARES DE LAS INSTALACIONES SUJETAS AL CUMPLIMIENTO DE NORMAS REGLAMENTARIAS EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
 
 
 
 
MEMORIA JUSTIFICATIVA
 
La tramitación de instalaciones sujetas a normas reglamentarias conlleva la realización de un elevado número de tramites administrativos, que deben ser realizados por los titulares de las instalaciones y otros agentes intervinientes. En concreto durante el año 2013 las tramitaciones realizadas fueron las siguientes:
 

Altas registradas de aparatos elevadores

424

Altas y modificaciones registradas de  instalaciones alta  tensión

303

Altas y modificaciones registradas de instalaciones de gas

118

Altas y modificaciones registradas de  instalaciones térmicas

1.868

Altas y modificaciones registradas de  instalaciones de baja tensión

4.269

Altas y modificaciones registradas de  instalaciones suministro vehículos

147

Altas y modificaciones registradas de instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos

12

Altas y modificaciones registradas de instalaciones de almacenamiento de productos químicos 3

32

Altas y modificaciones registradas de instalaciones de equipos a presión

128

Altas y modificaciones registradas de instalaciones frigoríficas

11

Comunicaciones de instalaciones radiactivas 2ª y 3ª categoría

77

 
 
La Orden Foral propuesta, en el marco de la normativa básica en materia de seguridad industrial, pretende articular una tramitación administrativa de las instalaciones sujetas a normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, que resulte sencilla y ágil tanto para los titulares de las instalaciones como para los demás agentes intervinientes.
 
A tal fin se configuran estas tramitaciones como electrónicas, facilitando la presentación de la documentación requerida y reduciendo las exigencias formales. Asimismo se articula un sistema de colaboración que permite la participación de los Organismos de Control, los Colegios Profesionales, la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra y de otras entidades sin ánimo de lucro.
 
Asimismo se establece un sistema de comunicación de las actividades de inspección y mantenimiento que permitirá mejorar el control del cumplimiento de las obligaciones reglamentarias y, en definitiva, la seguridad de las instalaciones.
 
En coherencia con este ejercicio de simplificación administrativa se deroga un importante número de normas que cuya justificación ha decaído como consecuencia de los cambios regulatorios o que establecen cargas innecesarias a los titulares de las instalaciones.
 
Esta Orden Foral asimismo se ajusta a lo establecido en  la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la administración electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, persiguiendo los mismos objetivos que la Ley Foral, entre los que se destacan:

  • Contribuir al desarrollo de la sociedad de la información.
  • Posibilitar la intermediación para la resolución de trámites administrativos solicitados a los ciudadanos.
  • Facilitar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes de una forma más celérica, económica y fiable, empleando para ello soportes electrónicos.
  • Posibilitar la utilización de los procedimientos electrónicos disponibles de una forma personalizada y directa.
  • Mejorar la eficiencia de los medios con que cuenta la Administración.

 
También son objetivos de la Disposición que se somete a aprobación los que la Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre establece en su artículo 2:
 

  • Eliminar cargas administrativas que no sean necesarias por no aportar un valor añadido a los objetivos que persiguen.
  • Establecer nuevos mecanismos de relación con la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos, con un impulso especialmente decidido de la administración electrónica.
  • Fomentar la implicación de los colegios profesionales y las distintas entidades públicas en la agilización y puesta en marcha de actividades de carácter económico.
  • Incorporar a la cultura administrativa la importancia de la simplificación y modernización procedimental, y valorar con especial interés estos aspectos en la elaboración de disposiciones de carácter general.

 
Por otra parte, en línea con las disposiciones de la Ley 11/2012, de 21 de junio, de Transparencia y Gobierno Abierto, esta Orden Foral regula una nueva forma de interrelación entre la Administración y la ciudadanía basada en la transparencia y orientada al establecimiento del llamado “Gobierno Abierto” y persigue la racionalización y simplificación de los procedimientos empleados hasta la fecha.
 

Por todo lo expuesto, se propone la iniciación del procedimiento para la aprobación de esta Orden Foral.
 
 
 
 
Pamplona, 29 de mayo de 2014.
 
 
EL DIRECTOR DEL SERVICIO DE ENERGÍA,
 MINAS Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
 
 
 
 
 
 
Fdo: Jesús Lasa Equiza