Presentadas en Madrid las novedades de la Ley Foral 14/2015, para actuar contra la violencia hacia las mujeres

El nuevo texto amplía la definición de violencia, introduciendo la violencia psicológica o económica

El nuevo texto amplía la definición de violencia, ya que no solo considera agresión sexista al maltrato físico y sexual, sino también a la violencia psicológica o económica, es decir, a la privación intencionada de recursos para el bienestar físico y psicológico la mujer y sus hijos e hijas.

Además, considera a los menores como víctimas directas de la violencia de género y hace referencia a todas las formas de violencia reconocidas en el marco jurídico internacional, como la ejercida por la pareja o expareja, la violencia sexual, el feminicidio, la trata de mujeres y niñas, la explotación sexual, el matrimonio a edad temprana y la mutilación genital femenina.