Propuestas de fiscalidad ambiental: avanzando hacia un mundo más justo y sostenible

Parte-hartze prozesua:
Nafarroako Ekonomia Zirkularra
Testua:
La fiscalidad ecológica consiste en utilizar el sistema fiscal como medio para incentivar cambios de comportamiento que se consideran positivos desde el punto de vista ambiental. En un contexto de creciente desigualdad tanto en el reparto de la riqueza como en la responsabilidad hacia los principales problemas ambientales, estos incentivos económicos deben ser parte de una política ambiental, económica y social más amplia que sirva para reducir esta brecha, facilitar los comportamientos sostenibles a las clases menos favorecidas y garantizar que los agentes económicos con mayor impacto en el medio ambiente sean los principales contribuyentes a las arcas de los impuestos verdes. Del mismo modo resulta imprescindible que la recaudación obtenida de esta política fiscal se destine íntegramente a facilitar la transición ecológica y alcanzar un modelo socioeconómico acorde a los límites del planeta. Aportamos varias propuestas en el documento adjunto aunque las mas destacables para aportar al borrador de la Agenda para el Desarrollo de la Economía Circular podrían ser estas: 2.1 Impuestos sobre el Vertido y la Incineración de Residuos El objetivo de este impuesto es el de incentivar iniciativas de reducción en la generación de residuos, la recogida selectiva y el reciclaje de los mismos, al encarecer el vertido y la incineración de residuos, los dos métodos de eliminación de residuos más perjudiciales para la salud y el medio ambiente. 2.2 Impuesto sobre el Cambio de Usos del Suelo El objetivo de este impuesto es el de desincentivar la conversión de suelo no urbanizable a urbanizable. De esta manera se protege el uso de un recurso natural tan valioso y cada vez más escaso como el suelo, gravando las actuaciones de nueva urbanización que suponen el paso de suelo rural a urbanizado. 2.3 Impuesto sobre Sustancias de Elevado Nivel de Preocupación Este impuesto gravaría las sustancias peligrosas, para favorecer las alternativas menos dañinas para la salud (aunque en muchos casos, lo que procede es la prohibición de su uso). Hablamos de sustancias carcinógenas, mutágenas, tóxicas para la reproducción, persistentes, bioacumulables o tóxicas, para las que se propone un impuesto de 1 céntimo de euro por gramo de sustancia. 2.4. Impuesto sobre el Impacto Ambiental de la Ganadería Intensiva Se propone crear un impuesto para gravar la afectación ambiental causada por la generación de purines y las emisiones difusas de metano generadas en instalaciones ganaderas intensivas. Se 6 propone excluir de una parte del impuesto a las granjas con certificación ecológica. Asimismo, las explotaciones de manejo extensivo quedarían excluidas del impuesto, debido a los beneficios ambientales y sociales que generan en el mundo rural 2.5 Impuesto sobre la Caza El objetivo de este impuesto autonómico o estatal sería gravar los aprovechamientos cinegéticos de los terrenos, de modo adicional a los tributos que actualmente aplican determinadas comunidades autónomas, ya que la actividad cinegética, especialmente la de carácter intensivo, genera impactos ambientales en términos de equilibrio ecosistémico y biodiversidad y limita la posibilidad de disfrute de los espacios afectados a otros usuarios. Por otro lado, se beneficia de un medio ambiente en buen estado y por tanto es justo que contribuya a la financiación de las políticas en este ámbito. 2.6 Impuesto especial sobre el Consumo de Plaguicidas y Fertilizantes de Síntesis Química Se trata de gravar la producción de estas sustancias, para desincentivar su uso, especialmente de aquellas con mayor impacto ambiental o sobre la salud. Al mismo tiempo, se pretende favorecer e incentivar la producción ecológica en contraposición a la convencional. Afectaría a diversos plaguicidas y fertilizantes de síntesis química. La recaudación del impuesto se podría destinar a medidas de compensación a los agricultores, ganaderos y productores forestales que reduzcan el uso de plaguicidas o usen productos que representen menores riesgos para la salud y el medio ambiente, 2.7 Impuesto sobre el Impacto del Esquí Alpino El objetivo de este impuesto sería gravar el daño medioambiental causado por el esquí alpino, en términos de consumo de agua, de energía, pérdida de biodiversidad y otros impactos en el territorio donde se establecen las pistas e infraestructuras asociadas. La creación de este impuesto pretende compensar parte del impacto socio ambiental del esquí alpino que recae sobre el resto de la sociedad en su conjunto. 2.8 Impuesto sobre la Extracción de Aguas Subterráneas en Acuíferos y Manantiales para el Consumo de Agua Embotellada Se propone crear un nuevo impuesto sobre la extracción de aguas de acuíferos y manantiales para el consumo de agua embotellada, generalmente situados en zonas ecológicamente sensibles. En España, se extrae una gran cantidad de agua de acuíferos y manantiales para el consumo de agua embotellada lo que provoca la sobreexplotación de algunas reservas de agua subterráneas en zonas ecológicamente sensibles. La industria de extracción y envasado de agua debería minimizar y a su vez internalizar las consecuencias ecológicas de su actividad a través de un impuesto. 2.9 Impuesto sobre los Envases No Reutilizables El objetivo de este impuesto es el de fomentar el uso de envases reutilizables y duraderos, por lo que propone la creación de un impuesto sobre los envases de un solo uso. Este impuesto supondría un incentivo a la economía circular, reduciría la elevada cantidad de envases de un solo uso consumidos cada día en España (51 millones), y fomentaría que los envasadores trasladaran su envasado a formatos reutilizables. 2.10 Impuesto sobre Actuaciones en Suelo Rural El objetivo de esta propuesta es desincentivar las construcciones en suelo no urbanizable por el impacto ambiental que causan, como por ejemplo infraestructuras de transporte, viviendas, estaciones de suministro de carburantes, infraestructuras de transporte de electricidad, etc. 2.11. Impuesto sobre Actividades Extractivas Mineras Las actividades extractivas provocan daños ambientales elevados en términos de agotamiento de recursos naturales no renovables. En el caso de explotaciones a cielo abierto se produce, 7 además, una alteración del paisaje. Es en estas explotaciones donde resulta más justificada la imposición de un tributo ecológico. 2.12 Impuesto sobre el Carbono Esta propuesta propone (a) un precio suelo del carbono dentro de los mercados de carbono (‘ETS’) y (b) impuestos adicionales al carbono para los sectores ‘no ETS’, pero cuidando la no duplicación de impuestos. La motivación para fijar un precio suelo al carbono es que el precio mínimo de la contaminación se mantenga constante, mientras que un sistema de comercio de emisiones permite fluctuar los precios en función de las emisiones. Este precio suelo en los ETS ayudaría a reducir las emisiones en el sector eléctrico, principalmente la asociada al carbón, la forma más contaminante de generar electricidad. 2.13 Impuesto sobre la Pernoctación El objetivo de este impuesto sería gravar el impacto que las actividades y los establecimientos turísticos tienen sobre el medio ambiente. Por otro lado, el turismo se beneficia de un medio ambiente de calidad y es justo que contribuya a la financiación de las políticas en este ámbito. BLOQUE 3. REFORMA ECOLÓGICA DE LA REGULACIÓN SOBRE HACIENDAS LOCALES 3.1 Tasas de Residuos El objetivo de este impuesto es la introducción de criterios ambientales en las tasas de residuos municipales. La propuesta es que los costes soportados por la ciudadanía con respecto a los residuos sea proporcional tanto a la generación de residuos que realiza, como a la separación selectiva. Esta tasa se conoce como pago por generación de residuos y ya funciona en algunos municipios españoles, europeos y de otros continentes. Esta tasa también sería conveniente aplicarla a las actividades comerciales e industriales que en la actualidad también se calculan en función de parámetros diferentes a la generación total o la separación selectiva.