VI Plan de control e inspección en materia de vivienda para los años 2019 y 2020

Los anteriores planes estaban compuestos por cuatro ejes estratégicos. El nuevo plan consta de seis ejes estratégicos. Los cuatro primeros ejes son los ya existentes en los planes anteriores:
 
EJE I.-   Promoción y edificación de viviendas.
EJE II.-  Adjudicación de vivienda protegida.
EJE III.- Transmisión y cesión de vivienda protegida.
EJE IV.- Destino y uso de vivienda protegida.
 
Sin embargo, dentro de los ejes ya existentes se incorporan nuevas líneas de actuación a consecuencia, fundamentalmente, de la reciente entrada en vigor de la nueva Ley Foral 28/2018, de 26 de diciembre, sobre el derecho subjetivo a la vivienda en Navarra. Dichas nuevas líneas de actuación son las siguientes:
 

  • Controlar la efectiva emisión del Informe de Evaluación de Edificios con resultado de apto o apto con deficiencias leves cuando el mismo sea exigible y el edificio sea propiedad de una única unidad familiar, persona física o jurídica, en el momento en el que se solicite la concesión o renovación de la cédula de habitabilidad.

 

  • Comprobar la efectiva solicitud de renovación de la cédula de habitabilidad caducada en el caso de viviendas sobre las que una persona jurídica ostente el pleno dominio, una participación mayoritaria sobre el mismo, o un derecho real de uso o disfrute.

 

  • Comprobar el número de renuncias a viviendas protegidas realizadas por los adjudicatarios a los efectos de iniciar el procedimiento de exclusión del censo de conformidad con el procedimiento establecido en el Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, que regula el Censo de solicitantes de vivienda protegida. 

 

  • Controlar que no se publicite el alquiler de las viviendas protegidas o de alguna de sus habitaciones para estancia turística ni que se destinen efectivamente a tal fin.

 
Además, de entre las novedades que introduce la mencionada ley foral, tienen especial relevancia las nuevas deducciones por arrendamiento y las viviendas deshabitadas. 
 
En cuanto a las deducciones, prevé las de arrendamiento para emancipación y las de arrendamiento para acceso a vivienda (los programas denominados “Emanzipa” y “David”). La primera está dirigida a facilitar el pago de la renta de alquiler de vivienda por parte de los jóvenes de entre 23 y 30 años. La segunda está dirigida a facilitar dicho pago a las unidades familiares de bajos ingresos. En ambos casos el abono se solicita de forma anticipada ante el Departamento competente en materia de vivienda, que procederá a la concesión y abono siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la ley.
 
 La concesión y pago de dichas deducciones se solicitan mediante la formulación de una declaración responsable del solicitante, lo que conlleva una necesaria labor de inspección sobre la veracidad de lo declarado.
 
Dicha labor de inspección, por tanto, hace oportuna la incorporación a este plan de un nuevo eje estratégico (Eje 5) titulado “Ayudas para el pago de la renta de alquiler por parte de los jóvenes y de las unidades familiares con bajos ingresos”.
 
Por otro lado, tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de febrero de 2018, se recuperó la vigencia de la práctica totalidad de la Ley Foral 24/2013, de 2 de julio, de medidas urgentes en materia de vivienda. Dicha Ley Foral modifica la Ley Foral 10/2010 para establecer el concepto de vivienda deshabitada, regular el procedimiento para su declaración y crear el Registro de Viviendas Deshabitadas de Navarra. La Ley Foral 28/2018 ha modificado varios de los artículos de la citada ley foral a los efectos de conseguir una mejor y más clara aplicación de la norma.
 
Por todo ello, la necesaria inspección de la existencia de viviendas deshabitadas hace preciso incorporar otro eje estratégico (Eje 6) al plan, titulado “Viviendas deshabitadas”.
 
En resumen, se mantienen los cuatro ejes existentes en planes anteriores incorporando en los mismos distintas novedades de la nueva ley foral, y se añaden dos nuevos ejes estratégicos referidos a las deducciones por arrendamiento y a las viviendas deshabitadas, en atención a la especial relevancia de ambos temas y a la especial labor de inspección que es necesario realizar en dichos ámbitos.

Ficha

Legislatura: 
2015-2019
Departamento: 
Departamento de Derechos Sociales
Unidad responsable: 
Sección de régimen jurídico de Vivienda
Tipo: 
Plan
Fecha ultima actualizacion: 
Viernes, 12 Abril, 2019