Acuerdos del Consejo de Transparencia de Navarra
INFORMACIÓN Y ACUERDOS DEL CONSEJO
En este apartado encontrará:
- • Información sobre el procedimiento para presentar la Reclamación del derecho de acceso ante el Consejo de Transparencia de Navarra.
- • Relación de los Acuerdos del Consejo de Transparencia de Navarra en materia de:
- - Derecho de acceso a información pública
- - Publicidad Activa
- - Incidentes de Ejecución de los acuerdos anteriores.
| Acuerdo | Descripción | Fecha | Admón. | Motivo | Sentido |
|---|---|---|---|---|---|
| AP 02/2025 | Portal de Transparencia no operativo |
Local | Estimada | ||
| IE 13/2025 | IE 10/2025 vs AR 07/2025 |
Local | Incumplimiento | Poner fin al incidente | |
| IE 12/2025 | IE 09/2025 vs AR 52/2025 |
Local | Disconformidad | Poner fin al incidente | |
| IE 11/2025 | IE 08/2025 vs AR 35/2025 |
Local | Cumplimiento parcial | Estimada | |
| AR 102/2025 | Las solicitudes de información pública fueron atentidas en plazo y se ha facilitado la documentación requerida de que se dispone |
Local | Silencio | Desestimada | |
| AR 101/2025 | Expediente de contratación, infomación que si obra es pública. No se aprecian causas de inadmisión ni la concurrencia de límites. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 100/2025 | Expediente relacionada con parque eólico. Estimación formal. Información entregada durante la tramitación de la reclamación. Derecho a acceder a la información enel plazo legalmente establecido. |
Foral | Silencio | Estimada | |
| AR 99/2025 | Información pública que obra en poder de la Administración, no apreciándose causas de inadmisión o concurrencia de límites. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 98/2025 | Reclamación extemporánea. |
Foral | Silencio | Inadmitida | |
| AR 97/2025 | Criterios de valoración en prueba selñectiva. Estimación formal. Información entregada durante la tramitación de la reclamación. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 96/2025 | La información es pública y no se aprecia la concurrencia de las causas de inadmisión alegadas por la entidad local. No puede tildarse de abusiva ni se considera que exista reelaboración en la mera agregación o suma de datos |
Local | Inadmisión | Estimada | |
| AR 95/2025 | La información es pública, obra en poder de la administración y no se aprecian causas de inadmisión o existencia de límites |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 94/2025 | Gestión colonia felina. No cabe duda de la naturaleza pública de la información solicitada que, si existe y obra en poder del ayuntamiento, aunque sea de manera indirecta, deberá el Ayuntamiento proceder a dar acceso al ahora reclamante. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 93/2025 | Gestión colonia felina. No cabe duda de la naturaleza pública de la información solicitada que, si existe y obra en poder del ayuntamiento, aunque sea de manera indirecta, deberá el Ayuntamiento proceder a dar acceso al ahora reclamante. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 92/2025 | Gestión colonia felina. No cabe duda de la naturaleza pública de la información solicitada que, si existe y obra en poder del ayuntamiento, aunque sea de manera indirecta, deberá el Ayuntamiento proceder a dar acceso al ahora reclamante. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 91/2025 | Información urbanística. Debe darse acceso a la información pendiente de entrega o, en su caso, informar de su inexistencia. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 90/2025 | Estimación formal. Información entregada durante la tramitación de la reclamación |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 89/2025 | Existiendo la información solicitada se debió poner a disposición en tiempo y forma |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 88/2025 | Acceso prueba proceso selectivo. Estimación formal. Información entregada durante la tramitación de la reclamación |
Foral | Silencio | Estimada | |
| AR 87/2025 | Acceso prueba proceso selectivo. Estimación formal. Información entregada durante la tramitación de la reclamación |
Otros | Silencio | Estimada | |
| AR 86/2025 | Estimación formal. Información entregada durante la tramitación de la reclamación |
Local | Estimación parcial | Estimada | |
| AR 84/2025 | Gestión colonia felina. No cabe duda de la naturaleza pública de la información solicitada que, si existe y obra en poder del ayuntamiento, aunque sea de manera indirecta, deberá el Ayuntamiento proceder a dar acceso al ahora reclamante. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 83/2025 | Gestión colonia felina. No cabe duda de la naturaleza pública de la información solicitada que, si existe y obra en poder del ayuntamiento, aunque sea de manera indirecta, deberá el Ayuntamiento proceder a dar acceso al ahora reclamante. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 82/2025 | Gestión colonia felina. El hecho de que la gestión de una competencia municipal haya recaído en un tercero particular no conlleva la pérdida de la naturaleza pública de la información solicitada.Derecho a acceder al nivel de desagregación que la Entidad disponga. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 81/2025 | Gestión colonia felina. El hecho de que la gestión de una competencia municipal haya recaído en un tercero particular no conlleva la pérdida de la naturaleza pública de la información solicitada. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 80/2025 | Datos gestión colonias de gatos.Derecho a acceder al nivel de desagregación que la Entidad disponga. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 79/2025 | No resulta abusiva o repetitiva, por el simple hecho de que idéntica solicitud se haya presentado a otras y distintas corporaciones.El hecho de que la gestión de una competencia municipal haya recaído en un tercero particular no conlleva la pérdida de la naturaleza pública de la información solicitada. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 78/2025 | Derecho a acceder al informe solicitado |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 77/2025 | Datos gestión colonias de gatos.Derecho a acceder al nivel de desagregación que la Entidad disponga. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 76/2025 | Datos gestión colonias de gatos.Derecho a acceder al nivel de desagregación que la Entidad disponga. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 75/2025 | El Ayuntamiento ya dio acceso a la información existente. La existencia de la información es presupuesto previo al derecho de acceso a la información pública que ésta exista. |
Local | Disconformidad | Desestimada | |
| AR 74/2025 | El hecho de que la gestión de una competencia municipal haya recaído en un tercero particular no conlleva la pérdida de la naturaleza pública de la información solicitada. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 73/2025 | Datos gestión colonias de gatos.Derecho a acceder al nivel de desagregación que la Entidad disponga. |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 72/2025 | Información urbanística. Estimación formal. Documentación facilitada durante la tramitación de la reclamación. |
Foral | Silencio | Estimada | |
| AR 71/2025 | La información urbanística. No se aprecian causas de inadmisión ni concurrencia de límites |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 70/2025 | Derecho del reclamante a acceder a la propuesta de resolución solicitada sin que se aprecien causas que impidan o limiten su acceso. |
Local | Silencio | Estimada parcialmente | |
| AR 69/2025 | La información es pública, la entidad local no remitió informe al Consejo y no se aprecian causas de inadmisión o existencia de límites |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 68/2025 | La documentación solicitada en su condición de concejal debe ser facilitada en el plazo establecido, siendo entregada durante la tramitación de la reclamación. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 67/2025 | Acceso a diversos expedientes por Concejal en el ejercicio de sus funciones |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 66/2025 | Información generada en el ejercicio de la actividad pública. No se aprecian causas de inadmisión ni concurrencia de límites |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 65/2025 | Si los datos no se tienen con el nivel de desagregación que se solicitó, se deberán proporcionar conforme a la estructura en los que se disponga |
Local | Disconformidad | Estimada | |
| AR 64/2025 | Las causas de inamisión deben ser aplicadas de forma restrictiva y estar suficientemente motivadas |
Local | Inadmisión | Estimada | |
| AR 63/2025 | Los datos solicitados pueden ser extraidos de la aplicación informática utilizada |
Otros | Desestimación | Estimada | |
| AR 62/2025 | Carácter pública de la información solicitada-autorización relativa a unas pistas de pádel- No se aprecian causas de inadmisión ni concurrencia de límites aplicables. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 61/2025 | Falta de derivación al órgano competente y comunicación al solicitante |
Foral | Silencio | Estimada | |
| AR 60/2025 | Solicitud reiterativa de información ya concedida con acceso ya efectivo. |
Foral | Silencio | Desestimada | |
| AR 59/2025 | Derecho al acceso en plazo. |
Foral | Estimación parcial | Estimada | |
| AR 58/2025 | Derecho de acceso del Concejal en desarrollo de sus funciones. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 57/2025 | Derecho de acceso del Concejal en desarrollo de sus funciones. |
Local | Silencio | Estimada | |
| AR 56/2025 | Derecho al acceso en plazo. |
Local | Silencio | Estimada |
PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR ANTE EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA DE NAVARRA
- Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia de Navarra, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.
- Las reclamaciones se dirigirán al Consejo de Transparencia de Navarra.
- La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
-La tramitación de la reclamación se ajustará a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros, se otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga.
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.
Las resoluciones del Consejo de Transparencia de Navarra se publicarán, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran, por medios electrónicos y en los términos en que se establezca reglamentariamente, una vez se hayan notificado a los interesados.
Los actos dictados por el Consejo de Transparencia de Navarra serán impugnables en vía contencioso-administrativa.
PRESENTACIÓN:
- Identificación
En la solicitud hará constar su documento de identificación (DNI, NIE, NIF, Pasaporte,…). En caso de que actúe en nombre y representación de personas jurídicas, podrá exigirse la aportación de los estatutos o títulos constitutivos válidos de dicha persona jurídica, así como una escritura de representación, apoderamiento o documento equivalente.
- Documentación
En caso de existir resolución expresa, la reclamación debe incorporar, necesariamente, una copia de la misma.
Adicionalmente, se podrán aportar todas las alegaciones o documentos que se estimen convenientes.
- Plazo de presentación
El plazo de presentación de la reclamación es:
-en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
- Dónde y cómo presentar su reclamación
De forma presencial: presentando su solicitud en cualquier oficina de registro de la Administración de la Comunidad Foral o del Estado.
A través del registro general electrónico: disponible en el siguiente enlace https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Registro-General-Electronico?pageBackId=4458374 para lo cual la solicitud deberá dirigirse al Consejo de Transparencia de Navarra.
De igual modo, podrá presentarla en las oficinas de Correos y en el resto de lugares a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

