OF programa prevención cáncer de mama - Anexo

ANEXO
DENOMINACIÓN DEL FICHERO: REGISTRO DE DETECCIÓN PRECOZ DE CÁNCER COLORRECTAL DE NAVARRA (COLONIS).
a) Finalidad y usos previstos.
 
Gestión de la realización de todos los procesos y actividades del Programa de Detección Precoz del Cáncer Colorrectal en Navarra así como la evaluación de sus resultados incluyendo:
 
- Identificación de la población objetivo.
- Identificación de las personas excluidas.
- Identificación de la población elegible.
- Envío de invitaciones y pruebas de cribado de forma personalizada.
- Seguimiento del proceso de cribado y confirmación diagnóstica así como de la aplicación de tratamientos necesarios.
- Seguimiento de las personas con lesiones de riesgo.
- Evaluación del proceso.
- Evaluación de resultados.
 
b) Personas o colectivos afectados:
 
Personas incluidas como población objetivo en el Programa de Detección Precoz de Cáncer Colorrectal en Navarra.
 
c) Procedimiento de recogida de datos:

Los datos serán obtenidos de las bases de datos administrativas y clínicas relacionadas con el proceso y de los aportados por las personas incluidas en el Programa.
 
d) Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.
 
Datos de carácter identificativo:
- DNI/NIF/NIE.
-Nombre y apellidos.
-Domicilio.
-Teléfono.
-Otros:
-Número historia clínica.
-Código de Identificación Personal (CIPNA)
 
Datos no identificativos:
- Sexo.
- Fecha de nacimiento.
- País, provincia y municipio de nacimiento.
- Código postal.
- CIAS
- Tipo de asistencia sanitaria.
-Fecha de defunción.
 
Otros Datos especialmente protegidos:
 
-Salud: exploraciones realizadas, resultados y tratamientos.
 
e) Cesión de datos de carácter personal
 
Se podrá intercambiar información con los sistemas de información sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a fin de asegurar el seguimiento de los pacientes y asegurar la calidad del proceso asistencial. Asimismo se podrán ceder datos a otras entidades con fines estadísticos o de investigación, previa la firma de un contrato de confidencialidad, que implicará, entre otras cosas, la anonimización de los datos a ceder, todo ello de acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
 
f) Unidad orgánica responsable del fichero.

Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
 
g) Unidad ante la que pueden ejercitarse derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda:

Podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Sección de Detección Precoz del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
 
h) Carácter automatizado o manual estructurado del fichero.

Automatizado.
 
i) Medidas de seguridad:

Se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes al nivel alto.