Declaración del LIC "Belate" como zona especial de conservación

Erlazionatutako edukiak:

Proyecto de Decreto Foral por el que se declara el LIC denominado Belate como Zona Especial de Conservación y se aprueba el Plan de Gestión

FITXA

Departamentua:
Ardura duen unitatea:
Proposamen mota:
Proposamenaren fasea:
Gobernu proposamenaren egoera:
Parte-hartze prozesuaren egoera:
Hasiera emateko foru-agindua:
Dokumentuak:
Gaurkotze data:

Texto de la declaración de Belate como Zona Especial de Conservación

 
DENOMINACIÓN
 
DECRETO FORAL           de                 por el que se designa el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Belate” como Zona Especial de Conservación y se aprueba su Plan de Gestión.
 
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 

Proyecto de Orden Foral que aprueba el reglamento técnico de producción integrada de patata

La producción integrada representa un sistema de producción controlada cuya implantación garantiza la aplicación racionalizada y restringida de insumos, así como la elección de las combinaciones de rotaciones culturales mejor adaptadas al agrosistema. De este modo, los beneficios para la calidad de los alimentos producidos y para el medio ambiente son evidentes, así como para las explotaciones agrarias, que pueden comercializar sus producciones bajo un logotipo diferenciado reconocido.

Cambios realizados en la Orden Foral de la patata de siembra

Por Orden Ministerial de 24 de mayo de 1989 se aprobó el Reglamento Técnico de Control y Certificación de patata de siembra. El punto 4.1 del apartado 4 dispone que la producción de patata de siembra se llevará a efecto en zonas geográficas autorizadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en aquellos casos en el que el ámbito geográfico de dichas zonas supere el de una Comunidad Autónoma.

Modificación de la OF 46/2014 que regula los muladares.

La Orden Foral 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados al consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento, en su artículo 19 establece un periodo anual de presentación de solicitudes comprendido entre el 1 y 31 de enero de cad

Memoria justificativa. Normas de caza temporada 2014-2015

INFORME PROPUESTA PARA LA TRAMITACION y APROBACION DE LA
ORDEN FORAL DE VEDAS DE CAZA PARA LA TEMPORADA 2014-2015 Y DE
LA ORDEN FORAL DE PESCA PAR LA TEMPORADA 2015

La Ley 17/2005 Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de
Navarra regula tanto la caza como la pesca en Navarra y establece la obligatoriedad de
aprobar anualmente disposiciones generales de vedas para ambos aprovechamiento.
El artículo 33 de establece que, con el fin de ordenar el aprovechamiento
cinegético, el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local

Normas de caza temporada 2014-2015

ORDEN FORAL del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
 
OBJETO: Aprobación de la disposición general de vedas de caza para la campaña 2014-2015.
  REFERENCIA: Sección de Caza y Pesca
Tfno.: 848 426800 - Fax. 848 424956