Bicicleta electrica

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Ahora que se está implantado la bicicleta eléctrica, se está dando un problema de recarga de las mismas en las comunidades de vecinos. Esto es debido a que, en los trasteros, que es donde normalmente se guardan estos vehículos, no hay enchufes y la red eléctrica de estas zonas es comunitaria. Propongo como solución, dado el bajísimo coste en electricidad que tiene recargar estos vehículos, la obligatoriedad de instalar puntos de recarga de bicicletas eléctricas en los garajes. El coste de la energía lo asumiría la comunidad. Así que el que no contamina no paga

Impulso y definición del vehículo compartido

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BlaBlaCar presenta ante el Gobierno de Navarra las siguientes aportaciones para su consideración en relación al Anteproyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética, agradeciendo de antemano la oportunidad de poder contribuir en este proceso participativo de exposición pública. BlaBlaCar es una plataforma que pone en contacto a personas para realizar un trayecto y compartir los gastos del viaje, fomentando la eficiencia y el ahorro económico y posibilitando una movilidad integral más completa y sostenible. Desde esta perspectiva, y atendiendo a la naturaleza de nuestro servicio, nos gustaría contribuir a la definición del Capítulo III (Movilidad Sostenible) del borrador del Anteproyecto, con el objetivo de impulsar la movilidad sostenible. En primer lugar, destacar que el vehículo compartido hace un uso más eficaz del vehículo privado de transporte terrestre y permite que deje de ser un elemento infrautilizado, lo que provoca una mejora de la seguridad vial, una mejora de la movilidad en carreteras y áreas urbanas y una reducción de emisiones de efecto invernadero de un sector, el del transporte, que en la actualidad es responsable de más de un 20% del total de las emisiones de CO2. Por todo lo anterior, desde BlaBlaCar proponemos lo siguiente: ● incluir una mención a las medidas de impulso del vehículo compartido en el artículo 32 (Impulso a la movilidad sostenible) del Anteproyecto. Por ello, proponemos la siguiente redacción del apartado 1 del artículo 32 (subrayados los cambios): “1. Las administraciones públicas de Navarra promoverán el uso de transporte no motorizado y favorecerán el transporte colectivo sobre el transporte individual para lo cual desarrollarán un sistema de transporte público integrado. Para ello, se arbitrarán medidas coercitivas para la mejora de la sostenibilidad en el transporte, se implantarán sistemas tarifarios incentivadores y se adoptarán medidas de impulso del vehículo compartido tanto en entornos urbanos como interurbanos para lograr una movilidad más sostenible, eficiente, segura y baja en carbono.” ● incluir la definición de “vehículo compartido” en el Anexo I. Una definición clara y objetiva del vehículo compartido aportaría seguridad jurídica a los usuarios y compañías de este servicio, teniendo en cuenta el impacto positivo que tiene esta actividad en materia de movilidad sostenible. Cabe resaltar que la Ley de Andalucía de Cambio Climático ya incluye esta definición como ejemplo de actuación en materia de movilidad sostenible. La redacción de la definición del vehículo compartido sería la siguiente: “Vehículo compartido. La utilización en común de un vehículo terrestre a motor por un conductor y uno o varios pasajeros, efectuado a título no oneroso, excepto por la compartición de gastos inherentes a un viaje en vehículo privado, en el marco de un desplazamiento que el conductor efectúa por su propia cuenta. Las empresas que realizan actividades de intermediación, con esta finalidad, pueden hacerlo a título oneroso.”

Observaciones al artículado

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Artículo 50. Pobreza energética 3. Las empresas distribuidoras no pueden interrumpir los suministros a las personas o a las familias en situación de riesgo de exclusión o vulnerabilidad económica, sin haber tener previamente un informe favorable de los servicios sociales de referencia. Observaciones: • Las distribuidoras no conocen esa información de los clientes, por lo que, en todo caso, esta obligación debería recaer sobre las comercializadores de último recurso, tal y como establece la ley. • Los consumidores vulnerables vienen definidos en el Art 45 de la Ley 24/13 del sector eléctrico y el Real Decreto 897/2017. En dicha legislación, se recogen sus derechos, en relación al bono social. También se establece en dichas normas (Art 52.4 k y 52.j de la Ley y el art 20 del RD 897) que a los vulnerables severos y a otros consumidores concretos a los que no se les puede cortar. Por ello, nuestra recomendación sería que, dado que este tema ya está legislado con detalle en la normativa nacional, que o bien no es necesario que se regule o bien se limiten a hacer referencia a la normativa nacional. En todo caso, no consideramos positivo regular esta materia en un sentido contrario a lo establecido en la legislación vigente. En consecuencia, si se decide mantener el artículo, proponemos cambiar la redacción del punto 3, sustituyendo “distribuidoras” por “comercializadoras de referencia”. El artículo tiene un error "haber tener", sólo debería de usarse uno de los dos verbos.

Observaciones al artículado

Proceso de participación:
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Aportaciones:
Artículo 19.-Fomento y gestión de las energías renovables. Observación: Entendemos que la simplificación administrativa también debería de aplicarse a las instalaciones de evacuación y a la propia red de distribución, y especialmente a las infraestructuras de refuerzo necesarias para la conexión de las instalaciones renovables. Artículo 20. Inversiones de interés foral. Observación: Entendemos que también deberían de considerarse de interés foral las infraestructuras de evacuación y refuerzo de red de la tipología detallada en el artículo. Artículo 21 Obligaciones de las distribuidoras energéticas. Observación: Entendemos que este artículo debería de recoger la importante y necesaria contribución de las redes digitales a la transición energética. Las redes eléctricas, que en los últimos años han experimentado una completa transformación digital y un elevado grado de automatización, son el eje central para la integración de la generación distribuida, el desarrollo del vehículo eléctrico y aumento de la información disponible para todos los agentes. En definitiva, la actividad de distribución es esencial para llevar a cabo la transición energética. Por ello, proponemos un cambio en el título del artículo a “Contribución de las redes de distribución de energía eléctrica” y la inclusión del siguiente párrafo: Los titulares de las redes de distribución y transporte de energía eléctrica, con el objetivo de realizar una gestión eficiente y flexible tanto de la propia red como de los diferentes recursos energéticos a ella conectados, así como disponer de un sistema eléctrico más resiliente ante las situaciones meteorológicas y climáticas adversas, promoverán en la digitalización y automatización de dichas redes.
Adjuntos:

Camino facilitador de la instalacon de placas fotovoltaicas en comunidades a la vez que se hace la preinstalacion del coche electrico

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Varios administradores de fincas Hace unos años nos percatamos que, si unificábamos contadores dentro de una comunidad, ahorrábamos un dinero importante en fijos de electricidad. Más al ser unos contratos con una simultaneidad de uso muy baja. Así empezamos a hacerlo. Pero cuando nos encontrábamos en una comunidad con varios portales, que tenían varias acometidas que alimentaban a varios cuartos de contadores, desde industria se nos indicó que no se podía dar servicio a los servicios comunes de un portal desde otro portal si cada uno tenía una cometida diferente. Consultado con varios ingenieros, estos nos indicaron que esta modificación necesitaba proyecto, pero no encontraban ninguna normativa que prohibiera esto. Que, según su opinión, era una valoración hecha por un técnico de instruía que no se sustentaba en nada tipificado en una normativa. Al alegarse problemas de seguridad, se trató con bomberos el posible peligro que se creaba al hacer esto. Desde bomberos no vieron este problema siempre que se les dejara indicado con un cartel esta realidad. También se planteó como mediad adicional de seguridad la posibilidad de poner relés que cortaran el suministro si se cortaba desde la acometida la electricidad. A todo desde industria se nos indicó que no, sin basarse o sin aportarnos al menos, una normativa que no lo permitiera. Esta unificación en una comunidad tipo de Mendillorri de 14 portales (14 acometidas) más un contrato de garaje. Las cuates están unidas todas por el garaje, Si se pasa de 15 a 2 contratos (de 15kw cada uno, que dan en maximetros 4 kw de consumo máximo cuarto horario). Si la comunidad está en contratos 2.0 los ahorros anuales son de 5.000 € si están en contratos de 2.1 el ahorro puede llegar a 8.000 €/año. Esto con un coste de unos 18.000 €. Lo que da una amortización muy rápida de la modificación. Ahora, tras el decreto de marzo de 2018, que quita el impuesto al sol y plantea a las comunidades la posibilidad de instalar placas solares fotovoltaicas, varias ingenierías, nos han indicado, que, si unificamos contadores, la instalación para introducir placas solares, en la modalidad de compensación mensual, si contamos con solo dos o un contrato en la comunidad (es decir, si rescatamos la idea que se nos desechó dese industria). El desembolso de la instalación de contadores se simplifica mucho y se reduce el coste de la misma (se ahorra todos los contadores de compensación que hay que instalar en los 14 contratos pasando a ir a un contrato al cual se aplicar exclusivamente los consumos y las aportaciones.) Por ello, nos parece muy importante, para hacer rentables en la comunidad las placas solares, retomar la unificación de contadores en comunidades de vecinos dentro de un mismo cif, aunque haya varias acometidas en la comunidad. Lo que entendemos facilitaría la instalación de estos sistemas, los cuales se amortizarían en pocos años. Esto unido a que ya se permite a un vecino tirar una toma de luz desde su contador hasta la otra punta del garaje, para conectar su coche eléctrico. Pasando por las acometidas que haga falta. Por otro lado, las nuevas comunidades que los portales tienen extracción forzada, muchas de estas instalaciones de aire forzado toman la electricidad del contrato de garaje de la comunidad. Por lo que la supuesta falta de seguridad que se da por introducir electricidad en un portal desde otro sitio deferente de la acometida ya se está dando. Estos ejemplos, unido q que no encontramos, ni se nos indica, donde se está incumpliendo la normativa, nos hace pensar que tiene que haber un camino. Por último, la unificación de contadores, que se da en bloques o portales que están unidos por el garaje, obliga a crear accesos de los cuartos de contadores a los garajes y a echar bandejas por los mismos. Lo que dejaría la preinstalación del coche eléctrico ya hecha en la comunidad. Así que matamos tres pájaros de un tiro: preinstalación del coche eléctrico, unificaciones contadoras con su ahorro para la comunidad e instalación de placas solares en la misma. Varios administradores de fincas estamos a la espera de si podemos hacer esta instalación de una forma completa para llevarla a cabo. Si se nos da un camino, todas las comunidades lo irán haciendo poco a poco.

Rentabilizacion de las placas solares terminas para favorecer su implantaicon y funcionamiento

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A día de hoy hay barias instalaciones de solares térmicas instaladas y paradas. Esto es debido a que a pesar de su aporte de energía y reducción del consumo de combustibles fósiles, Mucha veces no son rentables debido a gastos fijos como el fijo que soporta del contador de agua de la comunidad y el fijo de electricidad. Entendemos que en función de los casos se tendría que dar el siguiente tratamiento a estos gastos: Contador de agua: 1.- Sistema de placas solares de precalentamiento en viviendas de calefacciones individuales: En estas viviendas todo vecino de la comunidad tiene su contador de agua fría por el que pagan a la mancomunidad. Y en el caso del agua caliente hay un contador que suministra el agua caliente a los vecinos tras pasar por el sistema de placas térmicas. La Mancomunidad cobra ya un fijo de consumo, de alcantarillado y basuras a todos los vecinos. Por lo que entendemos que se podría anular o reducir drásticamente este fijo en el contador que suministra a las placas. Esto abarataría los costes de estas instalaciones y haría que sean, además de ecológicas, rentables económicamente. 2.- Sistema de placas solares de precalentamiento en viviendas de calefacciones centrarles: Las comunidades que a día de hoy tienen estos sistemas, también en estas viviendas todo vecino de la comunidad tiene su contador de agua fría por el que pagan a la mancomunidad. Y en el caso del agua caliente hay un contador que suministra el agua caliente a los vecinos tras pasar por el sistema de placas térmicas. La Mancomunidad cobra ya un fijo de consumo y de alcantarillado y basuras a todos los vecinos. Por lo que entendemos que se podría anular o reducir drásticamente este fijo en el contador que suministra a las placas. Esto abarataría los costes de estas instalaciones y haría que sean, además de ecológicas, rentables económicamente. En las calefacciones centrales antiguas que tienen un contador para dar servicio de agua caliente y calefacción a todos los vecinos. Entendemos que se siga cobrando igual. Aunque tal vez animaría a muchas a poner este sistema si se hace algún tipo de rebaja. Contador de electricidad: Esto contadores, al contrario que en otras comunidades autónomas, como Aragón, no son suministros catalogados como ininterrumpibles esto hace que se tengan que contratar potencias altas para evitar un posible pico de potencia consumida que haga saltar el diferencial y el sistema se quede sin suministro. Esto es gravoso a las comunidades. Mas si tienen sistemas de recirculación para placas terminas que aumentan más la potencia a contratar. Por lo que se propone que se consideren contratos ininterrumpibles y que se puedan unificar con otros contadores de la comunidad para evitar fijos de contador. Estas dos medidas harían que estos sistemas sean rentables económicamente además de ser conveniente para el medio ambiente.

Planes de acción de ruido para el periodo 2020-2024 de la Comarca de Pamplona

Información pública previa a la declaración de las Zonas de Protección Acústica Especial y la aprobación de los Planes de Acción de Ruido, en el ámbito territorial del Mapa Estratégico de Ruido de la Aglomeración Urbana de la Comarca de Pamplona, correspondiente a la tercera fase de aplicación de la Directiva 2002/49/CE, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.

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Programa Pymes Cero Emisiones

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Desde la Enterprise Europe Network (red europea de apoyo a las pymes para su crecimiento en el marco del Pacto Verde) trabajamos en impulsar pymes competitivas y sostenibles en nuestra región. Creemos que sería conveniente incluir un apartado específico dentro de la ley destinado a crear un programa voluntario dedicado a las pymes que trabajen en conseguir ser cero emisiones. El papel de las pymes en el cambio climático es clave, no porque sus consumos energéticos sean especialmente altos comparados con grandes empresas, sino por que también es importante actuar en los consumos energéticos relacionados con el diseño de los productos y servicios que ofrecen al mercado. El programa siempre sería voluntario y podría incluir la verificación por parte de Gobierno de Navarra que esas pymes están realizando Cálculos de huella de carbono y Planes de reducción de energía y huella de carbono. Las primeras pymes voluntarias podrían ser los propios proveedores locales de las grandes y medianas empresas que estén obligadas, creando un compromiso de reducción de emisiones desde las cadenas de valor navarras. También es importante para muchas pymes poder tener un sistema de apoyo y validación desde Gobierno de Navarra que pueda ser demostrado frente a clientes en la internacionalización. Muchas de las pymes ya están en mercados internacionales y en el mercado común, dónde poder demostrar planes de reducción y su objetivo cero emisiones va a ser necesario para suministrar a grandes empresas o a la administración, por ejemplo. Si no se incluye un apartado específico para pymes en esta ley no habrá un marco para que desde la Administración se pueda apoyar y validar la mejora de las pymes, si bien no son prioritarias, sí que debería tener cabida incluyendo un programa específico, para no dejarlas atrás.

Trámite de audiencia sobre las ayudas a las actividades de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020

Objeto: Modificar la Orden Foral 318/2016 de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las normas que regulan las ayudas a las actividades de formación profesional y adquisición de competencias para el periodo 2016-2020, aprobar la convocatoria de ayudas para 2020.

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PERIODOS DE PARTICIPACION

Consulta previa a la elaboración de un Proyecto de Decreto Foral por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad de teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos

La consulta previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por el futuro Decreto Foral por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial mediante la fórmula del teletrabajo para el personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, acerca de:


a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

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