Aportación a todo el anteproyecto de ley de Cambio Climático y Transición Energética
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
La presente aportación está realizada por varios grupos sociales. Es una aportación a todo el conjunto de la ley, y no a un apartado especifico, se incorpora en el apartado "Exposición de Motivos" simplemente por ser el primero, y ser necesario utilizar este formato...
APORTACIONES al anteproyecto de Ley Foral de Cambio climático y Transición Energética, Junio 2020.
El presente borrador de anteproyecto de Ley está a años luz de ser coherente con las declaraciones de emergencia climática del propio Gobierno de Navarra, del Parlamento y de las alertas lanzadas desde hace tiempo por la comunidad científica.
Supone un avance en ámbitos como el de las renovables y la senda de abandono de los combustibles fósiles, pero es totalmente insuficiente en muchos otros, como el transporte, el sistema agroalimentario, la educación o la fiscalidad verde, herramienta para garantizar el principio de quien contamina paga y dotar de recursos al Fondo climático.
Los gobiernos y la sociedad en su conjunto, debemos emplearnos a fondo para frenar la situación de no retorno y colapso a la que nos encaminamos si no tomamos medidas drásticas y urgentes ya. Por ello, vemos en esta ley una oportunidad perdida para un cambio de rumbo hacia un futuro basado en la justicia ambiental y social.
Por partes:
GOBERNANZA
La Ley consagra un foro de participación pública con diversas funciones de debate, colaboración y propuestas. Pero ¿de qué sirven estas declaraciones si cuando de verdad es necesario el debate, el contraste y la colaboración, como es el caso de la elaboración de esta Ley Foral, no se convoca un foro ya creado? Un verdadero proceso participativo requiere tiempo, y sesiones de trabajo que garanticen los principios de participación y transparencia que se declaran, así como el firme compromiso de valorar debidamente las aportaciones razonadas y trabajar activamente en su incorporación al texto. Sin embargo, vemos que en su elaboración, ha faltado divulgación, información, participación y plazos razonables: 15 días hábiles para aportaciones en periodo Covid y preveraniego es claramente insuficiente en un tema en el que nos jugamos nuestro futuro.
Lo mismo podemos decir de las sesiones virtuales con las que se ha despachado el proceso. Tampoco se han incorporado ninguna de las propuestas realizadas al anteproyecto previo por numerosos colectivos para el sector agroalimentario, por ejemplo.
ADMINISTRACIÓN
Debe ser obligatorio previo a planes, programas y leyes, la elaboración de un informe climático (mitigación y adaptación), de manera similar a los informes económicos o de género.
EDUCACIÓN AMBIENTAL
La educación ecológica y climática, debería tener un peso infinitamente más relevante, incorporándola en todos los ámbitos formativos, tanto formales como no formales.
Es necesario un “scolae climático”.
ENERGÍA
Una ley de cambio climático en Navarra, debe ser incompatible con el funcionamiento de las centrales térmicas de Castejón, así como con proyectos de nuevas líneas de alta tensión.
ENERGÍAS RENOVABLES
No deben autorizarse nuevos parques eólicos, repotenciaciones o hibridaciones que supongan un aumento del impacto ambiental. Debe ser prioritaria la instalación de sistemas de generación de electricidad, no allí donde generan más electricidad, y dan más beneficios económicos a las empresas, sino en los espacios ya urbanizados, cubiertas, polígonos industriales y cercanos a los puntos de consumo.
MOVILIDAD
La orientación de la movilidad es inadecuada, sostiene un modelo basado en el vehículo privado y desatiende los servicios de movilidad, el ferrocarril convencional, la bicicleta... Mantiene un modelo elitista, contaminante y despilfarrador de fondos públicos.
Se deberían establecer obligaciones y objetivos de cambio modal hacia modelos sostenibles: transporte público, bicicleta y peatonal.
Las inversiones deberían ser acordes a estas jerarquías, sin destinar fondos públicos al vehículo a motor privado, ni a infraestructuras inútiles como el tren de alta velocidad. Las obras públicas deberían integrar a la bicicleta, no expulsarla de la carretera.
Los términos son amables: se habla de movilidad sostenible, mientras se invierte en el TAV y se desmontan servicios de transporte público interurbano.
SECTOR PRIMARIO Y MUNDO RURAL
Debe haber una apuesta decidida por la transición hacia una sociedad basada en la agroecología y la soberanía alimentaria, buscando la adaptación y la resiliencia frente a la crisis climática, con un sistema agrario que mantenga el paisaje, la biodiversidad, la población agraria, el mundo rural y orientado a la producción de alimentos sanos, sostenibles y justos para la población cercana.
Debe haber un apoyo claro a los sistemas sostenibles ambientalmente y socialmente: como la ganadería extensiva o los agroecosistemas tradicionales, con una diferenciación y discriminación positiva a favor de los modelos menos contaminantes y más sostenibles, como la ganadería extensiva en detrimento de la intensiva.
Debe aplicarse una moratoria a la instalación de nuevas macrogranjas.
Se debe apoyar la incorporación de personas al sector primario, con criterios de sostenibilidad y priorizando las pequeñas unidades productivas.
Establecer medidas claras e inmediatas para fomentar la biodiversidad en los agroecosistemas, especialmente detener la disminución de polinizadores y fauna auxiliar.
Las ayudas públicas deben condicionarse a la ausencia de contaminación, el abandono de los fertilizantes químicos y los fitosanitarios, apostando por una reducción del uso de pesticidas y fertilizantes químicos al 50% para el 2030.
Aumento de la superficie de cultivo ecológico al 25 % para 2030, siguiendo la estrategia De la granja a la Mesa, impulsada por la Comisión Europea.
Declarar Navarra zona libre de transgénicos.
Debería establecerse un IVA supereducido para los productos de alimentación ecológicos y de km cero.
Las administraciones tienen que apostar claramente por una compra pública para una alimentación ecológica, local y de temporada.
AGUA
Abogar por una nueva cultura del agua, que haga un uso racional de la misma y cuide la salud de ríos, humedales y acuíferos, como establece la Directiva Marco de Agua.
Paralizar el Canal de Navarra y el recrecimiento de Yesa.
ADAPTACIÓN, URBANISMO
Debería ser obligatorio la elaboración de planes climáticos de mitigación y adaptación, (no sólo planes energéticos), para todos los municipios de más de 5000 habitantes.
En un plazo de 3 años deberían revisarse todos los POT desde la perspectiva de cambio climático.
FISCALIDAD AMBIENTAL
Ya que este anteproyecto de ley sólo incorpora tímidas modificaciones de impuestos municipales, en el plazo de dos años debería elaborarse una ley de fiscalidad climática que, grave el consumo de todos los combustibles fósiles y las emisiones de GEI con criterios de sostenibilidad, equidad y progresividad: quien contamina paga y quien más tiene, más paga.
EXTRACTIVISMO Y MINERÍA
Paralización de los proyectos de minería en Navarra con elevado impacto ambiental y climático, como Mina Muga y Erdiz.
FRACKING
Prohibir el fracking y cualquier método de extracción de hidrocarburos no convencionales.
Medidas Entidades Locales. Artículo 26. ALBA RENOVA
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
En esta propuesta se plantean tres actuaciones destinadas a las entidades locales relativas a las Instalaciones Fotovoltaicas de Autoconsumo.
Todo ello, puede quedar recogido en el “procedimiento de comunicación previa ante la entidad local correspondiente” al que se hace mención en el apartado 7 del artículo 26 del Anteproyecto.
Actualmente cada ayuntamiento de la Comunidad Foral utiliza diferentes criterios en los requerimientos y documentación necesaria para la solicitud de Licencia de Obras en la ejecución de instalaciones solares fotovoltaicas. Sería de gran ayuda para el desarrollo de la energía solar fotovoltaica en edificación y terreno establecer criterios y normativa común a todas las entidades locales navarras.
Así mismo, otras medidas adecuadas que potenciarían el desarrollo de la energía solar fotovoltaica tendrían relación con establecer unas tasas de ICIO adecuadas a la realidad de las instalaciones solares actuales y establecer bonificaciones en el IBI durante un periodo de 10 años, tal como se realiza en otras ciudades actualmente.
Las instalaciones fotovoltaicas de Autoconsumo se ven gravadas generalmente en los ayuntamientos por un ICIO que no solo recoge el coste de ejecución de las instalaciones fotovoltaicas, sino también de sus equipos y maquinaria; manteniendo criterios obsoletos que eran aplicados a las Instalaciones de Conexión a Red, pero no estaban pensados para las nuevas Instalaciones de Autoconsumo, tal como se recogen en el RDL 15/2018 y RD 244/2019 y presentan otro concepto de la utilización de la energía generada.
Las Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico recogidas en el RDL 15/2018 y RD 244/2019 pasan a formar parte del proceso productivo de las empresas y edificios, pudiendo ser consideradas como maquinaria del proceso de fabricación; a diferencia de las instalaciones fotovoltaicas de Conexión a Red tradicionales que vendían energía al mercado eléctrico. Esta circunstancia hace que el ICIO no tenga que ser aplicado actualmente sobre los paneles fotovoltaicos en este nuevo tipo de instalaciones, sino sobre el valor de su instalación y obra civil, al igual que no se aplica sobre cualquier otra maquinaria productiva.
Una Instalación Fotovoltaica de Autoconsumo tiene una identidad propia respecto a la construcción industrial o de servicios donde se encuentra ubicada y actúa como un elemento de producción más dentro del edificio.
Propuestas para recoger en el apartado 7 del artículo 26 del Anteproyecto de Cambio Climático y Transición Energética:
- Crear una normativa que armonice los requerimientos, procedimiento y licencias de obras para todos los ayuntamientos de la Comunidad Foral de Navarra.
- Incluir en dicha normativa bonificaciones en el IBI durante un periodo de 10 años a los inmuebles sobre los que se realicen Instalaciones de Energía Solar Fotovoltaica de Autoconsumo.
- Aplicación del ICIO sobre sobre el valor de su instalación y obra civil, no sobre los equipos y maquinaria; dado que las instalaciones de Autoconsumo son instalaciones de generación de energía utilizada como materia prima para el proceso productivo en edificios industriales, de servicios y residenciales.
Firmado:
Aitor Rodríguez Centeno
ALBA RENOVA
Informe de impacto por razón de cambio climático
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
Propongo introducir en el procedimiento de elaboración de leyes forales, de reglamentos y de planes la exigencia de un informe de “Impacto por razón de cambio climático, que deberá ser valorado en términos de mitigación y de adaptación al cambio climático”.
Motivación: garantizar la coherencia de toda la normativa y la planificación con las finalidades y principios de la ley.
En el Proyecto de Ley estatal de cambio climático está previsto en la disposición final 8ª.
Derogación artículo 3 OF 64/2006
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
El anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética desarrolla las medidas e implantación de las instalaciones fotovoltaicas en edificios, pero no establece ninguna directriz que regule su implantación en suelo no urbanizable, como sí lo hace con las instalaciones eólicas. La Disposición Derogatoria Segunda describe actuaciones para derogar normativas que impiden el desarrollo de la energía eólica y podría incluirse una disposición similar para la energía fotovoltaica.
A continuación se detalla una propuesta para evitar una situación que impide el desarrollo de la tecnología fotovoltaica en Navarra en la actualidad: el Artículo 3 de la Orden Foral 64/2006 de 24 de Febrero regula y limita los criterios y las condiciones ambientales y urbanísticas para la implantación de instalaciones para aprovechar la energía solar en suelo no urbanizable.
Esta misma OF 64/2006 no guarda coherencia con los Decretos Forales de Planes de Ordenación Territorial donde se designan los Lugares de Importancia Comunitaria como Zonas Especiales de Conservación, que no prohíben la instalación de parques fotovoltaicos.
Por tanto, los Decretos Forales donde se designan los LIC no establecen prohibición de instalaciones solares fotovoltaicas y son normas de mayor jerarquía que la citada Orden Foral, que sí los limita.
Propuesta: se propone incluir en el apartado de “Disposiciones Derogatorias” la derogación del artículo 3 de la OF 64/2006 y otros posibles artículos y normativas que puedan impedir la instalación de sistemas de generación de energía fotovoltaica en suelo no urbanizable cuando no se encuentre ninguna prohibición absoluta por una ley de mayor jerarquía.
Firmado:
Aitor Rodríguez Centeno
ALBA RENOVA
Título IV - Greenpeace
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
Artículo 58 sobre Planes de actuación energética para la reducción de la dependencia de combustibles fósiles.
Aunque esta ley obliga a la administración a ser líder y ejemplarizante frente a la lucha contra el cambio climático se deberían adoptar medidas más ambiciosas. En concreto desde Greenpeace proponemos que se haga un plan para solarizar los edificios de propiedad pública y del Gobierno de Navarra para que puedan alcanzar en 2021 la obligación de la Directiva de Eficiencia de que todos los edificios de la administración sean de consumo casi nulo.
Título II - Greenpeace
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
Adjuntamos nuestras aportaciones al Título II en un documento PDF.
Muchas gracias
Eranskinak:
Título I - Greenpeace
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
Capítulo I sobre disposiciones generales.
Articulo 1 sobre objetivos:
El actual anteproyecto de ley no establece objetivos de reducción de emisiones de gases efecto invernadero, objetivos que cualquier ley de cambio climático y transición energética debería incluir. En ese sentido:
La propuesta de Greenpeace para el conjunto de España es de asumir una reducción de, al menos, el 55% de las emisiones respecto a 1990 para 2030 y una reducción a cero neto para 2040. Consideramos que Navarra debería asumir objetivos no menos ambiciosos que la media española.
Igualmente debería establecer un objetivo concreto para la transición del sistema energético a un sistema 100 % renovable. Desde GP proponemos:
El 100% de la generación eléctrica en Navarra debería ser renovable en 2025 lo que implicaría el cierre de las térmicas de gas. Esta medida es realista y sólo de esta forma podría llegar a ser Navarra pionera en la lucha contra el cambio climático.
Además habría que establecer objetivos sobre la reducción de la demanda y ante esto Greenpeace plantea:
una reducción de la demanda de energía de un 40% sobre los niveles de 2007 para 2030.
Capitulo III sobre Instrumentos y Herramientas de planificación, implementación y evaluación
Artículo 13 sobre los presupuestos de carbono:
El proyecto de ley debería incorporar presupuestos de carbono que indiquen la cantidad total de emisiones disponible cada año para no sobrepasar los límites establecidos, tal como hacen las leyes de cambio climático de Cataluña y Baleares.
La Administración Local, administración sotenible
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
TITULO IV ADMINISTRACION SOSTENIBLE
Las EELL tampoco no aparecen incluidos de forma explícita en este título, como una administración implicada y con competencias en la lucha contra el Cambio Climático.
Como venimos citando en otras aportaciones de NILSA, es imprescindible incluir e implicar a la Administración Local como parte de la Administración sostenible y ejemplarizante que se promueve desde este apartado de la Ley Foral:
- Auditorías energéticas en las administraciones energéticas, se puede entender que están incluidas
- Puntos de recarga, se especifica de forma explicita
- Iluminación pública, no aparece
- Planes de actuación energética, puede parecer que no contempla a las administraciones locales
- No aparece otras actuaciones concretas, de “buenas practicas” de la administración Foral y de la EELL en la gestión del Agua, residuos en relación con el CC, los planes de acción municipales para el clima y la energía sostenible (PACES), o en las Agendas Locales 21, que precisan de apoyo y financiación para su puesta en marcha.
Ciclo Integral del agua de uso urbano y CC
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
TITULO III: ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO
El tratamiento que se da a este apartado de adaptación se hace con una visión demasiado urbanística y de ordenación del territorio y en lo sectorial solo contempla la incidencia o relación del CC en políticas sectoriales de vivienda, sector primario, medio natural y salud.
En coherencia con el Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano de Navarra 2019-20130, se podría incluir un nuevo artículo con el siguiente texto:
A INCLUIR Art XX: Adaptación al cambio climático en material de planificación y gestión del ciclo integral del agua de uso urbano.
1. Las medidas que se adopten en materia de recursos hídricos deberán ir encaminadas incorporar el cambio climático en la planificación hidrológica. Los aspectos a tener en cuenta serán al menos:
- La identificación de los riesgos derivados del cambio climático en relación con su impacto en las necesidades de agua y la evolución de las tipologías de las masas de agua superficial y sus condiciones de referencia.
- La inclusión de criterios de adaptación y aumento de la resiliencia ante el cambio climático para identificación, evaluación y selección de medidas.
- La realización del seguimiento de los impactos asociados al cambio del clima para ajustar las medidas en función de los avances del conocimiento
- La aplicación de medidas para la restauración progresiva e integral de los ecosistemas y para la gestión del ciclo del agua.
2. El Gobierno de Navarra, en colaboración con las entidades locales de Navarra, deberá impulsar que el ciclo urbano del agua favorezca el desarrollo económico y social, cuide de la salud humana y reduzca al mínimo el impacto a los ecosistemas, dando soluciones sólidas y diversificadas que tengan en cuenta el cambio climático
3. El Departamento competente en planificación hidrológica y gestión del ciclo integral del Agua de Uso Urbano será el responsable de la redacción, seguimiento y actualización del Plan Director del Ciclo Integral, en el que con el objetivo principal de acceso a un servicio básico y adecuado de abastecimiento y saneamiento como derecho universal de todos los habitantes de Navarra fomentará:
- la gestión de la demanda en abastecimiento basándose en la reducción de la misma, la mejora de la eficiencia del uso y la evitación del deterioro de los recursos hídricos.
- la dotación para abastecimiento de buena calidad de agua bruta y de fuentes diversificadas para aumentar la resiliencia frente a eventos relacionados con el cambio climático
- reducción del impacto de los vertidos urbanos con la mejora de alivios y desbordamientos, aplicando las tecnologías de depuración más óptimas teniendo en cuenta el tamaño de la población, la sensibilidad del medio receptor y el criterio coste eficacia.
- fomento de los drenajes urbanos sostenibles como mejora de la gestión de pluviales y de la red de saneamiento en baja.
4. El Gobierno de Navarra establecerá un sistema de seguimiento y monitoreo en colaboración con las entidades locales que recoja las principales estadísticas y los indicadores de seguimiento, las acciones realizadas, el grado de ejecución de Plan, las dificultades para la puesta en práctica del Plan Director, al objeto de proponer las modificaciones o adaptaciones técnicas respecto al plan original de actuaciones especialmente en lo relacionado con la adaptación al cambio climático
5. Las Administraciones competentes apostarán por incrementar la investigación y desarrollo como forma de mejorar el servicio de abastecimiento y saneamiento, hacerlo más eficiente, más barato, ambientalmente menos impactante y más resiliente frente a los efectos del cambio climático. En este sentido, favorecerá que las estructuras operativas de las entidades encargadas del servicio integren la I+D+i en el núcleo de decisión de las entidades, proponiendo la creación de consorcios y alianzas entre distintas instituciones públicas y privadas. Las líneas de investigación prioritarias serán:
- Evaluación de recursos hídricos y efectos del cambio climático en el ciclo integral del agua de uso urbano.
- Transformación digital, gestión del ciclo urbano del agua 4.0.
- Tratamiento y gestión de “Big data”.
- Mejora en tratamientos de potabilización y depuración.
- Mejora en rendimiento de las redes de abastecimiento y saneamiento.
- Mejora en rendimiento energético.
- Evaluación de los efectos ambientales que causa el ciclo integral del agua de uso urbano.
- Contaminantes emergentes en aguas potables y en depuración de aguas residuales.
- Disminución del impacto ambiental causado por la detracción de caudal y los vertidos (alivios-desbordamientos y efluentes de depuradoras).
- Reutilización de aguas.
- Gestión de lodos de depuradoras.
Residuos y CC
Parte-hartze prozesua:
Eremu:
Testua:
TITULO II MITIGACION DEL CAMBIO CLIMATICO Y NUEVO MODELO ENERGETICO
CAPITULO IV. MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN LOS SECTORES PRIMARIOS Y RESIDUOS
El Plan de Residuos de Navarra 2017-2027 y la Ley Foral 14/2018, ya asumen los objetivos de la economía circular y del cambio climático (art. 1). La Ley establece el Plan de Residuos como instrumento de planificación al que ahora parce sumarse y/o complementar la Agenda de Economía Circular. La mención de la Ley Foral de residuos al cambio climático es casi anecdótica y muy puntual, si bien toda la filosofía de la Ley se aliena planamente con las políticas europea y nacional de reducción y valorización de residuos. Pero, en la línea de las nomas citadas el Anteproyecto pudiera incorpora una mención a la política sectorial (no solo a esta sino también a otras como vimos en la legislación catalana o vasca lo que hace más trasversal la legislación) de residuos más general, amplia y expresa.
Por ello el Articulo 41 podría completarse redactándose de la siguiente forma.
A INCLUIR Artículo ***. Agenda de Economía Circular y planificación sectorial en el sector residuos.
1. El Gobierno de Navarra dispondrá de una Agenda de Economía Circular impulsada por el Comité de Dirección de la Estrategia de Cambio Climático y Transición Energética por elaborada por la Oficina [o Agencia] de Cambio Climático como instrumento de planificación de la transición a la Economía Circular en Navarra y alineada con los principios y objetivos establecidos por la Unión Europea.
La Agenda de Economía Circular deberá activar la adopción de las medidas en ella contempladas, con especial atención a las áreas relacionadas con la gestión eficiente de los recursos, la producción, el consumo, los residuos, la ecoinnovación y el ecodiseño, las iniciativas de fomento de la innovación y los mecanismos de aplicación para conseguir los objetivos establecidos.
2. Se priorizará como acción clave el impulso de proyectos de innovación de economía circular, en especial, en materia de ecodiseño de productos, de demostración tecnológica y de ecoinnovación de procesos productivos y de reutilización de componentes y materiales. Para ello se definirán programas de ayudas económicas a la innovación que abarquen los distintos grados de desarrollo y madurez tecnológica.
3. El Plan de Residuos de Navarra previsto en la legislación foral de residuos, así como las medidas que se adoptan en materia de residuos deberán encaminarse a la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero, sobre la base del desarrollo de la economía circular y concretamente se dirigirán a:
- Reducir la emisión de gases de efecto invernadero en la gestión de residuos, haciendo un seguimiento anual por parte del Ente Público de Residuos de Navarra, de la reducción conseguida en base a la mejora de la gestión; la promoción de la aplicación de usos de materiales recuperados; y la limitación al máximo la deposición de residuos en vertederos.
- Dirigir todas las actuaciones hacia la eliminación de los vertederos en Navarra.
- Aplicar la jerarquía de residuos establecida por la Unión Europea priorizando las opciones de gestión de: prevención, preparación para la reutilización, reciclaje, valorización energética y, finalmente, la eliminación.
- Impulsar la implantación de modelos de recogida y transporte de residuos que incluyan la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el propio proceso.
- Promover la sustitución de materias primas por subproductos o materias primas secundarias procedentes de la valorización de residuos favoreciendo la economía circular.
- Incorporar medidas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de los propios vertederos y promover el uso de combustible procedente de residuos.
4. Las administraciones públicas competentes en gestión de residuos, emprenderán las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos fijados.