Derecho de Acceso a Información Pública

El derecho de acceso a la información pública, consiste en el derecho de cualquier persona, física o jurídica, ya sea a título individual y en su propio nombre, ya sea en representación y en el nombre de las organizaciones legalmente constituidas en las que se agrupen o que los representen, a acceder a la información pública, sin más limitaciones que las contempladas en la Ley y sin necesidad de motivar su solicitud.

Se entiende como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de los sujetos sometidos a la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. El acceso a la información será gratuito con carácter general, y ésta se pondrá a disposición en la forma o formato solicitado, siempre que sea posible. 

Puedes consultar la evolución de las solicitudes accediendo a la información estadística.

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E.g., 06/2024
Información solicitada Estado Sentido Fecha solicitud Departamento
Por segunda vez: Justificación de gastos DETALLADA y desde Enero a Diciembre ambos inclusive, de la Fundación Navarra para la Excelencia. Asimismo se solicita la ley, normativa, reglamentos, etc que expresen los requisitos a los que debe sujetarse dicha justificación en Navarra para que sea aprobada. Resuelta Estimada Jul/2021 Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
Cuentas anuales auditadas y aprobadas por el Patronato del año 2020 de la Fundación navarra para la Excelencia. Resuelta Estimada Jul/2021 Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
Enunciado y solución de las pruebas selectivas teóricas y prácticas, así como los 3 exámenes con mejor puntuación de cada prueba de la OPE de Técnico Superior de 2010 (Resolución 83/2010, de 29 de abril) y las pruebas selectivas de Titulado Superior de 2018 (Resolución 3033/2017, de 18 de diciembre) Resuelta Estimada parcialmente Jul/2021 Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior
Información sobre procedimiento para personas con discapacidad al Solicitar Centro de Dia. 1) Cuando se solicita Centro de Día para personas con discapacidad al acabar su etapa educativa y cuando existen listas de espera ¿ es de consulta pública el orden de dicha lista? Si no lo es ¿ por qué? 2) ¿ Cómo se gestiona el orden de esas listas? ¿ Cuáles son los baremos que se consideran o tienen en cuenta para repartir u otorgar las plazas de centro de día para personas con discapacidad? ¿ Los grandes dependientes tienen, por su grado, una lista prioritaria para optar a una plaza de centro de día? 3) ¿ Con cuánta antelación es necesario hacer el cambio de recurso al acabar la etapa educativa para que se adjudique desde la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas una plaza de centro de día en los dos únicos centros ( en realidad uno de ellos también es residencia) públicos que hay en Pamplona para personas con discapacidad? 4)Si los centros de día para personas con discapacidad responden a " modelos de atención centrados en las personas" ¿ deben estas personas tener que estar en sus hogares sin relacionarse socialmente porque no se hayan previsto o gestionado las plazas para ellas al acabar su etapa educativa? Resuelta Estimada Jul/2021 Departamento de Derechos Sociales
Solicito que sean públicos: Enunciados de ejercicios escritos de oposiciones docentes realizadas en Navarra en 2021 para todas las especialidades convocadas. En caso de ejercicios distintos en castellano y euskera, solicito ambos y Plantilla correctora manejada por los tribunales que indique el nivel mínimo exigido para la superación de cada uno de esos ejercicios. Resuelta Inadmitida Jul/2021 Departamento de Educación

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