Simplificación administrativa

Proceso de participación: 
Anteproyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética
Ámbito: 
TÍTULO II Mitigación del cambio climático y nuevo modelo energético
Texto: 

SUSTITUCIÓN DE LA LICENCIA DE OBRAS POR LA COMUNICACIÓN PREVIA PARA AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO

Numerosas comunidades autónomas (Baleares, Cataluña, Galicia, Extremadura, Andalucía y Castilla y
León) han adaptado su normativa, principalmente a través de sus leyes autonómicas de urbanismo para
prever que una instalación de autoconsumo sobre cubierta se tramite por la vía de la comunicación
previa o declaración responsable, y no de la licencia de obras.
Ello es clave para fomentar el autoconsumo entre los ciudadanos y por tanto, mitigar el cambio climático.

En esta línea pero desde un punto de vista operativo, consideramos esencial poner énfasis en la
digitalización de la administración para que toda la comunicación entre el ciudadano (o la empresa
instaladora que le represente) y la administración para la realización de dichos trámites, pueda realizarse
de forma telemática, agilizando así la presentación y recepción de documentos entre las partes. De la
misma manera, las tasas o impuestos aplicables al permiso de obras también deben poder pagarse de
forma telemática.

Adjunto escrito de la mayor asociación fotovoltaica de España para mayor detalle.