Aportaciones al plan de Acogida a Personas Migrantes en Navarra de SOS RACISMO NAVARRA

Proceso de participación:
Plan de Acogida a Personas Migrantes de Navarra
Ámbito:
Antirracismo
Aportaciones:
Aportaciones al plan de Acogida a Personas Migrantes en Navarra 2.3.2. Los Servicios a los que se hace referencia carecen en la actualidad de competencias directas en temas estructurales que requieren cambios estructurales. Para que sea real y efectiva, debe dotarse de competencias en los diversos ámbitos de la Administración foral, poder formar parte activa de Comisiones Interdepartamentales para poder elevar recomendaciones sugerencias o quejas al departamento/s específico/s. si no se verán reducidas a la dinamización de espacios socioculturales, lúdicos o festivos. Desde nuestra entidad defendemos los espacios comunitarios donde se promueva la convivencia de personas de diversos orígenes y contextos socioculturales, acorde a las necesidades del barrio o pueblo, en este sentido el actual modelo de gestión de centros comunitarios (por ejemplo, el promovido por el Ayuntamiento de Pamplona) no cumplen esta función de integración y prevención comunitaria. 2.3.3. Para aumentar la participación de personas migrantes en el tejido asociativo de Navarra, hay que facilitar procesos de construcción de asociaciones, facilitar, simplificar y agilizar el acceso a subvenciones a colectivos migrantes, ya que los procesos y requisitos son inmanejables con excesiva burocracia. Así como facilitar el encuentro y la interacción entre las diversas asociaciones y entidades sociales presentes en Navarra de orígenes diversos, para que las personas migrantes puedan participar en diferentes espacios y no sólo en los ámbitos que tienen que ver con diversidad cultural, discriminaciones y migraciones, facilitando y promoviendo su participación social y política. 2.3.5. Hay que recordar que los SSB y las UB no tienen en la actualidad garantizado el acceso a todas las personas presentes, tenemos constancia que hay casos en los que no se atiende a personas por carecer de empadronamiento, así como la falta de información a personas usuarias sobre medidas de protección social y no han garantizado el servicio de traducción. la LF 15/2006 de Servicios Sociales de 14 de diciembre, que en el punto 4 del Artículo 4 especifica que pueden ser personas destinatarias de los Servicios Sociales “En todo caso, las personas que se encuentren en Navarra en una situación de urgencia personal e indigencia, familiar o social, podrán acceder a aquellas prestaciones del sistema de servicios sociales que permitan atender dicha situación. Esta situación será valorada por los profesionales de los servicios sociales en función de su gravedad, precariedad y perentoriedad.” Por lo que este derecho de atención ya está garantizado por ley, aunque en la práctica no se cumple. http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=10855#Ar.4 Nos parece imprescindible que las trabajadoras de estos recursos tengan conocimiento sobre la Ley de Extranjería/Ley de Asilo y Protección internacional, que afectan directamente a todas las personas extranjeras o acceso garantizado a este conocimiento, para una correcta atención, así como sobre los recursos específicos a personas extranjeras (como clases de castellano, Asesoría en materia de Extranjería o Asilo) 2.3.6. Queremos destacar que el PIM es una iniciativa que nace para reivindicar la falta de servicios públicos, entendiendo que es la propia Administración la que debe ser garante de proporcionar este servicio de Asesoría y Orientación sobre todos los recursos y derechos existentes en Navarra. Lo que nos parece importante es que sean las trabajadoras/es de la Administración las que tengan conocimiento sobre la Ley de Extranjería/Ley de Asilo y Protección internacional, que afectan directamente a todas las personas extranjeras o acceso garantizado a este conocimiento, en este sentido este punto de Información debe sobre todo estar orientado hacia la Administración, sobre todo hacia las personas que trabajan directamente en interacción con la población. En la actualidad nos encontramos con una Administración que proporciona información en base a consultas, creemos que esta lógica debe ser invertida, de manera que la Administración cumpla con su función de transparencia en la facilitación de información sobre acceso a servicios y derechos de toda la ciudadanía, teniendo en cuenta la condición social y jurídica de todas las personas. 2.3.8. Recordamos que solo existe un recurso público de aprendizaje de castellano (Centro José María Iribarren) que en la actualidad cuenta con 600 personas en lista de espera, por ello desde diferentes entidades sociales se han puesto en marcha recursos, que no cubren la demanda. Se hace necesario garantizar de manera pública y gratuita el acceso a cursos de aprendizaje de las lenguas vehiculares en Navarra (castellano y euskera) Creemos que en el plan no se refleja la importancia que tiene el aprendizaje del euskera en los procesos de integración en la sociedad de Navarra, recordamos que dependiendo de la zona en la que se viva, el euskera es la lengua vehicular principal para poder relacionarse, trabajar, estudiar, etc… En la actualidad no existe un servicio gratuito garantizado de aprendizaje de euskera. 2.4.1. Entendemos que la Legislación en materia de Extranjería es una expresión normativizada e institucionalizada del racismo estructural, que está diseñada para mantener el actual sistema de privilegios y el sistema de cuidados en (copiar pegar) Se requiere un análisis de todas las discriminaciones estructurales 7. Queremos añadir que el Empadronamiento no sólo es un derecho si no un deber que debe estar garantizado por las Administraciones competentes (entidades locales). En los casos en los que haya una dificultad en el acceso al empadronamiento ya sea por falta de documentación acreditativa de identidad, imposibilidad de empadronarse en la vivienda donde reside, falta de vivienda, falta de contrato de alquiler o título de propiedad, etc.) debe garantizarse el empadronamiento facilitando lugares donde poder empadronarse desde las propias entidades locales. En este sentido recordamos que es la propia legislación vigente la que señala mecanismos de garantía de empadronamiento en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4784 Art. 2.3: documentación que acredita el domicilio de residencia. Art. 3.1 y siguientes: CASOS ESPECIALES  para que se pueda considerar domicilio válido deberá vivir en ese lugar y debe poder recibir notificaciones. “3.3 Empadronamiento en infraviviendas y de personas sin domicilio. Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón. Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa dirección. La correcta aplicación de este criterio determina, por un lado, que se deba aceptar como domicilio cualquier dirección donde efectivamente vivan los vecinos, y, por otro, que pueda y deba recurrirse a un «domicilio ficticio» en los supuestos en que una persona que carece de techo reside habitualmente en el municipio y sea conocida de los Servicios Sociales correspondientes. Las condiciones que deberían cumplirse para este tipo de empadronamiento son las siguientes: – Que los Servicios Sociales estén integrados en la estructura orgánica de alguna Administración Pública o bajo su coordinación y supervisión. – Que los responsables de estos Servicios informen sobre la habitualidad de la residencia en el municipio del vecino que se pretende empadronar. – Que los Servicios Sociales indiquen la dirección que debe figurar en la inscripción padronal con referencia en el callejero municipal y se comprometan a intentar la práctica de la notificación cuando se reciba en esa dirección una comunicación procedente de alguna Administración Pública. En estas condiciones, la dirección del empadronamiento será la que señalen los Servicios Sociales: la dirección del propio Servicio, la del Albergue municipal, la del punto geográfico concreto donde ese vecino suela pernoctar, etc. Evidentemente, para practicar este tipo de inscripción no es necesario garantizar que la notificación llegará a su destinatario, sino simplemente que es razonable esperar que en un plazo prudencial se le podrá hacer llegar.” 8. A todo lo expuesto en el Plan, nos gustaría añadir la necesidad de realizar un censo de viviendas vacías de propiedad municipal o foral, para ponerlas a disposición del mercado público .de viviendas que debe estar garantizado a todas las personas sin exclusiones. Proponemos que desde Gobierno de Navarra también se haga un recuento de las viviendas vacías propiedad de los Bancos y actúe de manera inmediata para evitar que la gestión de las mismas caiga en los denominados “fondos buitre” Proponer medidas de regularización de precios y accesibilidad al mercado privado de viviendas de alquiler, mejorando las leyes de vivienda estatales ( en la actualidad las personas en situación administrativa irregular tienen vetado el acceso a viviendas de protección oficial, ayudas para el pago de alquiler ) Desde nuestra entidad estamos en contra de establecer y/o aumentar medidas de acompañamiento en la búsqueda de vivienda, ya que entendemos que el problema de acceso se basa en una discriminación estructural, que podría ser reforzada mediante estas vías. En su lugar, proponemos planes de actuación contra estas discriminaciones que pasen por visibilizarlas, denunciarlas y establecer protocolos de actuación verificables contra esta discriminación. 9. A todo lo expuesto en el Plan añadimos la necesidad de reforzar el control vía Inspección laboral, garantizando los derechos de las víctimas de situaciones de explotación laboral, se han detectado dificultades en el acceso a la Inspección laboral y mecanismos de control en el mercado libre. Régimen especial de Trabajadoras de Hogar, entendiendo que no hay competencias el Gobierno foral debe poner medidas paliativas para el sector más desregularizado y vulnerabilidad 12. Segregación escolar. A todo lo expuesto en el Plan queremos añadir que se hace necesario un análisis crítico y en profundidad para combatir la segregación escolar por modelos lingüísticos. 13. En la página 118 en el apartado sobre barreras en el acceso al sistema sanitario de las personas en situación administrativa irregular se hace alusión a un “Informe sobre la cobertura de la Asistencia sanitaria en la comunidad elaborado por la Dirección general de Política Migratoria” el cual no está referenciado en la Bibliografía, por otro lado, al entender que el texto reproduce literalmente a lo contenido en nuestro Informe Anual sobre el Racismo en Navarra, les agradeceríamos que añadiesen la referencia a dicho Informe. Queremos recordar que este Informe está elaborado por nuestra entidad y no pertenece a la Dirección General de Políticas Migratorias y justicia. En las páginas 126, 216, 135 en la referencia a Nuestro Informe Anual y a nuestra ODAS se señala que es un servicio público foral conveniado/gestionado por SOS Racismo Navarra, solicitamos que corrija dichas referencias especificando correctamente la naturaleza jurídica de nuestro convenio con la Dirección general de Políticas Migratorias, que hasta la actualidad subvenciona vía convenio nuestro proyecto ODAS, que en ningún caso se trata de un servicio público del Gobierno Foral. Bloque 3. Nos parece imprescindible que cada propuesta quede referenciada con el/los Departamento/s competente/s en la materia, de manera que puedan establecerse planes de trabajo o mejoras de planes existentes para dar respuesta a las necesidades y discriminaciones detectadas en el diagnóstico del Plan. A continuación, se enumeran las medidas que proponemos desde nuestra entidad, algunas de ellas recogidas en el Informe Anual sobre el Racismo en Navarra. 5.1. Protección social: 1. Tramitar de manera urgente la normativa (Decreto Foral) necesaria para establecer protocolos de atención y tramitación (vía urgente) comunes a todas las unidades de barrio y a todos los servicios sociales de base con instrucciones claras que se publiquen y a la que tenga acceso toda la ciudadanía. 2. Dar a atención a todas las personas que viven en la localidad de los servicios sociales sin el requisito de empadronamiento. También activar vías de empadronamiento para estas personas que tienen dificultad en acceso al deber y derecho de estar empadronado donde viven. Activar protocolos de empadronamiento en unidades de barrio o servicios sociales para estos casos que requieren una solución urgente. 3. Garantizar el cobro de una prestación garantizada (RG) para todas aquellas personas y familias que lo requieran por encontrarse sin ingresos o con ingresos inferiores a la cuantía de la prestación, sin tener en consideración el cumplimiento de los demás requisitos, pudiéndose aplicar la propia normativa (art. 19 del DF 26/2018 Supuestos de acceso excepcional a Renta Garantizada por exclusión social grave.) Activar vías de urgencia que garanticen el cobro inmediato de la prestación, habilitando cuentas bancarias para aquellas personas que no tengan posibilidad de abrir una cuenta. Adicionalmente, habilitar ayudas del pago de alquiler/hipoteca para aquellas personas que no puedan acogerse a las moratorias del pago, si las hubiese, y cuyo pago suponga más del 30% de los ingresos. 4. Activar ayudas de emergencia necesarias para cubrir los periodos de espera al cobro de la RG o cualquier otra circunstancia que de origen al cobro de esta. 5. Establecer la renovación automática de todas las Rentas Garantizadas, la paralización de expedientes sancionadores y de los cortes/suspensiones de la prestación (reanudándose de manera automática y urgente la prestación). 6. Facilitación de apertura de cuentas bancarias para las personas que los bancos les rechazan este derecho. También ofrecer otras soluciones alternativas desde servicios sociales para el cobro de las prestaciones económicas a estas personas como; activar unas cuentas propias de unidades de barrio, de ayuntamiento o de departamento de derechos sociales. 7. Poner en marcha recursos/espacios a los que puedan acudir personas dependientes (menores y mayores en situación de dependencia) en situaciones que sea necesario y siempre como una opción a disposición de las familias: cuando la persona cuidadora tenga que acudir a lugares en los que no se establezcan medidas de cuidado de ellas (puesto de trabajo, citas médicas, situación de hospitalización, situación de hacinamiento prolongado, etc. 8. Poner en marcha programas de acompañamiento para las/los jóvenes migrantes no acompañados. Apostar por las prestaciones de autonomía, tanto económicas como formaciones e inserción laboral. 9. Trabajo coordinado entre las entidades que gestionan acompañamiento de menores no acompañados con servicios sociales para que cuando cumplen el mayor de edad tengan acceso a prestaciones sociales. Garantizar y agilizar el acceso a los permisos de residencia y/o petición de pasaportes de los consulados antes de que salgan del programa de acogida. 10. Habilitar vías de acceso a los servicios sociales/unidades de barrio más ágiles que puedan evitar de manera efectiva la saturación en el acceso como tener varias líneas de atención y mantener siempre la vía presencial como una opción para solicitar una cita. 11. Hacer uso de servicios de interpretación y traducción en las atenciones, tanto por las administrativas como los/las trabajadores/as sociales para las personas que lo necesitan. Hacer una buena publicidad de la existencia de este servicio para las/los trabajadores/as de servicios sociales y para la población migrada en general. Generar protocolos de actuación de buenas prácticas en las atenciones con las personas que tengan dificultad lingüística. 12. Integrar la figura de mediador/a cultural en la plantilla de unidades de barrio y servicios sociales y hacer el uso de ello en las atenciones con las personas que lo necesiten. Trabajar conjunta y activar vías de comunicación estable con entidades que ejercen como mediadores con las comunidades migradas y racializadas. Especialmente en los tiempos de confinamiento fortalecer la práctica de mediación cultural porque es más necesaria que nunca. 13. Priorizar la atención presencial para las personas que tienen dificultad lingüística e informática/digital en la comunicación o así lo prefieren para garantizar una buena calidad de atención en los servicios sociales y unidades de barrio. 5.2. Vivienda 1. Garantizar el acceso a derecho y deber de empadronamiento en el lugar de residencia efectiva de los/as solicitantes. Utilizar vías alternativas que existen para facilitar empadronamiento en la legislación verificando donde vive las personas con informes de el/la trabajador/a social. Es importante que los ayuntamientos y servicios sociales puedan trabajar conjunta para ofrecer alternativas a las personas que no pueden acceder al padrón y por ello pierden el acceso a muchos derechos. (Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4784) 2. Una política de parque de vivienda pública, vivienda protegida, promoción de ayudas de alquiler y facilitar el acceso a estos programas. 3. Creación de recursos a personas en situación de falta de vivienda, sin requisitos de entrada y ayudas de emergencia para personas sin vivienda sin requisito de antigüedad ni empadronamiento. 4. Además, ante el agravamiento de la situación como consecuencia del COVID-19, planteamos la necesidad de mantener los recursos residenciales habilitados durante el Estado de Alarma con creación de normativa que permita su reactivación urgente en caso de que vuelvan a darse circunstancias de urgencia y necesidad similares. 5. Respecto a los programas EMANZIPA y DAVID: establecer mecanismos oportunos para garantizar y facilitar el acceso de todas las personas que lo necesiten a estos programas, con independencia de su edad, situación administrativa, tiempo de empadronamiento o de inscripción en el censo, precio de vivienda de alquiler. 6. Adaptación de la normativa de vivienda a la realidad socioeconómica y jurídica de las familias, asegurando la no discriminación y la igualdad de condiciones de acceso de todas las personas. Eliminación de barreras administrativas/digitales. 7. Poner mecanismos de control contra discriminaciones racistas en el mercado de vivienda. Vigilar las acciones de inmobiliarias y privados que pueden tener discursos racistas y de odio Establecer mecanismos de sanción a las agencias inmobiliarias que apliquen criterios discriminatorios en función del género, edad, etnia u origen de los/as posibles inquilinos/as, o que establezcan requisitos inalcanzables para el acceso de vivienda en alquiler. 8. Regularizar el precio de los alquileres en el mercado de vivienda en Navarra, no permitir la especulación con los precios por los fondos Buitres. 9. Elaborar con carácter de urgencia el Registro de Vivienda vacía, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 24/2013. Reforzar, mejorar y ampliar la Bolsa de Alquiler. Regular el precio del alquiler. Restringir la implantación de pisos turísticos. 10. Aprobación y exigencia del Impuesto a la vivienda vacía en la totalidad de Ayuntamientos navarros. 11. Establecer recursos para ayudar en la búsqueda de vivienda a las personas que lo necesitan. 12. Poner más recursos habitacionales para personas sin hogar sin límites de tiempos ni requisitos de acceso, acompañado con un programa de acompañamiento para inserción de estas personas. 13. Prohibición de cualquier desahucio en el que no se garantice alternativa habitacional. 14. Incrementar la cesión de viviendas para primera acogida de personas refugiadas y solicitantes de asilo, así como de personas en situación de vulnerabilidad. 5.3. Extranjería / control de movilidad 1. Agilización de los procedimientos de extranjería y poner fin a largas esperas de resoluciones. 2. Poner a disposición una vía accesible de conseguir citas para trámites de extranjería como la posibilidad de pedirlo presencialmente en la oficina de extranjería. 3. Disponer servicio de asesoramiento de materia extranjería gratuita, accesible y bien publicada para toda la población migrada. 4. Paralización de todos los expedientes sancionadores. Archivo de procedimientos de expulsión existentes y prohibición de incoar nuevos. 5. Cierre de todos los CIE y puesta en libertad de todas las personas internas, facilitando su retorno a sus hogares (facilitando billetes de retorno a sus ciudades o pueblos de origen. 6. Suspensión de periodos de caducidad de todos los documentos (ya sean expedidos en países de origen o estatales). 7. Mantenimiento de la posibilidad de poder presentar autorizaciones de residencia iniciales o renovaciones, como medida opcional para quienes lo deseen, de manera semi-presencial: facilitando lugares donde se pueda escanear y presentar de manera telemática a través de un registro online, sin que sea necesario certificado digital. 8. El cese de los controles de identidad basados en el perfil étnico. Porque incumplen las exigencias del principio de proporcionalidad que se deriva de la prohibición de no discriminación racial y vulneran la dignidad de las personas. 9. La no colaboración de los cuerpos policiales dependientes de las entidades locales y del Gobierno de Navarra en citaciones en Extranjería, así como el establecimiento de medidas para evitar que se lleven a cabo identificaciones y controles de identidad por perfil étnico. 10. El cese de las citaciones denominadas como de “Citas Trampas” en la Brigada de Extranjería de Navarra. Petición de información al Ministerio de Interior sobre este tipo de prácticas, número de expedientes de expulsión incoados y/o ejecutados en base a este método, así como el archivo de estos. Informe sobre la legalidad de estas actuaciones, detallando la normativa en la que se basa, y petición de responsabilidades en el caso de que resulten contrarias a derecho y constituyan vulneraciones de derechos. 11. El fin de la práctica del retirado de los pasaportes de las personas que están en situación irregular. 5.4. Sanidad 1. Cese de la práctica de requisito de tener el empadronamiento como única vía de acreditar la residencia en Navarra para acceder a sistema sanitaria. 2. Aceptar otros tipos de documentos para identificación de las personas en caso de que no se pueda aportar un DNI, NIE o pasaporte. 3. Tramitar de manera urgente la normativa (vía Decreto Foral) necesaria para garantizar el acceso al Sistema Sanitario de todas las personas presentes en este momento en Navarra, residan o no aquí de manera habitual, con instrucciones comunes a todos los centros de salud y hospitales, que se publiquen y a la que tenga acceso toda la ciudadanía. 4. Inclusión de todas las personas presentes en Navarra que requieran de asistencia médica en la base de datos, con asignación de CIPNA y de médica/o en Atención Primaria. 5. Cese de facturación en Servicios de Urgencias y red de Atención Primaria. Anulación de facturas emitidas a personas hasta ahora. 6. Cese de la aplicación del criterio basado en la Sentencia del TS que afecta a las personas mayores de 65 años reagrupadas o que venían a cargo de un familiar, por el que no se les concedían TIS y se estaba procediendo a la retirada de las ya concedidas. 7. El uso del servicio de interpretación en todas las atenciones que lo requieren en el sistema de salud de navarra. Anunciar la existencia de este servicio en sitios visibles en los centros de salud y hospitales para las/los pacientes e informar las/los trabajadores de salud y administrativos de los mismos. Crear protocolos de actuación con buenas prácticas en la atención de personas migradas y racializadas como utilizar la mediación intercultural o traducciones. 8. Priorizar a la atención presencial en los centros de atención primaria. 5.5. Empleo 1. Un cambio estructural por la defensa de los derechos laborales de clase trabajadora, mejorar las condiciones laborales para todos los sectores y reconocer la importancia de sectores esenciales como los cuidados y agricultura. 2. Tomar medidas contra la explotación laboral, vigilar las empresas por cumplimiento de convenios, vigilancia del fraude en la contratación, hacer más accesible y ágil el uso de la inspección de trabajo. 3. Regularización de todas las personas sin requisitos para poder acabar la explotación laboral de las personas en situación administrativa irregular. 4. El fin del régimen especial para las trabajadoras de hogar, garantizar el acceso de derechos laborales con igualdad de condiciones con otros sectores. Ampliar la protección para los y las trabajadoras del sector. 5. En el empleo de hogar, hay que empezar por regularizar a las trabajadoras en situación administrativa irregular que el control de la Inspección de Trabajo de no se limite a las cotizaciones del año 2021 sino llegue a los anteriores, que alcance también a las trabajadoras a tiempo parcial y sea el comienzo del reconocimiento de todos los derechos para el sector. 6. Acabar con la eventualidad de los contratos. Defender mejorar los derechos y las condiciones laborales es una mejora para los sectores desfavorecidos. 7. Poner medidas y recursos necesarios para la conciliación familiar entre vida laboral y la privada, especialmente en el caso de familias monoparentales. 8. Garantizar los derechos laborales de todas las personas y promover formaciones sobre los derechos y deberes de las personas trabajadoras. Garantizar la libertad de actividad sindical de todos los sectores. 9. Apostar por proyectos de inserción sociolaboral como una metodología eficaz en la lucha contra la exclusión social y facilitar el acceso a estos programas a las personas migradas sin requisitos de permisos de residencias o homologación de títulos. Garantía de aplicación del convenio de la actividad que se desarrolla en los centros y programas de inserción laboral. 10. Publicaciones de derechos básicos y de los convenios colectivos en distintos idiomas atendiendo a la diversidad de origen. 11. Garantizar que, en todos los estudios referidos al ámbito laboral, y especialmente en el ámbito de la salud laboral, se tenga en cuenta la variable origen. 12. Impulso de iniciativas dirigidas a organizaciones empresariales y sindicales para que las necesidades específicas de las personas migradas sean tenidas en cuenta en el ámbito laboral. 5.6. Educación / Formaciones 1. Facilitar la entrada de sistema educativo sin requisitos de residencia o empadronamiento. 2. Facilitar la formación para personas en situación irregular, acceso a las escuelas talleres con prácticas en las empresas. 3. Posibilitar la educación post obligatoria para personas en situación irregular. 4. Facilitar la homologación de los títulos, poner soluciones alternativas como exámenes forales para convalidar los títulos o programas educativos para las personas que tengan experiencia laboral, etc. 5. Facilitar la homologación de carné de conducir con unas pruebas económicamente más accesibles. 6. Poner recursos de apoyo en las escuelas tanto primarias como secundarias y post obligatorias para aprendizaje lingüístico. No limitar la solicitud de estos recursos de apoyo en unas fechas cerradas. 7. Ofrecer cursos de aprendizaje de castellano y euskera para personas recién llegadas a Navarra. Adaptar el funcionamiento de estos cursos como los tiempos de matriculación, los foros, modelos, horarios etc. a la demanda que hay en la sociedad. 8. Apostar por y fortalecer los centros comunitarios de barrios que ofrece un espacio accesible y gratuito para las familias con pocos recursos y un espacio de encuentro para interrelación en el barrio. 9. Aumentar el tejido social y asociativo en los barrios para desarrollar las redes de apoyo y proyectos de integración para la población migrada y racializada. 10. Competir con la brecha digital ofreciendo herramientas, recursos y formaciones a las personas necesitadas y también siempre teniendo un acceso presencial a los recursos, servicios o cualquier oficina de instituciones. SOS Racismo Navarra/Nafarroako SOS Arrazakeria 27 de octubre de 2021
Adjuntos: