Artículo 45. Exención requisito a organizaciones que declaran a PRTR

Proceso de participación:
Anteproyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética
Ámbito:
TÍTULO I Disposiciones generales. Objetivos y fines
Aportaciones:
Artículo 45.- Planes de reducción de energía y huella de carbono Al igual que para el apartado 44.2, proponemos eximir de la obligatoriedad de presentar planes no sólo a empresas que presenten auditorías energéticas, sino también a aquellas que notifican sus emisiones al registro nacional de emisiones E-PRTR.