Comisión de reconocimiento de las víctimas de ataques contra la integridad física, la indemnidad y la libertad sexual en el ámbito de la Iglesia católica

Departamentua:
Barneko, Funtzio Publikoko eta Justiziako Departamentua
Indarreko:
Bai
Parte-hartze Organoa:
Ez
Osaera:
  • Persona que ostente la jefatura de la sección de la Oficina de Asistencia a Víctimas del Gobierno de Navarra, que actuará como secretaria de la misma
  • 4 personas con experiencia en materia de víctimas, entre las que estarán necesariamente presentes personas con competencia profesional en áreas de conocimiento histórico, jurídico y psicológico. 2 serán nombradas a propuesta del titular del Departamento de Justicia del Gobierno de Navarra y otras 2 a propuesta del Parlamento de Navarra.
  • 2 representantes a propuesta de la iglesia católica en Navarra
  • 2 representantes a proposición de las asociaciones de víctimas de abusos sexuales cometidos en el seno de la iglesia en Navarra constituidas con arreglo a la legislación vigente.
  • Podrá contar además con la presencia de otras y otros peritos expertos cuya aportación se considere necesaria para la acreditación de las vulneraciones del derecho a la integridad física o su indemnidad o su libertad sexual en cualquiera de sus formas objeto de la ley. El trabajo de valoración, análisis, y estudio llevado a cabo por estas y estos peritos se ejercerá bajo la dirección de la presidencia de la comisión.
  • La Presidencia de la Comisión será elegida en la sesión constitutiva, entre sus miembros, por mayoría simple
Funtzioak:
  1. Valorar las solicitudes presentadas y proponer la admisión o inadmisión de las mismas, y cuando proceda, la propuesta de declaración de la condición de víctima de abusos en el seno de la iglesia católica en Navarra
  2. Aprobar las normas internas de funcionamiento, las cuales podrán ser completadas conforme a lo que la legislación de régimen jurídico del sector público establece respecto de los órganos colegiados.
Periodikotasun:
La Comisión se reunirá con carácter ordinario al menos 1 vez al mes.
Data eta akta: