Fomento del cultivo de patata para semilla certificada

Ayudas para el fomento del cultivo de patata para semilla certificada

Memoria justificativa.

PROYECTO DE ORDEN FORAL DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS POR LAS QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL FOMENTO DEL CULTIVO DE PATATA PARA LA PRODUCCIÓN DE SEMILLA CERTIFICADA  
JUSTIFICACION DE LA PROPUESTA.
Navarra ostenta, en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, según se establece en el artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA).
El empleo de semilla certificada es una práctica cada vez más generalizada debido a las exigencias de rentabilidad de la agricultura. Así, al empleo de un material homogéneo y de calidad comercial y sanitaria, se añade la necesidad de producir en condiciones de bajos niveles en consumo de insumos. En la Comunidad Foral de Navarra los principales sectores tienen garantizado el suministro de material de propagación, lo que se debe en gran medida a la organización de los mercados. El sector de la patata no dispone de OCM, por lo que los precios de cosecha están sujetos a oscilaciones que a la postre determinan una baja rentabilidad. Esto repercute en la inversión en semillas, lo que a su vez determina que los productores de estas obtengan una rentabilidad más escasa. Acabar con esta dinámica permitirá a las empresas y a las explotaciones disponer de semillas que contribuyan al fomento de empresas seleccionadoras y el uso de semilla certificada.
 
Las áreas de montaña constituyen un espacio de vital importancia para los países, desde multitud de puntos de vista, pese a su aparente improductividad si se comparan con otros espacios de una región. Son claves en el suministro de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la producción de madera, y otros recursos. Su población además es depositaria de tradiciones y elementos culturales únicos, que vertebran la región en la que se encuentran.
 
No obstante, las desventajas que presentan para el asentamiento humano, como la pendiente, disponibilidad de suelo y tierra, climatología hostil y difíciles accesos hace necesaria la instauración de apoyos para mantener una población que es imprescindible para que estas zonas mantengan todos los servicios que ofrecen a la sociedad.
 
La despoblación que se constata desde hace muchas décadas hace cada vez más difícil la iniciativa económica necesaria para mantener población, constituyéndose un círculo generador de más despoblación.
 
En estas circunstancias se desarrolla el cultivo de la patata para semilla certificada, única en todo el Pirineo, como un cultivo que ha sabido aprovechar las limitaciones climáticas en su beneficio, proporcionando semillas de calidad sanitaria reconocida. No obstante, la globalización de los mercados y la falta de regulación mediante una Organización Común de Mercado (OCM) pone nuevamente en desventaja esta actividad, debido a la pequeña superficie que representa en el conjunto, que debe competir con producciones muy superiores en cantidad, que aprovechan las ventajas de una economía de escala, la cercanía de servicios y tecnología y el acceso a los clientes y consumidores.
 
Lo descrito evidencia la necesidad de apoyar esta actividad, con el objetivo socioeconómico de mantener población y actividad económica en la zona, lo que además contribuirá a un equilibrio territorial al incidir en una zona muy despoblada.
 
La producción de patata para semilla, como el resto de materiales de reproducción de vegetales cultivados, está regulada de manera que se garantice a los consumidores un producto homogéneo, sano, y altamente productivo. El reglamento técnico de producción de patata de siembra establece los requerimientos para su producción, que en las zonas de montaña solo pueden ser abordados desde estructuras asociativas o con la concurrencia de recursos privados, que normalmente buscan otras áreas más rentables económicamente. Los imprescindibles requerimientos de labores de superficie mínima, obtención y análisis del material inicial, disposición de parcelas aptas, su multiplicación en campo, la obtención de lotes que cumplen y demuestran las condiciones sanitarias y de calidad, y la superación de controles oficiales, son abordadas normalmente por agrupaciones de agricultores, que además abordan la logística y la comercialización del producto. Esto se ha materializado en la existencia de entidades con la categoría de productor seleccionador, que son las más capaces de afrontar la actividad, aportando volumen y vocación de permanencia.
 
No obstante, la volatilidad de los precios obtenidos por estas semillas, que carecen de regulación OCM, enfrenta frecuentemente a estas entidades a una situación de falta de recursos económicos que garanticen su actividad. Esto genera un continuo desgaste de la cantidad de hectáreas destinadas al cultivo, y a una espiral de falta de viabilidad económica de las entidades, que aboca a su desaparición y la de la actividad agraria asociada.
 
Visto el Reglamento (CE) nº 1184/2006, del Consejo de 24 de julio, sobre aplicación de determinadas normas sobre la competencia a la producción y al comercio de productos agrícolas, y considerando a la patata un producto de anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea no sujeto a una Organización Común de Mercado.
 
Por otra parte, la Ley Foral 11/2012, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, en su artículo 13, indica que la Administración Pública, en el ámbito de sus competencias, debe poner, con carácter general, a disposición de la ciudadanía, de forma accesible, clara, objetiva y actualizada un listado de información activa que, en su mayor parte, tiene carácter general y se puede encontrar en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra.
En el apartado i) del citado artículo 13 se indica la obligación de publicar la relación de los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación. En cumplimiento de dicho precepto, el inicio de la elaboración de esta Orden Foral que se propone se publica en la presente página Web para la posibilitar la participación ciudadana mediante la presentación de sugerencias desde el día 22 de noviembre de 2014 al 1 de diciembre de 2014, en las que los ciudadanos y ciudadanas tendrán derecho a expresar observaciones y opiniones.
Las alegaciones recibidas en el periodo de sugerencias serán debidamente tenidas en cuenta al adoptar decisiones. Una vez examinadas las observaciones y opiniones expresadas por los ciudadanos y ciudadanas, se informará de las decisiones adoptadas y sobre la asunción o motivo de rechazo de las sugerencias o recomendaciones recibidas en un informe final que se publicará en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet.
A propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, dentro del marco establecido por la normativa mencionada anteriormente, en atención a motivos sociales, culturales y ambientales, se considera necesario por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establecer un régimen de ayudas que regule el apoyo a las entidades productoras seleccionadoras, como garantes del mantenimiento de la actividad, siempre que consigan un mínimo de actividad, y lo requieran cuando esta provoca pérdidas económicas.
Por todo ello, resulta necesaria la publicación del presente proyecto de Orden Foral y la apertura del correspondiente periodo de sugerencias.
 
EL DIRECTOR DEL SERVICIO DE AGRICULTURA
Rubén Palacios Goñi
 
SR. D. JOSE JAVIER ESPARZA ABAURREA.
CONSEJERO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ADMINISTRACION LOCAL.