EXTINCIÓN DE CONCEJOS
Parte-hartze prozesua:
Nafarroako Toki Administrazioko Foru Legearen Aurreproiektua
Testua:
Artículo 44
1. Los concejos se extinguen:
……..
c. Cuando no se hayan presentado candidaturas en dos procesos electorales concejiles sucesivos.
Si en las elecciones concejiles no se presenta candidatura, se procederá a la celebración de elecciones parciales. Si en estas elecciones parciales no se presenta un candidato, ¿Se entiende que se no se han presentado candidaturas en dos procesos electorales concejiles sucesivos? O por el contrario ¿estos dos procesos electorales concejiles sucesivos se refieren a la nueva convocatoria a celebrar a los cuatro años siguientes y la falta de presentación de candidato en las elecciones parciales no se tiene en cuenta?