PEP. APORTACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY FORAL DE CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA.

Parte-hartze prozesua:
Klima-Aldaketari eta Trantsizio Energetikoari buruzko Foru Legearen Aurreproiektua
Eremu:
TÍTULO III Adaptación al cambio climatico
Testua:
1. ¿QUIÉNES SOMOS? La Plataforma de Edificación Passivhaus (PEP) es una asociación sin ánimo de lucro que promueve las construcciones altamente eficientes. Fundada en 2008, la Plataforma supuso un salto cualitativo en España hacia los edificios de consumo de energía casi nulo, dos años antes de que la Directiva Europea marcara 2020 como objetivo para la consecución de estos edificios de muy alta eficiencia energética. En la actualidad, la asociación cuenta con más de 750 socios repartidos por toda la geografía española. La actividad principal de PEP se centra en la divulgación del estándar Passivhaus y de edificios de alto confort interior y máxima eficiencia energética. Este estándar está perfectamente alineado en la lucha contra el cambio climático a través de la drástica reducción en los consumos energéticos en fase de uso del parque de viviendas, tanto en obra nueva como en rehabilitación. 2. NUESTRAS PROPUESTAS A continuación, presentamos nuestros comentarios respecto al Documento para tramitación y participación del Anteproyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética de Navarra, en su versión de 10 de junio de 2020, siempre desde el prisma de la edificación de máxima eficiencia energética, aunque algunas de las premisas sean complementarias con otros aspectos. También nos gustaría felicitar la iniciativa del gobierno de Navarra al presentar esta ley y su contenido, puesto que además el texto actual ya prevé compromisos claros y factibles para la mitigación del cambio climático. Artículo 49.- Adaptación al cambio climático en el medio urbano. b) Reducir la exposición al cambio climático, impulsando una ordenación y planificación urbana adecuada a los nuevos escenarios climáticos. A este efecto, se establecerán criterios para integrar la adaptación al cambio climático en los Planes de Ordenación del Territorio (POT), en los planes generales municipales y en el planeamiento de desarrollo. Propuesta - Aquí, proponemos incluir expresamente que “los Planes de Ordenación del Territorio, los Planes Generales Municipales y los Planeamientos de Desarrollo que se impulsen, establecerán obligaciones mínimas para destinar un porcentaje del uso del suelo a nuevos edificios y a rehabilitaciones, en el ámbito de cada plan, que obtengan una certificación independiente y reconocida de máxima eficiencia energética, superior al mínimo normativo nacional, entendiendo esto como la definición en vigor de ECCN”, de tal forma que sirvan además como proyectos piloto de buenas prácticas en cuanto a mitigación del cambio climático desde la edificación. Este porcentaje debiera ser lo más elevado posible toda vez que los planeamientos son herramientas con una vida útil prolongada, de materialización no inmediata y por lo que deben realizarse pensando en el futuro y no exclusivamente en el presente. Debiera ser obligatorio para todos los desarrollos públicos, así como para aquellos suelos objeto de cesión en concepto de aprovechamiento urbanístico municipal, independientemente de que este se ceda o se monetice. Es por ello que en estos casos y en los porcentajes que se definan se establezca como requisito la necesidad de construir edificios pasivos certificados. Propuesta - Sería deseable, a su vez, que los planeamientos municipales estableciesen la obligación de realizar estudios de soleamiento y diseño bioclimático de las nuevas ordenaciones en el que se contemplen entre otras cuestiones la orientación de los edificios, las tipologías y orientaciones previstas en ellos así como las secciones de viales y análisis del sombreamiento entre edificios ya que un buen diseño urbanístico es el primer paso para facilitar la construcción de edificios bioclimáticos con el menor coste posible. Artículo 50.- Pobreza energética 1. Las administraciones públicas, en el ámbito de la pobreza energética, garantizarán la protección de las personas y las unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica ante los cortes de suministros que puedan acordar las compañías suministradoras de agua potable, de electricidad y de gas por falta de pago Propuesta - Un gran ejemplo de lucha contra la pobreza energética se encuentra ya en Navarra con el Plan Navarra Social Housing en el que las nuevas edificaciones de alquiler social incluyen en ésta cuota la propia climatización del edificio, garantizando que los inquilinos no sufrirán corte de suministros en ese sentido. No solo proteger sino empoderar a la población frente a la pobreza energética sería la respuesta más eficaz ante esta situación. Por ello proponemos incluir que “las administraciones públicas promoverán iniciativas para proteger y empoderar a las personas frente a la pobreza energética”. La administración pública podría facilitar modelos de colaboración con la ciudadanía en este sentido. Ejemplos de estas iniciativas pueden ser las subvenciones a la rehabilitación energética que reduzca la demanda energética en primer lugar y que incluyan la instalación de generación de energía renovable in situ (especialmente sistemas de generación fotovoltaica) que permitan aumentar la cuota de autoconsumo energético de la población. Por ejemplo, en esta propuesta, la administración pública sería la propietaria de los sistemas de producción fotovoltaica instalados en aquellos edificios que hayan sido rehabilitados hasta la mínima demanda energética, teniendo derecho a disponer de los excedentes energéticos producidos en estos sistemas. La comunidad de propietarios no sería la dueña de la instalación, pero se beneficiaría del autoconsumo que produce, mientras que la administración garantiza la protección frente a la pobreza energética y puede disponer de los excedentes en su caso. Esto, evidentemente, es más viable cuanto menor demanda energética tenga el edificio en origen, puesto que siempre será más sencillo cubrir una menor demanda con el mismo espacio disponible para la producción renovable in situ.