Consejo del Diálogo Social

Departamentua:
Eskubide Sozialetako, Ekonomia Sozialeko eta Enpleguko Departamentua
Indarreko:
Bai
Parte-hartze Organoa:
Ez
Osaera:
  • Integrado por el/la presidente/a del mismo, que será quien ostente la Presidencia del Gobierno de Navarra y, como vocales, por el titular del departamento competente en materia de ejecución de la legislación laboral y por un representante, con el máximo rango, de cada una de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Navarra.
Funtzioak:
  1. La definición de las materias que serán objeto de diálogo social.
  2. La aprobación de los acuerdos del diálogo social.
  3. El seguimiento y la evaluación del cumplimiento y eficacia de los acuerdos del diálogo social, así como acordar las medidas para su desarrollo.
  4. La publicidad y difusión de los acuerdos del diálogo social, y de las materias relacionadas con ellos, sin perjuicio de la competencia de otros órganos de la Administración de la Comunidad.
  5. El conocimiento previo de las actuaciones normativas y de otras actuaciones de especial relevancia de la Administración de la Comunidad que afecten a las materias definidas por el consejo como de diálogo social.
  6. La recepción de cuanta información solicite al Gobierno de Navarra sobre materias que afecten al diálogo social relativas a la política regional europea, a la participación en la formación y aplicación del Derecho de la Unión Europea, a las relaciones transfronterizas de Navarra con Francia y a las relaciones de la Comunidad Foral con el Estado.
  7. La realización de estudios e informes sobre asuntos de interés general para la Comunidad, sin perjuicio de las competencias de otros órganos.
  8. La aprobación de la memoria anual del Consejo del Diálogo Social.
  9. La aprobación de la creación de las comisiones especializadas.
  10. La propuesta de aprobación de los medios personales y materiales con que se dote a la oficina técnica.
  11. Cuantas otras actuaciones contribuyan al desarrollo del diálogo social.
Data eta akta: