Propuesta DF empresas de inserción laboral - Memoria justificativa

PROYECTO DE DECRETO FORAL POR EL QUE SE SE REGULA EL RÉGIMEN DE CALIFICACIÓN, REGISTRO  Y AYUDAS DE LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE NAVARRA.
 
 
MEMORIA JUSTIFICATIVA
 
 
 
            Con el fin de desarrollar el I Plan de Lucha contra la Exclusión Social en Navarra del año 1998, en 1999 el Gobierno de Navarra aprobó el Decreto Foral 130/1999, de 26 de abril, regulador de las ayudas económicas para el desarrollo de los programas de incorporación socio-laboral destinados a personas en situación de exclusión social. Este Decreto Foral contenía diversas ayudas económicas, regulando la figura de los Centros de Inserción Sociolaboral, centros que tienen por objeto la incorporación socio-laboral de las personas en situación de exclusión social mediante procesos personalizados y asistidos de formación y trabajo.
 
Por su parte, el Estado, mediante la Ley  44/2007, de 13 de diciembre, estableció un marco legal común para las empresas de inserción, como una tipología especial dentro de las empresas de carácter social, y dirigidas a la inclusión sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social para su posterior colocación en empresas ordinarias o en proyectos de autoempleo.
 
El establecimiento de este marco legal común, al que había que adaptarse, y la  nueva situación económica, que requería de una revisión de las ayudas económicas existentes, hicieron que se tomara la decisión de derogar el Decreto Foral 130/1999, circunstancia que se produjo el día 31 de diciembre de 2012. Para continuar el apoyo a los Centros de Inserción Sociolaboral, en tanto se tramitaba y aprobaba un nuevo Decreto Foral adaptado a la situación legal y económica actual, mediante Resolución 573/2013, de 11 de abril, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones a los Centros de Inserción Sociolaboral, que continúan vigentes en la actualidad.
 
Durante estos quince años de vigencia los Centros de Inserción Sociolaboral han resultado un valioso instrumento para lograr la incorporación al mercado de trabajo de muchas personas con especiales dificultades para el acceso al empleo, proporcionando a las mismas formación y trabajo efectivo para la adquisición de hábitos sociales y laborales. Así, cada año han pasado, por los 11 Centros de Inserción Sociolaboral que existen en Navarra, entre 250 y 300 personas en proceso de incorporación social, que han conseguido en muchos casos después contratos de trabajo en la empresa ordinaria.
 
 
Por ello, se hace necesario seguir fomentando estos Centros, aprobando una nueva regulación que se adapte al nuevo marco legal común, transformando los citados Centros en Empresas de Inserción Sociolaboral, y adaptando sus características a nuestra actual realidad social y económica.
 
Por ello, el nuevo Decreto Foral en su Capítulo I (Disposiciones Generales) establece, de acuerdo con el marco legal común, su objeto y ámbito de aplicación, el concepto de Empresa de Inserción Sociolaboral, los requisitos que éstas deben tener, las entidades que pueden promoverlas y, de forma específica, los requisitos de las personas trabajadoras de las mismas
 
 Por su parte, el Capítulo II establece, también de acuerdo con el marco común, el procedimiento y efectos de su calificación y registro, así como el procedimiento de descalificación para aquellos casos en que las Empresas de Inserción Sociolaboral dejen de cumplir los requisitos que llevaron a su calificación o cuando lleven más de un año de inactividad continuada.
 
En el tercer capítulo se regulan las ayudas que el Gobierno de Navarra establece para la las Empresas de Inserción Sociolaboral, disponiendo, en este caso, los requisitos necesarios para su percepción y la regulación mínima de estas ayudas, que deberán desarrollarse mediante las oportunas bases reguladoras.
 
Se regulan, al efecto, cuatro tipos de ayudas:
 

  1. Subvención por salarios.
  2. Subvención por cuotas empresariales de la Seguridad Social
  3. Subvenciones por asistencia técnica y
  4. Subvenciones por inversiones.

 
Es importante destacar que el Decreto Foral incide en la consideración de estas empresas como “empresas de paso”, en las que personas con dificultades para el acceso al mercado de trabajo se forman y aprenden una profesión, debiendo las empresas de inserción poner todos los medios para lograr su inserción posterior en las empresas ordinarias. Para ello se presta especial atención a las funciones que debe tener el personal técnico de apoyo y al número de técnicos que debe haber en función del número de trabajadores, a los Acuerdos de Incorporación Sociolaboral que deben aprobarse para todos los trabajadores y a las obligaciones de inserción sociolaboral. Siendo conscientes de que finalmente las inserciones no dependen de las Empresas de Inserción sino de las empresas que vayan a contratar después a estas personas, también es cierto que la inserción se puede y se debe trabajar, por lo que se establecen obligaciones en este sentido.
 
Merece asimismo especial mención su régimen transitorio, que pretende posibilitar a los actuales Centros de Inserción Sociolaboral su conversión en Empresas de Inserción Sociolaboral, siempre evidentemente que cumplan los requisitos marcados en este Decreto Foral y el mantenimiento, en tanto no existan unas nuevas bases reguladoras, del régimen de ayudas.
 
Para llegar a este proyecto de Decreto Foral se han realizado 3 borradores distintos, con fechas 18 de julio de 2013, 2 de septiembre de 2013 y 5 de mayo de 2014, habiéndolo sometido a un amplio proceso de participación con la Asociación de Centros de Inserción Sociolaboral de Navarra, que agrupa a los 11 Centros que existen en nuestra Comunidad. De hecho, se han mantenido 5 reuniones con la Asociación en este periodo, habiendo presentado la asociación aportaciones en 3 ocasiones.
 
 
 
            Pamplona,  agosto de 2014.