Memoria justificativa del proyecto de orden foral de patata de siembra

PROYECTO DE ORDEN FORAL POR LA QUE MODIFICA LA ORDEN FORAL 255/2006, DE 11 DE JULIO, POR LA QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN DE LA PATATA DE SIEMBRA EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, PARA INCLUIR EN LA ZONA DE CODÉS LOS MUNICIPIOS DE MENDILIBARRI Y MURIETA

La entidad productora de patata de siembra OPPOSA ha presentado una solicitud para que se autorice la producción de patata de siembra en determinados términos municipales, actualmente no incluidos en la citada Orden Foral 255/2006,, que son los de Mendilibarri y Murieta, próximos a la zona de Codés, en la que quedarían incluidos.

Resulta especialmente interesante proponer alternativas de cultivo en las nuevas zonas de Navarra, con el fin de conseguir un desarrollo agrícola, económico y social adecuado de las mismas.

Durante los años 2011 y 2012 se ha evaluado la adecuación de la zona de Mendilibarri y Murieta para la producción de patata de siembra. Los resultados de dicha evaluación han sido satisfactorios, y la inclusión de estos municipios supondría además un alivio a la problemática debida a la presencia en la zona de Codés de nematodos de quiste, que limitan el la disponibilidad de parcelas para la producción de patata de siembra.

Procede, por tanto, modificar el artículo 2 de la Orden Foral 255/2006, de 11 de julio de 2006, por la que se regula la producción de la patata de siembra en la Comunidad Foral de Navarra, para incluir en la zona de Codés los municipios de Mendilibarri y Murieta, resultando conveniente mantener la zona como abierta.

Por otra parte, la Ley Foral 11/2012 de la Transparencia y del Gobierno Abierto, en su artículo 13, indica que la Administración Pública, en el ámbito de sus competencias, debe poner, con carácter general, a disposición de la ciudadanía, de forma accesible, clara, objetiva y actualizada un listado de información activa que, en su mayor parte, tiene carácter general y se puede encontrar en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra.

En el apartado i) del citado artículo 13 se indica la obligación de publicar la relación de los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación. En cumplimiento de dicho precepto, el inicio de la elaboración de esta Orden Foral que se propone se publica en la presente página Web.

La Orden Foral que se propone es sometida a un periodo de exposición pública desde el 26 de abril de 2013 al 10 de mayo de 2013 en el que los ciudadanos y ciudadanas tendrán derecho a expresar observaciones y opiniones.

Las alegaciones recibidas en el periodo de exposición pública serán debidamente tenidas en cuenta al adoptar decisiones. Una vez examinadas las observaciones y opiniones expresadas por los ciudadanos y ciudadanas, se informará de las decisiones adoptadas y sobre la asunción o motivo de rechazo de las sugerencias o recomendaciones recibidas en un informe final que se publicará en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet. Por todo ello, resulta necesaria la publicación del presente proyecto de Orden Foral y la apertura del correspondiente periodo de sugerencias.

EL DIRECTOR DEL SERVICIO DE AGRICULTURA
Rubén Palacios Goñi

SR. D. JOSE JAVIER ESPARZA ABAURREA.
CONSEJERO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ADMINISTRACION LOCAL.