Declaración como Zona de especial conservación el LIC "Ríos Eska y Binués"

 
ANEXO
 
PLAN DE GESTIÓN DE LA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACION ES2200027 “Ríos Eska y BINIés”
 
 
 

INDICE

 
I.     – Finalidad del Plan.

II.    – Valores naturales objeto de conservación.

III.   – Objetivos finales del Plan.

IV.   – Resultados esperables de la aplicación del Plan.

V.    – Normativa.

VI.   – Directrices u orientaciones para la gestión.
VII.  – Actuaciones.
VIII. – Financiación del Plan de Gestión.
IX.   – Limitaciones.
X.   – Programa de seguimiento.
XI.  – Mapa de delimitación y entidades incluidas.
 
 
 
I.- Finalidad del Plan
 
 
El objetivo de este Plan es establecer las medidas activas y preventivas necesarias para mantener o restablecer, según el caso, el estado de conservación favorable de los hábitats naturales, especies, procesos ecológicos o elementos naturales y culturales relacionados en el siguiente apartado.
 
Las medidas que se adopten en virtud de este Plan de Gestión tienen como finalidad última la salvaguarda de la integridad ecológica del espacio y de su contribución a la coherencia de la Red Natura 2000 en Navarra. Cualquier otro plan, programa o proyecto que pueda afectar a la Zona Especial de Conservación deberá adecuarse a estas finalidades.
 
No obstante, las medidas adoptadas por el presente Plan y las que de él pudieran derivarse tendrán en cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales y, en la medida de lo posible, tratarán de armonizar los usos y los aprovechamientos actuales, con otros potenciales que respondan a nuevas demandas sociales, como es el ocio y recreo, la educación ambiental o la investigación, evitando transformaciones que puedan provocar la pérdida de los valores que fundamentan la protección del espacio.
 
 

II. – Valores naturales objeto de conservación

 
Este lugar incorpora una importante superficie de hábitats ligados a cursos fluviales. Más del 40% del territorio está constituido por formaciones de ribera; “saucedas arbustivas” y “fresnedas pirenaicas” principalmente. Son destacables las primeras tanto por su consideración como hábitat de interés comunitario por la Directiva Hábitats como por su alta representatividad y excelente estado de conservación. Las saucedas de los ríos Eska y Biniés constituyen más del 33% de la vegetación arbustiva de los cauces fluviales cantabro-pirenaicos de Navarra.
 
Este espacio incorpora dos formaciones de tobas de gran desarrollo, las mayores de Navarra. Estas formaciones están consideradas hábitats de interés prioritario por la Directiva Hábitats.
 
El lugar a su paso por la foz de Burgui incluye “bojerales permanentes”, así como “carrascales submediterráneos” en mosaico con “bosques mixtos de montaña” o con “hayedos basófilos y xerófilos prepirenaicos”. En los espolones calizos todas estas formaciones se enriquecen con la presencia de la sabina mora (Juniperus phoenicea) y en las paredes verticales en extraplomos se encuentran comunidades rupícolas formadas por Saxifraga longifolia, S. losana, Petrocoptis hispanica o Valeriana longiflora.
 
En el extremo nororiental del territorio, el río Belagua fluye en un tramo sobre un lecho fluvio-glaciar con un cauce activo de morfología trenzada. Representa una singularidad hidrogeológica, al constituir el único tramo trenzado de Navarra que discurre sobre depósitos glaciares. Sobre las graveras de este lecho fluvial se ha encontrado Campanulla speciosa, endemismo pirenaico muy raro en Navarra.
 
Desde un punto de vista faunístico, las especies más destacables citadas en la ZEC son la nutria (Lutra lutra) y el desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), ambas incluidas en la Directiva Hábitats. Otras especies de fauna de interés y presentes son el martín pescador (Alcedo atthis) y el mirlo acuático (Cinclus cinclus), taxones incluidos en el catálogo navarro de especies amenazadas y además el primero en el Anexo I de la Directiva de aves. Entre los anfibios destaca el tritón pirenaico (Euproctus asper) y la rana pirenaica (Rana pyrenaica), ambos catalogados en Navarra y además el primero incluido en el Anexo IV de la Directiva Hábitats.
 
Al contrario de lo que ocurre en la mayoría de los ríos navarros, la comunidad íctica de los ríos Eska y Biniés destaca por la ausencia de taxones alóctonos. Es remarcable la presencia de la madrilla (Chondrostoma miegii), especie incluida en la Directiva Hábitats.
 
Atendiendo a los anteriores valores se ha seleccionado una serie de hábitats y especies de flora y fauna presentes o potenciales en la ZEC, que representan en conjunto los valores naturales que caracterizan el territorio. A esta serie de hábitats y especies se les denomina ‘Elementos Clave’, ya que se emplean como ejes principales en los que basar la conservación ‘activa’ de la ZEC. Así, partiendo de unos objetivos propuestos para todos y cada uno de estos elementos clave y después de analizar los factores que condicionan su estado actual de conservación, se proponen normas, directrices de gestión y actuaciones, que permitan mantener y mejorar los valores naturales de la ZEC en su conjunto.
 
 
Los ‘Elementos Clave’ para la gestión de la ZEC son:
 
1  CAUCE TRENZADO DEL RIO BELAGUA
 
2  CORREDOR FLUVIAL
 
3  HÁBITATS FLUVIALES
 
4  FORMACIONES DE TOBA          
 
5  COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA
 
6  NUTRIA PALEÁRTICA  Y DESMÁN IBÉRICO
 
    
 
Se ha definido además la siguiente área de trabajo:
 
A  Uso público
 
 
III. – Objetivos finales del Plan
 
Se entiende por objetivos finales las metas o fines que debe perseguir la gestión para alcanzar en el menor tiempo posible un estado de conservación favorable para todos los elementos clave relacionados en el apartado anterior.
                                 
1  CAUCE TRENZADO DEL RIO BELAGUA
1.1 Objetivo final: Garantizar la conservación del cauce trenzado del río Belagua.
 
2  CORREDOR FLUVIAL
2.1 Objetivo final: Garantizar un buen estado ecológico del corredor fluvial.
 
3  HÁBITATS FLUVIALES
3.1 Objetivo final: Alcanzar un estado de conservación favorable de los hábitats fluviales y mejorar la heterogeneidad del mosaico fluvial.
 
4  FORMACIONES DE TOBA
4.1 Objetivo final: Mantener en un estado de conservación favorable las formaciones de toba.
 
5  COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA
5.1 Objetivo final: Garantizar la conservación de las poblaciones de especies ícticas autóctonas.
 
6  NUTRIA PALEÁRTICA  Y DESMÁN IBÉRICO
6.1 Objetivo final: Garantizar la presencia de nutria paleártica y de desmán ibérico.
 
A USO PÚBLICO
A.1 Objetivo final: Mejorar el conocimiento y valorización del lugar por parte de la población local y visitantes.
 
 

IV.- Resultados esperables de la aplicación del Plan

 
 
Dado que los objetivos finales o metas del plan pueden no ser alcanzables dentro de su periodo de vigencia por razones ecológicas, sociales o económicas, se definen los resultados esperados de la aplicación del mismo durante dicho periodo de vigencia. Estos resultados, que deben permitir avanzar hacia la consecución de los objetivos finales propuestos, son los siguientes, de acuerdo con la numeración de elementos clave y objetivos finales:
 
1  CAUCE TRENZADO DEL RIO BELAGUA
1.1.1 Objetivo operativo: Preservar el cauce trenzado del río Belagua.
 
2  CORREDOR FLUVIAL
2.1.1 Objetivo operativo: Conservar y recuperar una banda de vegetación natural de ribera con funcionalidad ecológica.
2.1.2 Objetivo operativo: Eliminar los obstáculos en el corredor acuático.
2.1.3 Objetivo operativo: Mantener la buena calidad de las aguas.
2.1.4 Objetivo operativo: Garantizar un régimen de caudales naturales (sólidos y líquidos).
2.1.5 Objetivo operativo: Minimizar las afecciones a la avifauna por colisión y electrocución en los tendidos eléctricos.
 
3  HÁBITATS FLUVIALES
3.1.1 Objetivo operativo: Conservar y aumentar la superficie global ocupada por hábitats fluviales.
3.1.2 Objetivo operativo: Mejorar el conocimiento de algunas especies faunísticas de interés asociadas a los hábitats fluviales.
 
4  FORMACIONES DE TOBA
4.1.1 Objetivo operativo: Conservar las formaciones de toba.
 
5  COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA
5.1.1 Objetivo operativo: Conocer la situación poblacional de la madrilla.
5.1.2 Objetivo operativo: Mejorar las condiciones del hábitat de la comunidad íctica.
 
6  NUTRIA PALEÁRTICA  Y DESMÁN IBÉRICO
6.1.1 Objetivo operativo: Conocer la evolución de la nutria paleártica y del desmán ibérico.
6.1.2 Objetivo operativo: Mejorar las condiciones de hábitat necesarias para permitir la presencia de nutria paleártica y desmán ibérico.
 
 
A USO PÚBLICO
A.1.1 Objetivo Operativo: Ejecutar acciones de información y sensibilización sobre los valores ecológicos del lugar.
 
 

V. – Normativa

 
 
Normativa general
 

  1. Toda actuación que se prevea realizar en suelo forestal se regulará a través de la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra, modificada por la Ley Foral 3/2007, de 21 de febrero. De acuerdo con la citada Ley Foral, en los Montes Catalogados sólo serán autorizables aquellas actividades que sean compatibles con el carácter de Monte de Utilidad Pública o Monte Protector.

 

  1. Quedarán sometidos a la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, los planes, programas, proyectos y actividades, de titularidad pública o privada, incluidos en alguno de sus anejos, que en su concepción, puesta en marcha o ejecución sean susceptibles de alterar las condiciones del medio ambiente o de producir riesgos sobre afecciones para el medio ambiente o la seguridad o salud de las personas y sus bienes.

 

  1. Cualquier autorización que se emita garantizará el cumplimiento de lo establecido en la Ley Foral 2/1993 de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats, y la no afección a las especies animales y vegetales de interés comunitario relacionadas en el Anexo II de la Directiva 92/43 del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales, de la fauna y flora silvestres, así como a sus hábitats o a los elementos del paisaje que revistan especial importancia para la conservación de la Zona Especial de Conservación.

 

  1. Cualquier autorización que se emita garantizará el cumplimiento de lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el Desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

 

  1. Será de aplicación lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y en el Real Decreto 1391/1988, de 18 de noviembre, de traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de Obras Hidráulicas.

 
 
 
Normativa específica
 
1. Reserva Natural de la Foz de Burgui (RN-18)
 

  1. Cualquier actividad o actuación en la Reserva Natural de la Foz de Burgui (RN-18) se regulará de acuerdo a lo establecido en la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra y en el Decreto Foral 230/1998, de 6 de julio, por el que se aprueban los Planes Rectores de Uso y Gestión de las Reservas Naturales de Navarra.

 
2. Tramos fluviales
 

  1. Se asegurará el cumplimiento de un régimen de caudales, de acuerdo con la normativa de aguas y la concesión, que garantice la conservación de los hábitats y especies.

 

  1. No se permitirán aquellas actuaciones o proyectos que impliquen una alteración del régimen natural de las aguas corrientes, salvo las mínimas para el abastecimiento a poblaciones o para los usos agropecuarios existentes.

 

  1. No se permitirán aquellas actuaciones que supongan una alteración morfológica del cauce, excepto cuando concurran razones relacionadas con la salud humana, la seguridad pública o la conservación de los valores naturales.

 

  1. En aquellos proyectos públicos y nuevos usos y aprovechamientos cuyo ámbito limite con los cauces fluviales se respetará una banda continua al cauce, no inferior a 5m de anchura, cuyo fin será constituirse en formaciones naturales de ribera.

 

  1. En las cortas de arbolado (cortas a hecho) adyacentes al cauce fluvial deberá recuperarse una banda de al menos 5m de anchura contigua a dicho cauce, con especies propias de vegetación natural de la zona.

 

  1. No se permitirá depositar residuos sólidos, escombros o sustancias que constituyan o puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del lugar.

 

  1. La instalación de cierres en los límites del lugar incluirán las condiciones necesarias para garantizar la dispersión y movimientos de los vertebrados silvestres, así como para evitar su mortalidad.

 

  1. Los usos y actuaciones que afecten a los hábitats fluviales deberán incluir las condiciones necesarias para garantizar la conservación de los mismos, excepto cuando concurran razones relacionadas con la salud humana y la seguridad pública.

 

  1. Los usos y aprovechamientos que se realicen en las formaciones de toba y sus áreas de alimentación hídrica deberán incluir las condiciones necesarias para garantizar la conservación de estos enclaves, excepto cuando concurran razones con la salud humana y la seguridad pública.

 
 
VI. – Directrices u orientaciones para la gestión
 
Las siguientes directrices u orientaciones para la gestión deben entenderse como recomendaciones que deben aplicarse salvo que existan motivos fundamentados que justifiquen lo contrario.
 
 

  1. En aquellos proyectos, usos y aprovechamientos cuyo ámbito limite con los cauces fluviales se priorizará la recuperación de una banda de vegetación natural continua de una anchura variable, dependiendo de las características de la llanura de inundación de cada tramo (5m en orillas muy escarpadas y de 15m en zonas con amplia llanura de inundación).

 

  1. Las ayudas de carácter agroforestal y medioambiental se intentarán adecuar a las directrices de este plan.

 

  1. En los proyectos de restauración fluvial que conlleven plantaciones se utilizarán especies autóctonas propias de las riberas fluviales o de la vegetación natural del entorno, y en la medida de lo posible, de la misma región de procedencia.

 
 
VII. – Actuaciones
 
 
Para el periodo de vigencia del  presente Plan se establecen las siguientes actuaciones:
 
1. Medidas asociadas al cauce y al corredor fluvial
 

  1. Estudio de las posibilidades de restitución del cauce del río Belagua situado aguas arriba del puente de la carretera Isaba/Francia (pk 12).

 

  1. Redacción y ejecución de proyectos de restauración de tramos de ribera sin banda de vegetación natural, o degradados.

 

  1. Ejecución de proyectos piloto para la revegetación de escolleras.

 

  1.  Evaluación de la eficacia de las escalas de peces y corrección de las que puedan resultar no funcionales.

 

  1. Permeabilización de la presa de Vidángoz/Bidangoze.

 

  1. Realización de un muestreo de la calidad físico-química y biológica de las aguas en el río Biniés y propuesta de medidas correctoras en el caso de obtenerse malas calidades.

 

  1. Corrección de los tendidos eléctricos que presentan riesgos para las aves por colisión y electrocución.

 
 
 
2. Medidas asociadas a los hábitats
 

  1. Monitorización periódica del estado de conservación de las formaciones de toba.

 
 
3. Medidas asociadas a la fauna
 

  1. Realización de prospecciones para determinar la presencia y estado de conservación de lepidópteros y odonatos amenazados.

 

  1. Realización de prospecciones para determinar la presencia y abundancia de tritón pirenaico (Calotriton asper).

 

  1. Realización de prospecciones para determinar la presencia y abundancia de rana pirenaica (Rana pyrenaica).

 

  1. Realización de un censo de martín pescador (Alcedo atthis) y mirlo acuático (Cinclus cinclus).

 

  1. Realización de muestreos periódicos de madrilla (Chondrostoma miegii), de acuerdo a una metodología y un esfuerzo de muestreo que posibilite la monitorización de sus principales parámetros poblacionales.

 

  1. Continuación con los muestreos quinquenales de nutria paleártica (Lutra lutra) que realiza el Gobierno de Navarra.

 

  1. Monitorización periódica del estado de conservación del desmán ibérico (Galemys pyrenaicus) en los ríos Eska y Biniés.

 
 
4. Medidas asociadas al uso público
 
4.1 Incorporación de información y contenidos sobre los valores naturales del lugar en el Centro de Interpretación de la Naturaleza de Roncal/Erronkari.
 
 
 
VIII. – Financiación del Plan de Gestión
 
 
El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local atenderá:
 

  • Las cuantías precisas para la ejecución de los proyectos de mantenimiento y restauración que garanticen el estado favorable de conservación del espacio.
  • Las cantidades necesarias para el mantenimiento de equipamientos y estructura de gestión.
  • Las partidas precisas para hacer efectivas las indemnizaciones a que puedan dar lugar las limitaciones a usos y actividades, así como los contratos ambientales voluntarios.
  • Cuantas otras consignaciones resulten necesarias para la ejecución del plan y la consecución de sus objetivos.

 
Todo ello estará sujeto a la existencia de crédito adecuado y suficiente y, en consecuencia, se adquirirán los compromisos correspondientes según las disponibilidades presupuestarias existentes en su momento.
 
Las actuaciones que los distintos Departamentos del Gobierno de Navarra realizan para promover la integración ambiental de sus políticas sectoriales, así como acciones promovidas por entidades locales o con financiación privada o de la Unión Europea, podrán asimismo contribuir al desarrollo del plan.
 
Aquellas actuaciones promovidas por particulares o entidades locales para la administración del patrimonio comunal, que tengan como objetivo el desarrollo del plan y que no teniendo fines lucrativos colaboren al mantenimiento del estado favorable de conservación de la ZEC, podrán ser financiadas totalmente por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Para promover el desarrollo socioeconómico de los núcleos de población próximos, en cualquier otra ayuda dependiente de este Departamento se dará prioridad, siempre que ello sea posible, a aquellas que siendo compatibles con la conservación de espacios se propongan dentro del ámbito geográfico de la Zona Especial de Conservación, estableciendo además un incremento en el porcentaje de la ayuda respecto a otras que puedan proponerse fuera de este espacio o fuera de cualquier otro espacio natural. Asimismo, el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local procurará la aplicación de fondos extrapresupuestarios cuya finalidad sea el desarrollo de alguna de las acciones previstas en este plan.
 
 
 
IX. Limitaciones
 
 
Las indemnizaciones por limitaciones de usos y actividades se aplicarán de igual manera a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 9/96, de 17 de junio, de espacios naturales de Navarra. No obstante, podrá convenirse otras formas de indemnización, tales como el otorgamiento de ayudas, subvenciones, la provisión de servicios u otros medios de fomento.
 
 
X. – Programa de seguimiento
 
Se establece un programa de seguimiento para garantizar la correcta ejecución del plan y la consecución de sus objetivos. Dicho programa incluye al menos un indicador objetivamente verificable para cada uno de los objetivos establecidos.
 
Anualmente se informará al Comité de Pilotaje de los resultados de este Programa y, en general, del grado de ejecución del Plan.
 
Cuando, en virtud de los resultados obtenidos, se observe una desviación con respecto a los resultados esperados o se estime la imposibilidad de alcanzarlos en el plazo previsto, se podrán incorporar al Plan cuantas medidas sean necesarias para mejorar la efectividad y la eficacia de la gestión.

 
 
 

Elemento Clave

Objetivo Final

Objetivo Operativo

Indicador

Valor inicial

Criterio de éxito

1. CAUCE TRENZADO DEL RIO BELAGUA
 

1.1. Garantizar la conservación del cauce trenzado del río Belagua

 

Longitud de cauce glaciar en buen estado de conservación

1.100 metros

1.400 metros

 

1.1.1. Preservar el cauce trenzado del río Belagua.

Nº afecciones

Extracciones de áridos, plantaciones en el cauce, motas

0

2. CORREDOR FLUVIAL

2.1.Garantizar un buen estado ecológico del corredor fluvial

 

ml de discontinuidades en la banda de vegetación natural

desconocido

0 ml (excepto en el tramo de cauce glaciar)

 

% de obstáculos permeables para la fauna piscícola

Desconocido

100% de obstáculos permeables

Nº de líneas y derivaciones eléctricas con afección a las aves

8 líneas y derivaciones con afección

Ninguna línea y derivación eléctrica con afección

 2.1.1. Conservar y recuperar una banda de vegetación natural de ribera  con funcionalidad ecológica.

m de banda de vegetación restaurada / m de escolleras revegetadas/nº de puntos negros restaurados

0 m de banda de vegetación restaurados / 0 m de escolleras revegetados/0 puntos negros restaurados

3000 m de banda de vegetación restaurados/700 m de escolleras revegetados/50 puntos negros restaurados

Sup. de hábitats fluviales naturales

109,83 ha

Aumento de la superficie actual

2.1.2. Eliminar los obstáculos en el corredor acuático

Nº obstáculos para la ictiofauna

Desconocido

0

2.1.3. Mantener la buena calidad de las aguas en los ríos Eska y Biniés.

Calidad físico química y biológica del agua en los ríos Eska y Biniés

Eska= buena calidad del agua. Biniés= desconocido

Eska=buena calidad del agua. Biniés: buena calidad del agua

2.1.4. Garantizar un régimen de caudales naturales (sólidos y líquidos).

Régimen de caudales ambientales

Desconocido

Se cumple el régimen de caudales que garantice la conservación de los hábitats y las especies

2.1.5. Minimizar las afecciones a la avifauna por colisión y electrocución en los tendidos eléctricos.

Nº de líneas y derivaciones eléctricas con afección a las aves

8 líneas y derivaciones con afección a las aves

Ninguna línea eléctrica y derivación con afección a las aves

3. HÁBITATS FLUVIALES

3.1. Alcanzar un estado de conservación favorable de los hábitats fluviales y mejorar la heterogeneidad del mosaico fluvial

 

Sup. de hábitats  fluviales en estado de conservación favorable

ver anexo en E.C. Hábitats Fluviales del plan de acción

Mayor que el valor inicial

 

3.1.1. Conservar y aumentar la superficie global ocupada por hábitats fluviales.

Sup. de hábitats fluviales

109,83  ha

Mayor que el valor inicial

3.1.2. Mejorar el conocimiento de algunas especies faunísticas de interés asociadas a los hábitats fluviales.

Muestreos de tritón pirenaico

Muestreos sin realizar

1 cada 5 años

Muestreos de rana pirenaica

Muestreos sin realizar

1 cada 5 años

Muestreos de lepidópteros y odonatos

Muestreos sin realizar

1 cada 5 años

Muestreos de  martín pescador y mirlo acuático

Muestreos sin realizar

1 cada 5 años

4. FORMACIONES DE TOBA
 
 

4.1. Mantener en un estado de conservación favorable formaciones de toba

 

Nº de tobas en estado de conservación de conservación favorable

2

2

 
 

4.1.1. Conservar las formaciones de toba.

Número de tobas

2

2

Nº afecciones

0

0

5. COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA

5.1. Garantizar la conservación de las poblaciones de especies ícticas autóctonas

 

Abundancia poblacional de madrilla

Desconocida

Abundancia acordes con la capacidad del medio

 

Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial

 

 

5.1.1. Conocer la situación poblacional de la madrilla

Muestreos de abundancia de madrilla

 Ninguno

1 cada 5 años

5.1.2. Mejorar las condiciones del hábitat de la comunidad íctica

Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial

 

 

6. NUTRIA PALEÁRTICA  Y DESMÁN IBÉRICO
 
 
 

6.1. Garantizar la presencia de nutria paleártica y desmán ibérico

 

Presencia de nutria paleártica en todos los tramos aptos de los ríos Eska y Biniés

Presencia de la especie en los tramos bajos y medios del río Eska y en el tramo bajo río Biniés

Presencia de la especie en todos los tramos aptos de los ríos Eska y Biniés

 

Presencia de desmán ibérico en todos los tramos aptos de los ríos Eska y Biniés

Presencia de la especie en el tramo medio del Río Eska

Presencia de la especie en todos los tramos aptos de los ríos Eska y Biniés

6.1.1. Conocer la evolución de la nutria paleártica y del desmán ibérico.

Muestreos de nutria paleártica

1 cada 5 años

1 cada 5 años

Muestreos de desmán ibérico

No se realizan

1 cada 5 años

6.1.2. Mejorar las condiciones de hábitat necesarias para permitir la presencia de nutria paleártica y desmán ibérico

Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial

 

 

A. USO PÚBLICO

A.1 Mejorar el conocimiento y valorización del Lugar por parte de la población local y visitantes

 

Nº de Centros de Interpretación enfocados a divulgar los valores del Lugar de los ríos Eska y Biniés

No existe

1 centro

 

A.1.1. Ejecutar acciones de información y sensibilización sobre los valores ecológicos del Lugar.

Material divulgativo con contenidos sobre el Lugar existente en Centro de Interpretación de la Naturaleza de Roncal/Erronkari

No existe

Material divulgativo incorporado

XI. – Mapa de delimitación y entidades incluidas
 

 

Lunes, 4 Junio, 2018