Comisión Consultiva de Concentración Parcelaria

Departamentua:
Landa Garapeneko eta Ingurumeneko Departamentua
Indarreko:
Bai
Parte-hartze Organoa:
Ez
Osaera:
  • Presidente/a: Presidente/a de la Entidad Local afectada en mayor superficie.
  • Vocales: Los Alcaldes y Presidentes de las Entidades Locales afectadas por la actuación en Concentración Parcelaria.
  • Presidente/a o, en su caso, Presidentes/as de las Comunidades de Regantes, Sindicatos de Riegos, Comunidades de Usuarios u otras fórmulas legales de asociación de las zonas de regadío.
  • Entre 4 y 12 partícipes de la concentración parcelaria elegidos en asamblea convocada por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, será el Departamento quien fijara el número concreto a la vista de la superficie afectada.
  • 2 técnicos designados por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente de los que uno de ellos actuará de Secretario.
  • 1 técnico del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
  • En su caso, el/la Presidente/a de la comisión gestora elegido en la forma que señala la vigente Ley de Aguas siempre que sea coincidente la actuación en concentración parcelaria y la transformación en regadío.
Funtzioak:
  1. Colaborar con el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en la elaboración del proyecto básico y de las bases de concentración parcelaria, disolviéndose una vez aprobadas éstas.
Periodikotasun:
Ad hoc, cada vez que se publica la Orden Foral de inicio de la actuación en infraestructuras agrícolas.
Data eta akta: