Retenciones trabajador/Pensiones ex-cónyuge

Proceso de participación: 
Reforma Tributaria - Lucha contra el fraude fiscal
Ámbito: 
Reforma Tributaria
Texto: 

Para el cálculo de la retención aplicable al trabajador, hay que descontar de los ingresos previstos el importe que paga a su ex-cónyuge, cuando así venga recogido en sentencia judicial (art. 71. Tres.3). Solicitamos que para aplicar este descuento no sea necesario que el trabajador presente testimonio literal de la resolución judicial al empleador, puesto que entendemos que estas sentencias son algo privado.

Entendemos que con que se comunique la existencia de esa sentencia y su cuantía, debería ser suficiente para que se le aplicase el descuento (en el resto de "descuentos" es suficiente con la comunicación del trabajdor, y creemos que aquí debería ser igual).