Normativa de referencia de la Atención Primaria:
​. Ley Foral 2/2013, de 14 de febrero, sobre atención sanitaria, continuada y urgente.
​. Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra. 
​. Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud de Navarra. 
​. Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, que aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
​. Decreto Foral 57/2015, de 12 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Salud.

 

Compromisos derivados del Acuerdo Programático del Gobierno de Navarra para la legislatura 2015-2019: 

​. Apostar claramente por la priorización de la Atención Primaria como eje del sistema sanitario.
​. Abordar la Reforma de la Atención Continuada y Urgente.
​. Revitalizar e impulsar los Consejos de Salud.
​. Impulsar la prevención y promoción de la salud, que oriente y racionalice las actuaciones del sistema sanitario.
​. Fortalecer las estructuras de desarrollo local.
​. Acometer la regulación y reorganización del servicio de Transporte sanitario. 

 

Según la 69ª Asamblea Mundial de la Salud, se insta a los estados miembros a:

​. Servicios de salud integrados y centrados en la persona, teniendo más en cuenta sus necesidades. 
​. Garantizar la cobertura sanitaria universal. 
​. Invertir en los sistemas de salud y fortalecer en particular la Atención Primaria de Salud.
​. Corresponsabilidad de las personas reconociendo al mismo tiempo sus derechos y responsabilidades respecto a su propia salud.
​. Coordinación de los servicios de salud.
​. Enfoque holístico y asignación de recursos equilibrada de los servicios de promoción de la salud, prevención, asistencia, rehabilitación y cuidados paliativos. 
​. Colaboración intersectorial para abordar los determinantes sociales más amplios de la salud.
​. Gestión del conocimiento con un enfoque integral para garantizar la seguridad, la calidad y la eficacia de los servicios de salud.

Otros documentos de referencia en materia de Salud: