Marco normativo y documental de referencia
- Resolución de inicio
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Ley 5/2011, del 29 de marzo, de Economía Social.
Movilidad pública antes que movilidad privada
Parte-hartze prozesua:
Testua:
En el capítulo de movilidad, en lugar de potenciar el uso del vehículo particular privado (eléctrico), se debiera implementar una apuesta seria por el transporte público. Adjuntamos una guía publicada por el IDAE donde marca unas prioridades fundamentales previas al vehículo particular.
http://idae.electura.es/publicacion/172/gesti%EF%BF%BDn_movilidad_cambiando_modo_viajar
Ampliar la capacidad del contenido de los archivos adjuntos
Parte-hartze prozesua:
Testua:
2MB se queda limitado para determinada documentación que se podría adjuntar.
El nuevo plan para el impulso de la economía social contempla incrementar en un 20% el empleo en el sector
El nuevo Plan Integral para el Impulso de la Economía Social 2017-2020 prevé incrementar el empleo en el sector en un 20% o, en términos absolutos, en cerca de 3.300 personas, de ellas 2.570 a través de nuevas iniciativas empresariales y de procesos de consolidación, crecimiento e integración de empresas ya existentes.
El resto, en torno a 730 empleos, se generarán en iniciativas de inclusión social, vía programas de emprendimiento joven o en sectores informales, o a través de la contratación de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión en empresas ya consolidadas.
Otros condicionantes a las grandes centrales eólicas
Parte-hartze prozesua:
Testua:
Cabe resaltar que existen otras limitaciones o restricciones,
no consideradas en el potencia de grandes centrales eólicas, que
afectan a las posibilidades de implantación de cada
proyecto eólico concreto en Navarra:
• Consideraciones y limitaciones adicionales que
contemplen los órganos competentes de la Comunidad
Foral de Navarra en materia de planificación
energética y ambiental. En particular, en lo relativo
a la compatibilidad de las instalaciones eólicas con
otras figuras medioambientales existentes, como
Red Natura 2000, no declaradas como Espacios
Naturales Protegidos.
• Cumplimiento de requisitos municipales, necesarios
para la obtención de la licencia de actividad y
obra pertinente.
• Viabilidad técnico-económica de las infraestructuras
de evacuación necesarias hasta el punto de
conexión al sistema eléctrico, ya sea un nudo de
la red de transporte o de distribución.
• Otros condicionantes técnicos: servidumbres de
seguridad nacional, aeronáuticas, eléctricas (lí-
neas de distribución) y fluviales; existencia de
patrimonio arqueológico o cultural en las inmediaciones;
existencia de áreas de aprovechamiento
cinegético, agrícola y ganadero exclusivos; cotos
o explotaciones mineras; imposibilidad de transporte
y/o montaje de equipos por dificultades orográficas,
etc.
• La percepción social sobre las centrales eólicas,
tanto para una única instalación, como para el incremento
de la densidad de parques eólicos en
cada zona.


