Declaración del LIC "Río Salazar" como Zona Especial de conservación
Plan de gestión

ANEXO
PLAN DE GESTIÓN DE LA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACION
ES2200012 “Río SALAZAR”
INDICE
I. – Finalidad del Plan.
II. – Valores naturales objeto de conservación.
III. – Objetivos finales del Plan.
IV. – Resultados esperables de la aplicación del Plan.
V. – Normativa.
VI. – Directrices u orientaciones para la gestión.VII. – Actuaciones.
VIII. – Financiación del Plan de Gestión.
IX. – Limitaciones.
X. – Programa de seguimiento.
XI. – Mapa de delimitación y entidades incluidas.
I.- Finalidad del Plan
El objetivo de este Plan es establecer las medidas activas y preventivas necesarias para mantener o restablecer, según el caso, el estado de conservación favorable de los hábitats naturales, especies, procesos ecológicos o elementos naturales y culturales relacionados en el siguiente apartado.
Las medidas que se adopten en virtud de este Plan de Gestión tienen como finalidad última la salvaguarda de la integridad ecológica del espacio y de su contribución a la coherencia de la Red Natura 2000 en Navarra. Cualquier otro plan, programa o proyecto que pueda afectar a la Zona Especial de Conservación deberá adecuarse a estas finalidades.
No obstante, las medidas adoptadas por el presente Plan y las que de él pudieran derivarse tendrán en cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales y, en la medida de lo posible, tratarán de armonizar los usos y los aprovechamientos actuales, con otros potenciales que respondan a nuevas demandas sociales, como es el ocio y recreo, la educación ambiental o la investigación, evitando transformaciones que puedan provocar la pérdida de los valores que fundamentan la protección del espacio.
II. – Valores naturales objeto de conservación
El lugar destaca por la presencia de una banda importante de vegetación de ribera en sus dos orillas a lo largo de prácticamente toda su longitud. Mantiene ejemplos representativos de los diferentes tipos de bosques y prebosques de ribera pirenaicos y prepirenaicos; las “fresnedas pirenaicas”, las “avellanedas riparias”, las “choperas somontano-aragonesas”, las “olmedas y fresnedas submediterráneas y las “saucedas arbustivas pirenaicas”. Estas tres últimas formaciones vegetales son destacables por su consideración como hábitats de interés comunitario por la Directiva Hábitats. Además, el lugar también aporta otros hábitats de interés comunitario y característicos del ámbito fluvial como son las comunidades acuáticas de Potamogeton nodosus, los complejos de vegetación de playas e islas de gravas y diferentes tipos de pastizales y herbazales hidrófilos y juncales.
En cuanto a las especies de flora es remarcable la presencia de Lathraea squamaria, Epipactis palustris o Anemone ranunculoides. Son taxones raros que presentan una distribución muy restringida en el territorio navarro.
En lo concerniente a la fauna y en concreto a los mamíferos, las especies más destacables citadas en la ZEC son la nutria (Lutra lutra) y el visón europeo (Mustela lutreola), ambas incluidas en la Directiva Hábitats. Otras especies de fauna de interés y presentes son el martín pescador (Alcedo atthis) y el mirlo acuático (Cinclus cinclus), taxones incluidos en el Catálogo Navarro de Especies Amenazadas y además el primero en el Anexo I de la Directiva Aves. Entre los anfibios destaca el tritón pirenaico (Euproctus asper), catalogado en Navarra e incluido en la Directiva Hábitats.
Los roquedos de la Foz de Aspurz acogen aves rupícolas relevantes como el alimoche común (Neophron percnopterus), el buitre leonado (Gyps fulvus), el halcón peregrino (Falco peregrinus) y la chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), todas incluidas en la Directiva Aves.
La comunidad íctica del río Salazar se caracteriza por su marcada estructura autóctona. Es remarcable la presencia de la madrilla (Chondrostoma miegii), especie incluida en la Directiva Hábitats, y de la lamprehuela (Cobitis calderoni), catalogada en Navarra. El barbo colirrojo (Barbus haasi), especie considerada rara a nivel peninsular, en el espacio únicamente aparece en el río Xabros.
Atendiendo a los anteriores valores se ha seleccionado una serie de hábitats y especies de flora y fauna presentes o potenciales en la ZEC, que representan en conjunto los valores naturales que caracterizan el territorio. A esta serie de hábitats y especies se les denomina ‘Elementos Clave’, ya que se emplean como ejes principales en los que basar la conservación ‘activa’ de la ZEC. Así, partiendo de unos objetivos propuestos para todos y cada uno de estos elementos clave y después de analizar los factores que condicionan su estado actual de conservación, se proponen normas, directrices de gestión y actuaciones, que permitan mantener y mejorar los valores naturales de la ZEC en su conjunto.
Los ‘Elementos Clave’ para la gestión de la ZEC son:
1 CORREDOR FLUVIAL
2 HÁBITATS FLUVIALES
3 COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA Y LAMPREHUELA
4 NUTRIA PALEÁRTICA Y VISON EUROPEO
5 ROQUEDOS DE ASPURZ
Se ha definido además la siguiente área de trabajo:
A Uso público
III. – Objetivos finales del Plan
Se entiende por objetivos finales las metas o fines que debe perseguir la gestión para alcanzar en el menor tiempo posible un estado de conservación favorable para todos los elementos clave relacionados en el apartado anterior.
1 CORREDOR FLUVIAL
1.1 Objetivo final: Garantizar un buen estado ecológico del corredor fluvial.
2 HÁBITATS FLUVIALES
2.1 Objetivo final: Mejorar el estado de conservación de los hábitats fluviales y de la heterogeneidad del mosaico fluvial.
3 COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA Y LAMPREHUELA
3.1 Objetivo final: Garantizar la conservación de las poblaciones de especies ícticas autóctonas.
4 NUTRIA PALEÁRTICA Y VISON EUROPEO
4.1 Objetivo final: Garantizar la presencia de nutria paleártica y visón europeo.
5 ROQUEDOS DE ASPURZ
5.1 Objetivo final: Garantizar la conservación de los hábitats y especies asociadas a los roquedos de Aspurz.
A USO PÚBLICO
A.1 Objetivo final: Mejorar el conocimiento y valorización del lugar por parte de la población local y visitantes.
IV.- Resultados esperables de la aplicación del Plan
Dado que los objetivos finales o metas del plan pueden no ser alcanzables dentro de su periodo de vigencia por razones ecológicas, sociales o económicas, se definen los resultados esperados de la aplicación del mismo durante dicho periodo de vigencia. Estos resultados, que deben permitir avanzar hacia la consecución de los objetivos finales propuestos, son los siguientes, de acuerdo con la numeración de elementos clave y objetivos finales:
1 CORREDOR FLUVIAL
1.1.1. Objetivo operativo: Conservar y recuperar una banda de vegetación natural de ribera continua con funcionalidad ecológica.
1.1.2. Objetivo operativo: Mejorar la permeabilidad de las escalas piscícolas existentes.
1.1.3. Objetivo operativo: Garantizar un régimen de caudales naturales en el río Salazar.
1.1.4. Objetivo operativo: Disminuir las afecciones a la avifauna provocadas por los tendidos eléctricos.
2 HÁBITATS FLUVIALES
2.1.1. Objetivo operativo: Conservar y aumentar la superficie de hábitats fluviales.
2.1.2. Objetivo operativo: Reducir la presencia de especies de flora invasoras presentes en el lugar.
2.1.3. Objetivo operativo: Proteger los recursos genéticos de Populus nigra.
2.1.4 Objetivo operativo: Mejorar el conocimiento de algunas especies faunísticas y florísticas de interés asociadas a los hábitats fluviales.
3 COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA Y LAMPREHUELA
3.1.1. Objetivo operativo: Conocer la situación poblacional de la madrilla y de la lamprehuela.
3.1.2. Objetivo operativo: Mejorar las condiciones del hábitat de la comunidad íctica.
4 NUTRIA PALEÁRTICA Y VISON EUROPEO
4.1.1. Objetivo operativo: Conocer la evolución de la presencia de nutria paleártica en los diferentes tramos del río Salazar.
4.1.2. Objetivo operativo: Conocer la distribución y estado sanitario del visón europeo.
4.1.3. Mejorar las condiciones del hábitat para el visón europeo y la nutria paleártica.
5 ROQUEDOS DE ASPURZ
5.1.1. Objetivo operativo: Evitar afecciones a los hábitats y especies asociados a los roquedos de Aspurz.
5.1.2. Objetivo operativo: Conocer la evolución de las poblaciones de rapaces rupícolas asociadas a los roquedos de Aspurz.
5.1.3. Objetivo operativo: Conocer la distribución de los hábitats de interés comunitario y su flora característica en los roquedos de Aspurz.
A USO PÚBLICO
A.1.1. Objetivo operativo: Ejecutar acciones de información y sensibilización sobre los valores ecológicos del lugar.
V. – Normativa
Normativa general
- Toda actuación que se prevea realizar en suelo forestal se regulará a través de la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra, modificada por la Ley Foral 3/2007, de 21 de febrero. De acuerdo con la citada Ley Foral, en los Montes Catalogados sólo serán autorizables aquellas actividades que sean compatibles con el carácter de Monte de Utilidad Pública o Monte Protector.
- Quedarán sometidos a la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, los planes, programas, proyectos y actividades, de titularidad pública o privada, incluidos en alguno de sus anejos, que en su concepción, puesta en marcha o ejecución sean susceptibles de alterar las condiciones del medio ambiente o de producir riesgos sobre afecciones para el medio ambiente o la seguridad o salud de las personas y sus bienes.
- Cualquier autorización que se emita garantizará el cumplimiento de lo establecido en la Ley Foral 2/1993 de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats, y la no afección a las especies animales y vegetales de interés comunitario relacionadas en el Anexo II de la Directiva 92/43 del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales, de la fauna y flora silvestres, así como a sus hábitats o a los elementos del paisaje que revistan especial importancia para la conservación de la Zona Especial de Conservación.
- Cualquier autorización que se emita garantizará el cumplimiento de lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el Desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
- Será de aplicación lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y en el Real Decreto 1391/1988, de 18 de noviembre, de traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de Obras Hidráulicas.
Normativa específica
1. Reserva Natural de la Foz de Arbayún (RN-16)
- Cualquier actividad o actuación en la Reserva Natural de la Foz de Arbayún se regulará de acuerdo a lo establecido en la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra y en el Decreto Foral 230/1998, de 6 de julio, por el que se aprueban los Planes Rectores de Uso y Gestión de las Reservas Naturales de Navarra.
2. Foz de Aspurz
- Los usos y actuaciones que se realicen en los roquedos de Aspurz, deberán incluir las condiciones necesarias para garantizar la conservación de los valores naturales de este enclave.
3. Tramos fluviales
- Se asegurará el cumplimiento de un régimen de caudales, de acuerdo con la normativa de aguas y la concesión, que garantice la conservación de los hábitats y especies.
- No se permitirán aquellas actuaciones o proyectos que impliquen una alteración del régimen natural de las aguas corrientes, salvo las mínimas para el abastecimiento a poblaciones o para los usos agropecuarios existentes.
- No se permitirán aquellas actuaciones que supongan una alteración morfológica del cauce, excepto cuando concurran razones relacionadas con la salud humana, la seguridad pública o la conservación de los valores naturales.
- En aquellos proyectos públicos y nuevos usos y aprovechamientos cuyo ámbito limite con los cauces fluviales se respetará una banda continua al cauce, no inferior a 5m de anchura, cuyo fin será constituirse en formaciones naturales de ribera.
- En las cortas de arbolado (cortas a hecho) adyacentes al cauce fluvial deberá recuperarse una banda de al menos 5 metros de anchura contigua a dicho cauce, con especies propias de vegetación natural de la zona.
- No se permitirá depositar residuos sólidos, escombros o sustancias que constituyan o puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del lugar.
- La instalación de cierres en los límites del lugar incluirán las condiciones necesarias para garantizar la dispersión y movimientos de los vertebrados silvestres, así como para evitar su mortalidad.
- Los usos y actuaciones que afecten a los hábitats fluviales deberán incluir las condiciones necesarias para garantizar la conservación de los mismos, excepto cuando concurran razones relacionadas con la salud humana y la seguridad pública.
- No se permitirá la plantación de especies exóticas invasoras en el lugar y sus inmediaciones que puedan afectar negativamente en la conservación de los hábitats naturales presentes en el lugar.
VI. – Directrices u orientaciones para la gestión
Las siguientes directrices u orientaciones para la gestión deben entenderse como recomendaciones que deben aplicarse salvo que existan motivos fundamentados que justifiquen lo contrario.
- En aquellos proyectos, usos y aprovechamientos cuyo ámbito limite con los cauces fluviales se priorizará la recuperación de una banda de vegetación natural continua de una anchura variable, dependiendo de las características de la llanura de inundación de cada tramo (5m en orillas muy escarpadas y de 15m en zonas con amplia llanura de inundación).
- Las ayudas de carácter agroforestal y medioambiental se intentarán adecuar a las directrices de este plan.
- En los proyectos de restauración fluvial que conlleven plantaciones se utilizarán especies autóctonas propias de las riberas fluviales o de la vegetación natural del entorno, y en la medida de lo posible, de la misma región de procedencia.
VII. – Actuaciones
Para el periodo de vigencia del presente Plan se establecen las siguientes actuaciones:
1. Medidas asociadas al cauce y al corredor fluvial
- Redacción y ejecución de proyectos de restauración de tramos de ribera sin banda de vegetación natural, o degradados.
- Ejecución de proyectos piloto para la revegetación de escolleras.
- Evaluación de las afecciones que pudieran estar causando los cierres a valores del LIC y propuestas de actuación.
- Evaluación de la efectividad de las escalas de peces construidas en las presas de Ezcároz/Eskaroze, Oronz/Orontze, Esparza/Espartza y Sarriés/Sartze y corrección de las que puedan resultar no funcionales.
- Corrección de los tendidos eléctricos que presentan riesgos para las aves por colisión o por electrocución.
2. Medidas asociadas a los hábitats
- Impulsión y ejecución de proyectos piloto de restauración estructural y específica de choperas abandonadas y pinares de repoblación.
- Ejecución de proyectos de eliminación y recuperación de las escombreras en el río Xabros, Escároz/Ezkaroze, Oronz/Orontze y Gallués/Galoze.
- Localización y eliminación progresiva de las especies exóticas invasoras tales como Robinia pseudoacacia y Ailanthus altisima.
- Inventariación, caracterización morfológica y genética, y establecimiento de directrices para la conservación de los rodales de Populus nigra.
3. Medidas asociadas a la flora
- Inventariación y cartografía de los principales núcleos poblacionales de Potamogeton nodosus.
- Inventariación del HIC 8210 de los roquedos de Aspurz y realización de prospecciones para determinar la presencia de Valeriana longiflora y Sarcocapnos enneaphylla.
- Monitorización periódica de las poblaciones de Lathraea squamaria, Epipactis palustris y Anemone ranunculoides.
4. Medidas asociadas a la fauna
- Realización de prospecciones para determinar la presencia y estado de conservación de odonatos amenazados, con especial atención a Gomphus graslinii.
- Realización de un censo completo para determinar la presencia y abundancia del Erigoaster catax.
- Realización de prospecciones de campo para la comprobación de la permanencia de las colonias de náyades detectadas en 2002.
- Realización de muestreos para determinar la posible presencia del desmán del pirineo (Galemys pirenaicus).
- Realización de prospecciones para determinar la presencia y estado de conservación del tritón pirenaico (Euproctus asper).
- Realización censos de martín pescador (Alcedo atthis) y mirlo acuático (Cinclus cinclus).
- Realización de censos para la madrilla (Chondrostoma miegii) y la lamprehuela (Cobitis calderoni) en el lugar, de acuerdo a una metodología y un esfuerzo de muestreo que posibilite la monitorización de sus principales parámetros poblacionales.
- Continuación con los muestreos quinquenales de la nutria paleártica que viene realizando el Gobierno de Navarra.
- Realización de un censo de visón europeo en el Salazar, que incluya la toma de muestras sanitarias correspondientes.
- Continuación con la monitorización de buitre leonado, alimoche y halcón peregrino, de acuerdo al protocolo y periodicidad establecida por el Gobierno de Navarra.
5. Medidas asociadas al uso público
- Incorporación de información y contenidos sobre los valores naturales del lugar en los CIN de Ochagavía/Otsagabia y de Lumbier.
VIII. – Financiación del Plan de Gestión
El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local atenderá:
- Las cuantías precisas para la ejecución de los proyectos de mantenimiento y restauración que garanticen el estado favorable de conservación del espacio.
- Las cantidades necesarias para el mantenimiento de equipamientos y estructura de gestión.
- Las partidas precisas para hacer efectivas las indemnizaciones a que puedan dar lugar las limitaciones a usos y actividades, así como los contratos ambientales voluntarios.
- Cuantas otras consignaciones resulten necesarias para la ejecución del plan y la consecución de sus objetivos.
Todo ello estará sujeto a la existencia de crédito adecuado y suficiente y, en consecuencia, se adquirirán los compromisos correspondientes según las disponibilidades presupuestarias existentes en su momento.
Las actuaciones que los distintos Departamentos del Gobierno de Navarra realizan para promover la integración ambiental de sus políticas sectoriales, así como acciones promovidas por entidades locales o con financiación privada o de la Unión Europea, podrán asimismo contribuir al desarrollo del plan.
Aquellas actuaciones promovidas por particulares o entidades locales para la administración del patrimonio comunal, que tengan como objetivo el desarrollo del plan y que no teniendo fines lucrativos colaboren al mantenimiento del estado favorable de conservación de la ZEC, podrán ser financiadas totalmente por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Para promover el desarrollo socioeconómico de los núcleos de población próximos, en cualquier otra ayuda dependiente de este Departamento se dará prioridad, siempre que ello sea posible, a aquellas que siendo compatibles con la conservación de espacios se propongan dentro del ámbito geográfico de la Zona Especial de Conservación, estableciendo además un incremento en el porcentaje de la ayuda respecto a otras que puedan proponerse fuera de este espacio o fuera de cualquier otro espacio natural. Asimismo, el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local procurará la aplicación de fondos extrapresupuestarios cuya finalidad sea el desarrollo de alguna de las acciones previstas en este plan.
IX. Limitaciones
Las indemnizaciones por limitaciones de usos y actividades se aplicarán de igual manera a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 9/96, de 17 de junio, de espacios naturales de Navarra. No obstante, podrá convenirse otras formas de indemnización, tales como el otorgamiento de ayudas, subvenciones, la provisión de servicios u otros medios de fomento.
X. – Programa de seguimiento
Se establece un programa de seguimiento para garantizar la correcta ejecución del plan y la consecución de sus objetivos. Dicho programa incluye al menos un indicador objetivamente verificable para cada uno de los objetivos establecidos.
Anualmente se informará al Comité de Pilotaje de los resultados de este Programa y, en general, del grado de ejecución del Plan.
Cuando, en virtud de los resultados obtenidos, se observe una desviación con respecto a los resultados esperados o se estime la imposibilidad de alcanzarlos en el plazo previsto, se podrán incorporar al Plan cuantas medidas sean necesarias para mejorar la efectividad y la eficacia de la gestión.
Elemento Clave | Objetivo Final | Objetivo Operativo | Indicador | Valor inicial | Criterio de Éxito |
1. CORREDOR FLUVIAL | 1.1 Garantizar un buen estado ecológico del corredor fluvial |
|
ml de discontinuidades en la banda de vegetación natural | desconocido | 0 ml |
% de obstáculos permeables para la fauna piscícola | Desconocido | 100% de obstáculos permeables | |||
Régimen de caudales ambientales | Desconocido |
Se cumple el régimen de caudales que garantice la conservación de los hábitats y las especies |
|||
Nº de líneas y derivaciones eléctricas con afección a las aves | 8 líneas y derivaciones con afección | Ninguna línea y derivación eléctrica con afección | |||
1.1.1. Conservar y recuperar una banda de vegetación natural de ribera continua con funcionalidad ecológica. |
m de banda de vegetación restaurada / m de escolleras revegetadas/nº de escombreras restauradas | 0 m de banda de vegetación restaurados / 0 m de escolleras revegetados/0 escombreras restauradas | 4000 m de banda de vegetación restaurados/800 m de escolleras revegetados/4 escombreras restauradas | ||
Sup. de hábitats naturales | 195,45 ha | Mayor que el valor inicial | |||
1.1.2. Mejorar la permeabilidad de las escalas piscícolas existentes. | Nº de escalas funcionales | Desconocido | 100% | ||
1.1.3. Garantizar un régimen de caudales naturales en el río Salazar | Régimen de caudales ambientales | Desconocido |
Se cumple el régimen de caudales que garantice la conservación de los hábitats y las especies |
||
1.1.4. Disminuir las afecciones a la avifauna provocadas por los tendidos eléctricos | Nº de líneas y derivaciones eléctricas con afección a las aves | 8 líneas y derivaciones con afección | Ninguna línea y derivación eléctrica con afección | ||
2. HÁBITATS FLUVIALES | 2.1 Mejorar el estado de conservación de los hábitats fluviales y de la heterogeneidad del mosaico fluvial | Sup. de hábitats fluviales en estado de conservación favorable | 146,29 ha | Mayor que el valor inicial | |
2.1.1. Conservar y aumentar la superficie de hábitats fluviales | Sup. de hábitats fluviales | 146,29 ha | Mayor que el valor inicial | ||
Sup. de choperas abandonadas y pinares restauradas | 0 | 10 ha | |||
2.1.2. Reducir la presencia de especies exóticas invasoras presentes en el lugar | Sup. de vegetación exótica | Desconocida |
100% de la superficie eliminada |
||
2.1.3. Proteger los recursos genéticos de Populus nigra | Nº de rodales de Populus nigra identificados | Rodales sin identificar | 100% rodales identificados | ||
2.1.4. Mejorar el conocimiento de algunas especies faunísticas y florísticas de interés asociadas a los hábitats fluviales | Muestreos de odonatos | Muestreos sin realizar | 1 cada 5 años | ||
Prospecciones de bivalvos | Sin realizar | Realizadas | |||
Muestreos de desmán | Muestreos sin realizar | 1 cada 5 años | |||
Muestreos de martín pescador y mirlo acuático | Muestreos sin realizar | 1 cada 5 años | |||
Muestreos de tritón pirenaico | Muestreos sin realizar | 1 cada 5 años | |||
Muestreos de Eriogaster catax | Muestreos sin realizar | 1 cada 3 años | |||
Muestreos de Lathraea squamaria, Epipactis palustris y Anemone ranunculoides | Muestreos sin realizar | 1 cada 5 años | |||
3. COMUNIDAD ÍCTICA: MADRILLA Y LAMPREHUELA | 3.1 Garantizar la conservación de las poblaciones de especies ícticas autóctonas del LIC. |
|
Abundancia de madrilla y lamprehuela | Desconocida | Mayor que el valor inicial |
Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial | |||||
3.1.1 Conocer la situación poblacional de la madrilla y la lamprehuela | Censos de madrilla y lamprehuela | Ninguno | 1 cada 5 años | ||
3.1.2. Mejorar las condiciones del hábitat de la comunidad íctica. | Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial | ||||
4. NUTRIA Y VISÓN EUROPEO | 4.1. Garantizar la presencia de nutria paleártica y desmán ibérico |
|
Presencia de nutria paleártica en todos los tramos aptos | 100% estaciones de muestreo positivas | 100% estaciones de muestreo positivas |
Presencia de visón europeo en todos los tramos aptos | Desconocido | 100% de los tramos aptos con presencia de visón europeo | |||
Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial | |||||
4.1.1. Conocer la evolución de la presencia de nutria paleártica en los diferentes tramos del río Salazar. | Muestreos de nutria paleártica | 1 cada 5 años | 1 cada 5 años | ||
4.1.2. Conocer la distribución y estado sanitario del visón europeo | Muestreos de distribución y estado sanitario de la población | Ninguno | 1 cada 5 años | ||
4.1.3. Mejorar las condiciones del hábitat para el visón europeo y la nutria paleártica | Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial | ||||
5. ROQUEDOS DE ASPURZ | 5.1 Garantizar la conservación de los hábitats y especies asociadas a los roquedos de Aspurz |
|
Sup. hábitats naturales en los roquedos del LIC | 80 ha | Igual o mayor que el valor inicial |
Nº de parejas nidificantes de buitre, alimoche y halcón peregrino | Buitres= 30pp; alimoche=1pp; halcón peregrino=1pp | Igual o mayor que el valor inicial | |||
5.1.1. Evitar afecciones a los hábitats y especies asociados a los roquedos de Aspurz. | Son de aplicación los indicadores para elemento clave Corredor Fluvial | ||||
Nº afecciones | Desconocido | 0 | |||
5.2.2. Conocer la evolución de las poblaciones de rapaces rupícolas asociadas a los roquedos de Aspurz. | Seguimientos poblacionales de rapaces rupicolas | 1seguimiento de alimoche y halcón peregrino cada 10 años/ 1 seguimiento de buitre común cada 5 años | 1seguimiento de alimoche y halcón peregrino cada 10 años/ 1 seguimiento de buitre común cada 5 años | ||
5.1.3. Conocer la distribución de los hábitats de interés comunitario y su flora característica en los roquedos de Aspurz. | Inventario de hábitats de roquedo y especies características | Sin realizar | Realizado | ||
A. USO PÚBLICO | A.1 Mejorar el conocimiento y valorización del lugar por parte de la población local y visitantes. | Nº de Centros de Interpretación con información divulgativa sobre los valores del LIC Salazar | No existen | 2 CIN | |
A.1.1. Ejecutar acciones de información y sensibilización sobre los valores ecológicos del Lugar | Material divulgativo con contenidos sobre el Lugar existente en los CIN | No existe | Material divulgativo incorporado |