Memoria justificativa del reglamento técnico de producción integrada de patata

Memoria justificativa

PROYECTO DE ORDEN FORAL POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE PATATA.

 
JUSTIFICACION DE LA PROPUESTA.
Navarra ostenta, en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, según se establece en el artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA).
Por Decreto Foral 143/1997, de 26 de mayo, se regula en Navarra la producción integrada y la diferenciación de productos agroalimentarios. En dicho Decreto Foral se establece la definición de la producción integrada, los sistemas de diferenciación, el alcance de los reglamentos de cultivo, así como el reconocimiento de entidades de control y certificación y la creación de la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada en Navarra.
 
El artículo 5 del Decreto Foral 143/1997, de 26 de mayo, establece que para cada cultivo se aprobará un reglamento técnico específico, en el que se establecerán los requisitos de producción necesarios para su consideración como producción integrada y en el que se contemplarán las prácticas obligatorias, aconsejadas, permitidas y prohibidas.
 
En el tiempo transcurrido desde mayo de 1997, se han aprobado diversos reglamentos técnicos específicos de producción integrada como el del espárrago, frutales de hueso, frutales de pepita, crucíferas, lechuga, alcachofa, tomate de industria, tomate de industria transformado, arroz, y cereales de invierno, kiwi y en el sector ganadero, a la producción láctea y de lechones.
La producción integrada representa un sistema de producción controlada cuya implantación garantiza la aplicación racionalizada y restringida de insumos, así como la elección de las combinaciones de rotaciones culturales mejor adaptadas al agrosistema. De este modo, los beneficios para la calidad de los alimentos producidos y para el medio ambiente son evidentes, así como para las explotaciones agrarias, que pueden comercializar sus producciones bajo un logotipo diferenciado reconocido.
El cultivo de la patata para siembra en Navarra llegó a ocupar una superficie importante en la zona pirenaica, de varios miles de hectáreas, favorecido por las condiciones climáticas derivadas de la altitud, que le protegían de las virosis trasmitidas por pulgones, y limitaban de manera ventajosa el tamaño de los tubérculos destinados a simiente. Actualmente, ocupa una superficie discreta (en torno a 200 hectáreas), habiéndose originado otro núcleo de producción en la montaña de la zona de Tierra Estella, así como en Valdizarbe. Estas nuevas zonas no han podido evitar un declive que se viene sucediendo desde hace varios años, siendo las cosechas obtenidas de gran calidad sanitaria, y el cultivo importante en el mantenimiento del agrosistema de montaña.
La producción de patata de consumo en Navarra está estabilizada, no ofreciendo dificultades técnicas, con producciones aceptables, siendo la competencia de las producciones de otras zonas determinante en los bajos precios que se perciben, por lo que una producción diferenciada, basada principalmente en la estructura de asesoramiento existente y en la profesionalización de los agricultores navarros en técnicas de producción de bajo impacto ambiental es una lógica y legítima aspiración.
Este proceso de declive puede verse frenado si las explotaciones que quedan, consiguen mejorar la comercialización de sus producciones, que actualmente lo son a través de intermediarios. Así, la utilización de una marca diferenciada es una meta alcanzable debido a la alta profesionalización de los productores que quedan, y a las estructuras de asesoramiento y control existentes en Navarra. En este sentido, la creación del marco reglamentario para la producción integrada de patata, tanto de siembra como de consumo, favorece el respeto del medio ambiente al mismo tiempo que proporciona la posibilidad de diferenciar los productos obtenidos a su amparo.
El Servicio de Agricultura informa de que la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada, ha informado favorablemente sobre el nuevo proyecto de reglamento técnico para la producción integrada de patata. El Servicio de Agricultura ha redactado un proyecto de reglamento técnico para la producción integrada de patata, que cumple los requisitos que establece el Decreto Foral 143/1997, de 26 de mayo, por el que se regula la producción integrada y la diferenciación de productos agroalimentarios.
Por otra parte, la Ley Foral 11/2012, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, en su artículo 13, indica que la Administración Pública, en el ámbito de sus competencias, debe poner, con carácter general, a disposición de la ciudadanía, de forma accesible, clara, objetiva y actualizada un listado de información activa que, en su mayor parte, tiene carácter general y se puede encontrar en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra.
En el apartado i) del citado artículo 13 se indica la obligación de publicar la relación de los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación. En cumplimiento de dicho precepto, el inicio de la elaboración de esta Orden Foral que se propone se publica en la presente página Web para la posibilitar la participación ciudadana mediante la presentación de sugerencias desde el día 17 de julio de 2014 al 31 de julio de 2014, en las que los ciudadanos y ciudadanas tendrán derecho a expresar observaciones y opiniones.
Las alegaciones recibidas en el periodo de sugerencias serán debidamente tenidas en cuenta al adoptar decisiones. Una vez examinadas las observaciones y opiniones expresadas por los ciudadanos y ciudadanas, se informará de las decisiones adoptadas y sobre la asunción o motivo de rechazo de las sugerencias o recomendaciones recibidas en un informe final que se publicará en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet.
A propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, dentro del marco establecido por la normativa mencionada anteriormente, procede por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local dictar la disposición que apruebe el reglamento técnico de producción integrada de patata.
Por todo ello, resulta necesaria la segunda publicación del presente proyecto de Orden Foral y la apertura del correspondiente periodo de sugerencias.
 
EL DIRECTOR DEL SERVICIO DE AGRICULTURA
Rubén Palacios Goñi
 
 
SR. D. JOSE JAVIER ESPARZA ABAURREA.
CONSEJERO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ADMINISTRACION LOCAL.