Plan Lingüístico (2020-2022) - Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial

El Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, regula el uso del euskera en las administraciones públicas de Navarra, en sus organismos públicos y en las entidades de derecho público dependientes. El artículo 6, Planificación lingüística, determina que los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra elaborarán sus respectivos planes lingüísticos con la coordinación de Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera. 

 

La reestructuración departamental del Gobierno de Navarra ha obligado a revisar la planificación lingüística para adecuarlos a su nueva definición, estructura, ámbito competencial, funciones y nueva o nuevo titular del Departamento, aunque manteniendo la estructura básica de los anteriores planes. Por ello, el Plan Lingüístico del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, aprobado por Orden Foral 23/2020, de 30 de junio, recoge las acciones que se desarrollarán en los ejercicios de 2020, 2021 y 2022, por lo que deja sin efecto lo establecido en el anterior plan lingüístico.  

Se ha elaborado un Plan Lingüístico que posibilite la ejecución de las acciones a desarrollar dentro de dicho período, con el objetivo esencial de propiciar que se pueda atender a la ciudadanía en las dos lenguas propias de Navarra, en un proceso de planificación a medio y largo plazo, de modo que dicho objetivo se irá cumpliendo progresivamente mediante sucesivos planes. Por ello, se ha priorizado la realización de acciones concretas que sean realizables y que obedezcan a la realidad sociolingüística, al marco legal y a la concreción de unidades que preferentemente atienden a la ciudadanía euskaldun. 

Objetivos:

  1. Establecer la preceptividad lingüística necesaria en las unidades orgánicas prioritarias
  2. Ofrecer formación en euskera al personal del Departamento asignado a las unidades orgánicas prioritarias
  3. Adoptar las medidas necesarias para que las personas que así lo soliciten puedan ser atendidas en euskera
  4. Ofrecer a la ciudadanía información escrita bilingüe (digital y en papel)
  5. Rotulación y elementos de información bilingüe de los espacios físicos donde se atienda a la ciudadanía (oficinas, puntos de atención…): paisaje lingüístico
  6. Establecer criterios lingüísticos en la adjudicación de servicios públicos

La Orden Foral 81/2021, de 20 de septiembre, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial modifica la Orden Foral 23/2020, de 30 de junio, del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial que aprobaba el Plan Lingüístico 2020-2022 del Departamento

Ficha

Legislatura: 
2019-2023
Departamento: 
Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
Tipo: 
Plan
Fecha ultima actualizacion: 
Viernes, 24 Septiembre, 2021