Respecto a los Servicios administrativos de secretaría e intervención, el anteproyecto señala que dichos servicios se prestarán por personal funcionario propio de la respectiva comarca, designado por ésta para su desempeño, y que deberá disponer de alguna de las titulaciones exigidas en esta ley foral para acceder a la condición de secretario y/ o de interventor de las entidades locales de Navarra.
Para la determinación de los ámbitos... Irakurri gehiago