Funciones de Secretaría e Intervención en Ayuntamientos de - 1.500 habitantes.

Parte-hartze prozesua:
Nafarroako Toki Administrazioko Foru Legearen Aurreproiektua
Testua:
El servicio de Secretaria e Intervención de los Ayuntamientos de población inferior a 1.500 habitantes será prestado obligatoriamente por personal funcionario de la Comarca: . ¿ Dónde está el respeto a la autonomía local que el propio anteproyecto dice defender? . ¿ Porqué en el proceso de participación que se ha realizado desde el comienzo de la legislatura se ha escondido este tema? . ¿ Cuales son los objetivos de este trascendental cambio?. Si son económicos, deberían aportarse los estudios correspondientes. Si se considera que puede mejorar el servicio sería conveniente que se justificara y se aportaran los estudios e informes existentes. . ¿Cuantos puestos de Secretaría existentes actualmente van a desaparecer?. . ¿ En qué situación van a quedar los Secretarios actuales, la mayoría interinos, muchos con antigüedades superiores a los 20 años y con edades superiores a 50 años? Propongo que el Departamento de Administración Local, debata con las entidades locales afectadas, justifique las razones de esta propuesta y explique el funcionamiento previsto una vez se constituyan las Comarcas. Así mismo informe y negocie con el colectivo de Secretarios interinos , sindicatos etc , la situación en que va a quedar dicho colectivo. .

Iruzkinak

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-¿Cuántos Secretarios e Interventores habrá en las Comarcas? -¿Seguirán existiendo las mismas entidades locales que hasta ahora? -Un sólo Secretario tendrá que asistir a los plenos de múltiples Ayuntamientos de la Comarca, asesorar jurídicamente, dar fe pública y custodiar los archivos de todos esos ayuntamientos como hasta ahora en las Agrupaciones y Mancomunidades de servicios administrativos? -¿Habrá interventores en todas las Comarcas? Cuántos? -Con el sistema de la Comarca, ¿se seguirás con expedientes de Cuentas, Presupuestos, Ordenanzas de los múltiples Ayuntamientos o se llevará todo ello desde la Comarca con un sólo expediente a nivel comarcal, en lugar de múltiples a nivel municipal? - Si sigue existiendo el mismo número de Ayuntamientos y se reduce el número de Secretarios e Interventores, deberán reducirse los expedientes que los Secretarios e Interventores deban trabajar de manera que los mismos se lleven a nivel de Comarca, sin perjuicio de que los Ayuntamientos se gestionen de manera autónoma "políticamente". Es decir, la concentración a nivel de Comarca deberá servir para reducir el volumen de trabajo de los Secretarios Interventores si se reduce su número.