Expedientes de exclusión del régimen del comercio de derechos de emisión para el periodo 2026-2030

El artículo 5 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026, establece el régimen de exclusión de hospitales e instalaciones de pequeño tamaño.
 
El artículo 5.3 de este Real Decreto, establece que la solicitud de exclusión para el periodo 2026-2030 deberá presentarse antes del 15 de marzo de 2024 a más tardar ante el órgano autonómico competente de la comunidad autónoma donde se ubique la instalación. La solicitud de exclusión vendrá acompañada de documentación justificativa que acredite el cumplimiento de que se aplicarán medidas de mitigación que conduzcan a una contribución a la reducción de emisiones equivalente a la prevista por la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del citado Real Decreto, así como la normativa de la Unión de aplicación.
 
El artículo 5.4 establece que el órgano autonómico competente  realizará con las solicitudes recibidas un trámite de información pública por un plazo no inferior a tres meses

FICHA

Departamento:
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
Unidad responsable:
Oficina de Cambio Climático de Navarra
Tipo de propuesta:
Proyecto
Fase de la propuesta:
Información Pública
Estado de la propuesta de gobierno:
Activa
Estado del proceso de participación:
Cerrado
Fecha actualización:

PERIODOS DE PARTICIPACION

Ha estado expuesto a Información Pública desde el 5 de junio hasta el 4 de septiembre de 2024