Aportaciones de Egiari Zor Fundazioa al BORRADOR DEL 1ER PLAN ESTRATÉGICO DE CONVIVENCIA DE NAVARRA 2021-2024

Proceso de participación: 
I Plan Estratégico de Convivencia de Navarra
Ámbito: 
Derechos de las víctimas
Texto: 

> Aportación general:

A nivel terminológico, en el plan se hace mención en diversas ocasiones a los “derechos de las víctimas del terrorismo y de la violencia política”.

Consideramos que en un plan de estas características, que pretende superar la discriminación entre víctimas, dotando de herramientas y derechos a aquellas que hoy en día carecen de las mismas, sería más apropiado utilizar una terminología más inclusiva evitando menciones específicas a “unos y otros”.

Para ello, proponemos la siguiente denominación: derechos de las víctimas de vulneraciones de derechos humanos en un contexto de violencia de motivación política.

> Aportaciones a los objetivos específicos y acciones:

- OE 1.1. Fomentar iniciativas institucionales, sociales y económicas que supongan el desarrollo de un compromiso con los Derechos Humanos:

Además de las acciones concretas recogidas, proponemos añadir la siguiente:

Formalización de convenios con familiares de víctimas de la desaparición forzosa de la Comunidad Foral de Navarra, para ofrecer a los mismos apoyo económico, jurídico, médico-asistencial para que puedan llevar a cabo la resolución efectiva de los casos, y los procesos personales de reparación.

- OE 3.5. Impulsar la aplicación de los derechos de las víctimas de violencia cometida por funcionarios del Estado

Además de las acciones concretas recogidas, proponemos añadir las siguientes:

Fomentar la elaboración en el Parlamento de Navarra de una nueva Ley para el reconocimiento oficial y reparación a tipologías de victimación generadas por omisión del Estado en la responsabilidad de garantizar la salvaguarda de los derechos humanos de la ciudadanía. En concreto, victimaciones que han sido consecuencia directa de la aplicación de leyes, medidas o decisiones políticas concretas, al amparo de la lucha anti terrorista, como por ejemplo: las personas que han perdido la vida debido a la política de dispersión y alejamiento aplicada en el contexto de excepcionalidad penitenciaria; o las personas que han perdido la vida en situación de deportación o prisión al no haberse garantizado el derecho a la salud ni a la debida atención socio-sanitaria estando bajo custodia del Estado.

Impulsar desde el Gobierno de Navarra solicitudes oficiales para la retirada de condecoraciones y/o recompensas económicas a militares y miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado condenados como responsables de vulnerar derechos humanos.

- OE 3.6. Favorecer el reconocimiento social e institucional de las víctimas del terrorismo y de la violencia política

Además de las acciones concretas recogidas, proponemos añadir la siguiente:

Organización de un acto de reconocimiento oficial de las víctimas de la tortura por parte del Gobierno de Navarra, que irá acompañado de la adopción de otras medidas concretas que sirvan para el reconocimiento oficial y la reparación de los mismos.

- OE 4.1. Fomentar la investigación histórica y sociológica en torno a las diferentes dimensiones, causas y consecuencias del terrorismo y de la violencia política y que han tenido lugar en Navarra

Además de las acciones concretas recogidas, proponemos añadir la siguiente:

Elaboración de forma compartida con agentes sociales que trabajan en la materia del “Mapa completo de las vulneraciones de derechos humanos y del sufrimiento en Navarra”. Este mapa deberá tratar de determinar de forma precisa los resultados de las expresiones violentas que han tenido lugar en el contexto del continuum violento que ha vivido nuestro pueblo hasta nuestros días, y por lo tanto, deberá tratar de recoger la mayor cantidad de experiencias y sucesos. Sobre este mapa global podrán trabajarse iniciativas de cara al futuro en la lógica de construir una memoria inclusiva que, sin pretender justificar los hechos, los exponga; que sin legitimar nada, explique las causas, las circunstancias y las consecuencias. La memoria es el mecanismo imprescindible para garantizar la no repetición.

Proponemos completar las investigaciones propuestas en la (A63) Acción 4.1.5. con las siguientes:

Investigación sobre los efectos que la prisionización prolongada genera o puede generar en la salud física y psíquica de las personas, muchas de ellas sometidas a regímenes de aislamiento y primer grado de clasificación penitenciaria.
Investigación para poner luz sobre casos que requieren de mayor investigación en orden de establecer si se tratan de vulneraciones del derecho a la vida, ya que en torno a algunos casos existen dudas razonables que cuestionan la versión oficial emitida sobre lo sucedido, y en otros, simplemente, no hubo una investigación policial efectiva o tuvieron un escaso recorrido judicial.
Investigación sobre los efectos que la tortura genera o puede generar en la salud física y psíquica de las personas.
Investigación sobre los casos de fallecimiento bajo custodia policial como consecuencia de las lesiones sufridas durante la detención, para que estas puedan ser explícitamente reconocidas como víctimas mortales de la tortura.
Investigación sobre las razones de género en las torturas sufridas por mujeres que han significado un agravante de vulneración; y han convertido las torturas, además, en una forma más de violencia machista que las mujeres torturadas han padecido de forma específica. La opresión y formas de exclusión de motivación política que las mujeres han sufrido en el contexto de violencia de motivación política están estrechamente relacionadas con el sistema heteropatriarcal. No pueden comprenderse las violencias sufridas por personas de este colectivo en este contexto, dejando a un lado las razones de género que las han agravado.
Puesta en marcha de un observatorio independiente de protección y garantía de cumplimiento en materia de DDHH en los centros de detención, compuesto por técnicos y sociedad civil, siguiendo la recomendación recogida en el “Proyecto de investigación de la tortura y malos tratos en la Comunidad Foral de Navarra entre 1960 y 1978”, o como vienen recomendando organismos referenciales como Amnistía Internacional, el CPT o el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Tortura ya desde el año 1984 en los informes elaborados tras visitar el Estado español.