Adaptar planeamientos urbanísticos

Proceso de participación: 
Plan Reactivar Navarra 2020-2023
Ámbito: 
DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLE
Texto: 

Otra medida urgente y fundamental, de “cero coste” económico, es la apuesta por el desarrollo y adecuación de los planeamientos urbanísticos, tanto los vigentes como los futuros.
El suelo es la materia prima de la industria de la construcción y promoción y de toda política de vivienda que se quiera llevar a cabo, y en estos momentos es escaso y de dudosa viabilidad.
Planificar suelo no significa construir indiscriminadamente de forma inmediata. Es tener materia prima preparada para resolver las necesidades de vivienda conforme se vayan produciendo.
• Para acometer el desarrollo de la ciudad consolidada son necesarias políticas de rehabilitación integral, renovación y regeneración urbana.
En el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (TRLFOTU) disponemos de los instrumentos jurídicos adecuados, el Plan Especial de Actuación Urbana y el Estudio de Detalle.
Además, todo ello se debe de apoyar en la utilización, sin ningún género de dudas, del Artículo 102, Aprovechamiento de Proyecto de Edificación Residencial y del Artículo 194, Competencia y procedimiento para el otorgamiento de las licencias, en el que se indica que para la solicitud de la concesión de licencias urbanísticas, entre la documentación que se debe de acompañar, se incluirá el Proyecto básico definido en el Código Técnico de la Edificación.

• Para la adaptación de los Planeamientos urbanísticos aprobados, en tramitación o nuevos, es fundamental buscar sistema de cooperación de todos los agentes implicados buscando su viabilidad. Por ello proponemos:
o Agilización de los trámites administrativos por medio de la utilización para los diferentes instrumentos de planeamiento de los check-list y declaración responsable, según el caso, de manera similar a la obtención de licencias.
o Reducción de la reserva de vivienda protegida de cada planeamiento al 30%.
o Establecer una densidad en la línea de las 150 viviendas/Ha para conseguir la sostenibilidad y viabilidad necesaria.
o Aplicación real del TRLFOTU, especialmente del Artículo 102 Aprovechamiento de proyecto de Edificación residencial y del Artículo 194 de Concesión de Licencia con Proyecto Básico.

Siendo fundamental buscar su viabilidad por medio del acuerdo de todos los agentes implicados.
Para un desarrollo más ágil sería más recomendable, en estos momentos, buscar su tramitación por el sistema de cooperación.