Proyecto de Orden Foral que establece las condiciones de realización de estudios observacionales con medicamentos de seguimiento prospectivo en centros y establecimientos sanitarios de titularidad pública

En esta norma se pretende que la obtención de datos a través de estudios observacionales con medicamentos de uso humano garantice, por un lado, la salvaguarda de los derechos e intereses legítimos afectados y, por otro, que la observación y el registro de los acontecimientos se practica sin intervención alguna en el curso natural de aquellos. Todo ello tomando en consideración aspectos metodológicos, éticos y legales, pero sin dificultar el desarrollo de los estudios, dado el indudable valor que tienen para el interés general.
 
La simplificación del procedimiento y la determinación de los requisitos para su realización constituyen, por lo tanto, objetivos fundamentales de la disposición que nos ocupa.

ORDEN FORAL 157E/2022, de 9 de mayo, de la consejera de Salud, por la que se establecen las condiciones para la realización de estudios observacionales con medicamentos de seguimiento prospectivo en los centros y establecimientos sanitarios adscritos al Departamento de Salud del Gobierno de Navarra.

FICHA

Departamento:
Departamento de Salud
Unidad responsable:
Servicio de asesoría e información del medicamento del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en colaboración con la Secretaría General Técnica
Tipo de propuesta:
Norma
Fase de la propuesta:
Finalización
Estado de la propuesta de gobierno:
Cerrada
Estado del proceso de participación:
Cerrado
Enlaces:
Orden foral inicio:
Orden Foral 178E/2021, de 17 de agosto, de la Consejera de Salud
Fecha actualización:

PERIODOS DE PARTICIPACION

Este proceso ha estado expuesto en fase de exposición pública del 29 de septiembre al 20 de octubre de 2021