Participación de las entidades locales en los ingresos tributarios de la Hacienda Pública de la Comunidad Foral

Uno de los recursos económicos con los que cuentan las entidades locales de Navarra para el ejercicio de sus competencias es la participación en los tributos de Navarra. 

En concreto, el artículo 123.1 y 2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, materializa la participación de las entidades locales en los ingresos tributarios de la Hacienda Pública de la Comunidad Foral mediante la dotación del Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de Navarra, el cual se estructura a través de un Fondo de Transferencias corrientes y de un Fondo de Transferencias de Capital y se complementa con una aportación anual en concepto de compensación por la pérdida de recaudación derivada de la reforma del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

A su vez, la distribución del Fondo de Transferencias de Capital se efectúa a través de los Planes de Inversiones Locales que constituyen el conjunto de inversiones encaminadas a la instalación, mejora y renovación de infraestructuras y dotaciones y que se clasifican en:

  • - Programas de inversiones: comprenden las inversiones propuestas por la dirección general con competencia en materia de Administración Local, relativas al Plan Director del Ciclo Integral del Agua 2019-2030 y al Plan de Residuos de Navarra 2017-2027.
  • - Programación local: contiene las inversiones solicitadas por las entidades locales, relativas a redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales, pavimentaciones con redes, pavimentación sin redes, urbanización de travesías y dotaciones locales.
  • - Programa de libre determinación: integrado por las inversiones exclusivamente determinadas por las entidades locales beneficiarias, en ejercicio de su autonomía local.


Las cantidades asignadas a las entidades locales de Navarra derivadas de la aplicación de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, debe someterse a publicidad activa de conformidad con el artículo 22.1.B.13 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de manera que dichas cantidades se publiquen de forma individualizada y se mantengan actualizadas, junto a aquellas otras cantidades asignadas por cualquier otro motivo y razón.

En cumplimiento de lo anterior en el presente espacio pueden consultarse la siguiente información:

  • - Importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes (Resolución 401/2024, de 8 de agosto, del Director General de Administración Local y Despoblación.
  • - Relación de entidades locales beneficiarias de programas de inversiones y programación local, realizadas entre enero y junio de 2024 y entre julio y septiembre de 2024.
  • - Relación de entidades locales beneficiarias de inversiones del programa de libre determinación: Resolución 174E/2024, de 3 de julio, del Director General de Administración Local.
  • - Compensación por la pérdida de recaudación derivada de la reforma del impuesto sobre Actividades Económicas (Resolución 343/2024, de 17 de junio, por la que se aprueba la concesión y abono de la primera solución correspondiente al ejercicio 2024).