Consejo de Gobierno del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Departamento:
Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo
Vigente:
Sí
Órgano de Participación:
No
Composición:
- En representación de la Administración (5 votos):
- Presidencia: La persona titular del Departamento que tenga atribuida la competencia en materia de Empleo.
- Vicepresidencia: La persona titular de la Dirección General del Departamento al que se atribuye la competencia de Empleo, designado por el Consejero correspondiente, que sustituirá al Consejero en caso de ausencia.
- - Vocal: La persona titular de la Dirección General que tenga atribuida la competencia en materia de Trabajo.
- - Vocal: La persona titular de la Dirección General que tenga atribuida la competencia en materia de Formación Profesional.
- - Vocal: La persona titular de la Dirección General que tenga atribuida la competencia en materia de Presupuestos.
- En representación de las organizaciones sindicales (5 votos):
- Tendrá 1 vocal cada organización sindical que acredite más de un 10% de representatividad en la Comunidad Foral de Navarra y que haya aceptado la invitación realizada al efecto por el Departamento que tenga atribuida la competencia en materia de Empleo.
- Podrán tener más vocales, hasta un tope de 5 en total, las organizaciones más representativas de las anteriores, en función de su representatividad.
- En representación de las organizaciones empresariales (5 votos)
- Cuatro vocales designados por la Confederación de Empresarios de Navarra (CEN)
- Un vocal designado por la Confederación de Entidades para la Economía Social de Navarra (CEPES).
Funciones:
- Aprobar las acciones, planes o programas que definan las políticas activas de empleo, definiendo sus contenidos, fijando sus prioridades, así como la orientación de los programas.
- Informar preceptivamente los presupuestos del organismo, que habrán de tener un carácter preferentemente plurianual.
- Controlar, supervisar y evaluar la gestión del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y su Dirección.
- Proponer a la Presidencia la modificación de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, a efectos de su aprobación por el Gobierno de Navarra, excepto en los casos en los que la modificación de los Estatutos afecte únicamente a la estructura orgánica del Organismo autónomo, en cuyo caso el Consejo de Gobierno deberá ser consultado
- Ser consultado en relación con el nombramiento de la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, así como en la modificación de los Estatutos cuando dicha modificación afecte únicamente a la estructura orgánica del Organismo autónomo.
- Delegar en la Presidencia la toma de decisiones en cuestiones de trámite o de urgencia.
- Administrar el patrimonio adscrito al Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
Periodicidad:
Se reunirá con carácter ordinario una vez cada dos meses y con carácter extraordinario cuando sea convocado por la Presidencia, por iniciativa propia o a propuesta de una de las partes que integran la representación tripartita.