Pertenencia a una Comarca.

Parte-hartze prozesua: 
Nafarroako Toki Administrazioko Foru Legearen Aurreproiektua
Arloa: 
Voluntariedad de inclusión en una Comarca
Testua: 

Si bien en el Art. 359 del Anteproyecto se indica que los municipios que no estén de acuerdo con la comarca en la que se encuentran ubicados según la distribución territorial efectuada en la DA primera, y que aparezcan como lindantes con otra comarca podrán manifestar su voluntad de ser incorporadas a esta última si así lo estiman conveniente, luego en el Art. 360 se indica que el GN adoptará acuerdo sobre la procedencia y composición definitiva del ente comarcal, previo informe del Departamento competente en materia de administración local que deberá pronunciarse expresamente sobre la negativa de algún municipio a su inclusión en la comarca.
En consecuencia del texto del anteproyecto parece deducirse que podría darse el caso que el GN adoptara un acuerdo de inclusión en una Comarca en contra del acuerdo adoptado por el ayuntamiento, cuestión que parece ir en contra de la autonomía municipal y de la voluntariedad que al menos hasta ahora se había entendido que iba a regir en este aspecto.