Comisión de Evaluación Documental

Departamento:
Departamento de Cultura, Deporte y Turismo
Vigente:
Órgano de Participación:
No
Composición:
  • El titular de la Dirección General competente en materia de archivos, que actuará como Presidente.
  • El Director del Servicio de Archivos y Patrimonio Documental, que actuará como Vicepresidente, sustituyendo al Presidente en caso de ausencia.
  • Ocho Vocales permanentes:
    • - El Jefe de la Sección que tenga encomendada la gestión del Archivo Administrativo del Gobierno de Navarra, que actuará como Secretario.
    • - Un técnico superior en archivos del Sistema Archivístico de Navarra designado por el Consejero competente en materia de archivos Un responsable del área de acción legislativa y coordinación o persona en quien delegue, designados por el Consejero del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
    • - El Presidente de la Asociación de Archiveros de Navarra o persona en quien delegue.
    • - Dos profesores de los cuerpos docentes universitarios, especialistas en Historia Contemporánea o Historia del Derecho, propuestos por el Consejo Navarro de Cultura, que propondrá también sus sustitutos.
    • - Un Técnico de Administración Pública (rama jurídica) o similar y el responsable de la gestión de documentación, nombrados ambos por el titular del Departamento, institución, organismo autónomo, sociedad pública o entidad responsable de la documentación objeto de evaluación en cada sesión, quien además deberá designar a sus sustitutos.
Funciones:
  1. Elevar al titular de la Dirección General competente en materia de archivos propuestas relativas a las siguientes materias:
  2. Determinación de los criterios de evaluación de series documentales para la eliminación o conservación permanente y el acceso a los documentos de archivo.
  3. Emisión de acuerdos de carácter general relativos a los plazos de conservación o eliminación y acceso para aquellas series comunes a todas las Administraciones Públicas de Navarra.
  4. Establecimiento, para la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de las etapas de actividad, semiactividad e inactividad de la documentación que produce.
  5. Fijación para la Administración de la Comunidad Foral de Navarra de los plazos de acceso a los documentos.
  6. Identificación de los documentos esenciales de la Administración de la Comunidad Foral, que deberán formar parte de un programa de protección, incluido en un plan de prevención de emergencias y desastres.
  7. Establecer acuerdos relativos a los plazos de conservación, eliminación y acceso aplicables a las Administraciones Públicas que carezcan de comisión de evaluación propia, de acuerdo con la legislación vigente.
  8. Supervisar la emisión de los calendarios de conservación elaborados por las comisiones de evaluación de otros sistemas archivísticos institucionales de Navarra.
  9. Garantizar la conservación del Patrimonio Documental de Navarra y, en su caso, comunicar su destrucción al Departamento competente en materia de archivos, a los efectos oportunos.
  10. Informar sobre reclamaciones de las personas o entidades que consideren vulnerado su derecho de acceso a la documentación, así como su derecho a la intimidad.
Periodicidad:
Semestral
Fecha y Acta: