La finalidad de estas consultas es recabar la opinión de las personas, entidades y de las organizaciones más representativas que puedan reaultar afectadas por esta futuras leyes forales. Esta fase de consulta pública previa está recogida en el art. 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Anteproyectos de Ley Foral de residuos y anteproyecto de Ley Foral reguladora de actividades con incidencia ambiental.
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