A los efectos de lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por la citada concesión de explotación derivada.
Órgano competente para tramitar el procedimiento de expropiación: Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3.
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