Representantes Asamblea. Articulo 374.

Proceso de participación:
Anteproyecto de Ley Foral de Reforma de la Administración Local de Navarra
Aportaciones:
Artículo 374. Si los representantes en la Asamblea se deciden solo por la población de cada municipio, solo la metrópoli tendrá representación. Debería ponderarse este sistema de alguna manera o los ayuntamientos pequeños no tendrán representación o será aún menor que la actual en las mancomunidades a ñas que èrtenecen actualmente. Podría plantearse que en las nuevas comarcas se mantenga la representación actual mínima de los ayuntamientos pequeños existente en las mancomunidades que vengan a sustituir.

Comentarios

Deben tenerse en cuenta otros factores como el territorio además de la población. Es injusto que el territorio que en muchas ocasiones va a aportar importantes recursos a la Comarca correspondiente (agua de boca, energía hidroeléctrica, espacio para el tratamiento de residuos, etc..) se vea reducido a una representación simbólica en decisiones que le atañen, como la ordenación del territorio. Hay que recordar que muchos de estos recursos se aportan de manera mancomunada en la actualidad, por lo que incluso estos pequeños municipios no reciben nada a cambio por ellos.