Consejo de las Policías de Navarra
Departamento:
Departamento de Interior, Función Pública y Justicia
Vigente:
Sí
Órgano de Participación:
No
Composición:
- Presidente/a: la persona titular del departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de Interior.
- Vocales
- - 6 de las Administraciones Públicas de Navarra: 3 de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (incluido el Consejero competente), y 3 de las Entidades Locales, procediendo 1 del Ayuntamiento de Pamplona y 2 de otras entidades locales de Navarra que cuenten con Policía Local, propuestos estos últimos por la FNMC.
- - 6 de las Policías de Navarra: 3 de la Policía Foral de Navarra y los 3 restantes de las Policías Locales, procediendo 1 de la Policía Municipal de Pamplona y los otros 2 a las demás Policías Locales, propuestos estos dos últimos por la Comisión de Coordinación de Policías Locales.
- Será Secretario/a del Consejo de las Policías de Navarra un funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a quien se haya exigido el título de Licenciado en Derecho para acceder a su puesto de trabajo.
Funciones:
- Asesorar a las entidades titulares de las Policías de Navarra en materia técnico-policial, así como en la mejora de la prestación del servicio policial.
- Asesorar sobre nuevas fórmulas de gestión del servicio policial, así como en el establecimiento de las condiciones técnicas y organizativas de dicho servicio.
- Asesorar sobre el desarrollo del sistema de seguridad pública de Navarra en materia policial.
- Asesorar en materia de formación policial.
- Proponer a las Administraciones Públicas de Navarra fórmulas de cooperación policial.
- Informar los proyectos normativos que le sean sometidos.
- Evacuar consultas en materias relativas al estatuto profesional.
- Cualesquiera otras funciones que le atribuyan las leyes y las disposiciones reglamentarias.
Periodicidad:
Anual
Fecha y Acta: