ORDEN FORAL , de , del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
El Servicio de Conservación de la Biodiversidad propone que se inicie el procedimiento para la elaboración y aprobación posterior de la Orden Foral de vedas de caza para la temporada 2013 - 2014.
La Ley Foral 14/2003, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente regula en sus artículos 58 a 63 el procedimiento para la elaboración de las disposiciones reglamentarias. En su artículo 59 establece que la elaboración de las mismas será iniciada por el Consejero del Gobierno de Navarra competente por razón de la materia, el cual deberá designar el órgano responsable del procedimiento.
En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
1º. Iniciar el procedimiento de elaboración de la Orden Foral de Vedas de Caza para la temporada 2013 - 2014.
2º. Designar como órganos responsables del procedimiento al Servicio Conservación de la Biodiversidad y a la Secretaría General Técnica.
3º. Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Conservación de la Biodiversidad y a la Secretaría General Técnica, a los efectos oportunos.
Pamplona,
EL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE,
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Javier Abaurrea Esparza
SE SOMETE A SU CONSIDERACIÓN LA ANTERIOR PROPUESTA | ||
Consideraciones complementarias no se realizan otras consideraciones |
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Vº Bº Jefe Sección | Vº Bº Dir Servicio | |
Félix Armendaríz Martínez |
Enrique Eraso Centelles |
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Fecha: 9 mayo 2013 | Fecha: |